Llega el bono comercio para afectados por la DANA: cuáles son los requisitos y cómo solicitarlo
A partir de hoy, día 11 de septiembre, las personas empadronadas en 26 municipios del País Valencià podrán solicitar el bono comercio DANA.

Madrid--Actualizado a
La Diputació de València presentó el pasado miércoles 10 de septiembre la campaña ‘Bonos Comercio Dana’, una ayuda económica de 50 euros cuyo objetivo es reactivar la economía local tras la gravísima DANA ocurrida el pasado 29 de octubre.
Este plan, llevada a cabo en base a un convenio firmado con la Cámara de Comercio de València, pretende estimular el consumo a través del fomento de la compra física de las personas consumidoras en el comercio minorista.
Asimismo, podrán participar los comercios en los municipios más gravemente afectados por la DANA, que tal y como apunta el organismo autonómico, son exactamente 26.
El bono consiste en una ayuda de 50 euros, es decir, al solicitarlo, se debe efectuar un pago de 50 euros, del que se obtienen 100 para gastar en los distintos comercios.
Cuáles son los requisitos y qué municipios se benefician
Los municipios contemplados en el convenio entre la Diputación y la Cámara de Valencia son: Catarroja, Aldaia, Alfafar, Paiporta, Alaquàs, Xirivella, Benetússer, Sedaví, Massanassa, Albal, Picanya, Llocnou de la Corona y Beniparrell en l’Horta Sud; Algemesí, L’Alcúdia, Catadau, Montroi, Llombai y Guaddassuar en la Ribera Alta; Chiva y Cheste en la Hoya de Buñol; Sot de Chera y Pedralba en la Serranía; Utiel en la Plana Utiel-Requena; Loriguilla en el Camp de Túria; y Riola en la Ribera Baixa.
La fase inicial de esta campaña está reservada exclusivamente para todas aquellas personas mayores de 16 años que se encuentren empadronadas en alguno de los 26 municipios afectados por la DANA. Los bonos se podrán solicitar a partir del 11 de septiembre, a través de su página web.
En posteriores fases de la campaña cabe la posibilidad de la adquisición de estos bonos sin la necesidad de empadronamiento en esos municipios. De ello se efectuará la correspondiente publicidad en la página web de la campaña, a partir del 11 de octubre hasta el fin de existencias.
Al solicitarlo, cada persona con su DNI/NIE/PASAPORTE sólo podrá adquirir un bono en la base inicial de la Campaña (aunque en fases posteriores podrá abrirse la posibilidad de adquisición de más bonos por personas), y si el sistema no detecta el documento de identidad, no podrá efectuarse la adquisición del bono. Asimismo, en la solicitud se deberán presentar los siguientes documentos:
Municipio
DNI/NIE/PASAPORTE
Nombre y apellidos
Edad/Fecha de nacimiento
Teléfono móvil o fijo
Dirección postal
Correo electrónico
Aceptación expresa de los criterios base y condiciones para la adquisición de los bonos en esta campaña (dentro de las condiciones se incluye la sujeción al IRPF de la ayuda recibida por las personas adquirientes de los bonos)
Cómo solicitarlo
La solicitud de esta prestación económica se realiza a través de la web www.bonocomerciodana.com, en el apartado denominado ‘QUIERO UN BONO’ (requisito indispensable aceptar los criterios base y condiciones de la Campaña).
A partir de ese punto, se deberán enviar todos los documentos citados anteriormente, y una vez finalice el proceso, se deberá realizar un pago de 50 euros del que se obtendrá un justificante de adquisición de un bono por un valor de 100 euros.
Realizada la solicitud, se entenderá que el bono es propiedad del titular del documento de identificación personal asociado para cualquier gestión o transacción realizada con el mismo.
Una vez esté disponible el bono, podrán efectuarse compras por importe igual o inferior a 100 euros en los establecimientos adheridos. En el caso de efectuarse compras por importe superior a 100 euros, la diferencia entre dicha cantidad y el precio adeudado será a cuenta de la persona compradora.
El pago de los 50 euros no se devolverá en caso de que la persona compradora renuncie al bono, por el incumplimiento de los requisitos escritos en los Criterios base reguladores de la Campaña.
Cómo canjearlo
El plazo establecido para que se pueda utilizar el bono comenzará el 29 de septiembre y finalizará el 31 de diciembre (ambos inclusive), aunque cabe la posibilidad de ampliar dicho plazo.
Cuando se realice una compra, el establecimiento pasará el bono en formato de tarjeta bancaria prepago por el lector de banda magnética del datáfono, con el número identificativo del comercio, facilitado en la inscripción del comercio adherido.
En caso de que se quiera devolver un producto comprado con el bono, si el establecimiento los autoriza, se podrá efectuar el cambio por un producto de precio igual o superior (abonando la diferencia), pero en ningún caso se podrá solicitar la devolución del dinero.
Comentarios de nuestros socias/os
¿Quieres comentar?Para ver los comentarios de nuestros socias y socios, primero tienes que iniciar sesión o registrarte.