Este artículo se publicó hace 4 años.
Coronavirus BalearesBaleares multará con hasta 60.000 euros por celebrar fiestas en la nueva normalidad
El decreto aprobado por el Consell de Govern Balear regula las sanciones que se impondrán cuando se incumplan las normas de seguridad establecidas para contener la propagación de la epidemia de coronavirus.
Palma-Actualizado a
El Consell de Govern Balear ha aprobado el decreto que regula las sanciones que se impondrán cuando se incumplan las normas de seguridad establecidas para contener la propagación de la epidemia de coronavirus, y que fija multas de hasta 600.000 euros por la comercialización de eventos en espacios públicos o privados y de hasta 60.000 por la celebración de fiestas.
La consellera de Administraciones Públicas y Modernización, Isabel Castro, ha anunciado que este decreto servirá para afrontar con eficacia la resolución y tramitación de expedientes sancionadores ante el incumplimiento de la normativa de las autoridades sanitarias ante la nueva normalidad.
La nueva norma, que ya ha entrado en vigor y se prolongará mientras dure la pandemia, clasifica las sanciones en leves, graves y muy graves.
Entre las sanciones consideradas leves, que acarrearán multas que van de los 100 euros a los 3.000 euros, figuran el incumplimiento del uso obligatorio de la mascarilla, el hecho de que un establecimiento abiertos al público, no ofrezca información a los usuarios sobre horarios, aforos, distancia social y uso de mascarillas, y superar los límites de aforo o de número máximo de personas permitidas en establecimientos o actividades cuando éstas afecten a menos de 15 personas.
El decreto establece sanciones que van desde 3.001 euros y 60.000 euros para las sanciones graves, entre estas la organización de reuniones, fiestas o cualquier otro tipo de acto o evento de carácter público o privado y en espacios públicos y privados, en las que se produzcan aglomeraciones que impidan o dificulten la adopción de las medidas sanitarias de prevención.
También se considera infracción grave, el incumplimiento de los límites de aforo o de número máximo de personas permitidos en establecimientos o actividades, cuando no constituyan una infracción leve ni muy grave.
En cuanto a las infracciones muy graves, con sanciones entre 60.001 y 600.000 euros, se contemplan la comercialización de reuniones, fiestas o cualquier otro tipo de acto o evento de carácter público o privado y en espacios públicos y privados, en las que se produzcan aglomeraciones que impidan o dificulten la adopción de las medidas sanitarias de prevención.
Además, el incumplimiento de los límites de aforo o de número máximo de personas permitidas en establecimientos o actividades cuando este produzca un riesgo o daño muy grave para la salud de la población. A este efecto, se fijan como muy grave los incumplimientos que afecten a más de 150 personas.
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