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crimen de los tirantes Declaran nulo el juicio del 'crimen de los tirantes' y acuerdan su repetición

El Tribunal Superior de Justicia de Aragón anula la pena de cinco años de cárcel que la Audiencia Provincial impuso a Rodrigo Lanza por un delito de lesiones y homicidio imprudente basándose en la falta de motivación del veredicto del jurado. 

El acusado por el 'crimen de los tirantes', Rodrigo Lanza. EP
El acusado por el 'crimen de los tirantes', Rodrigo Lanza. EP

público/agencias

Los magistrados de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) han declarado nulo el juicio Rodrigo Lanza basándose en la falta de motivación del veredicto del jurado, por lo que la causa será devuelta a la Audiencia Provincial de Zaragoza para que se celebre un nuevo juicio ante un nuevo Tribunal del Jurado.

El jurado popular descartó el delito de asesinato en noviembre de 2019. La sentencia de cinco años cárcel que condenaba a Lanza por un delito de lesiones en concurso con otro de homicidio imprudente de Víctor Láinez, en un bar de Zaragoza la madrugada del 8 de diciembre de 2017 fue recurrida por las acusaciones, que pidieron la anulación de la sentencia y la repetición del juicio con un nuevo jurado.

Aunque los hechos se han conocido como el "crimen de los tirantes", el jurado no consideró acreditado que los amigos de Lanza le dijeran que Laínez llevaba tirantes con los colores de la bandera española. 

El jurado no consideró acreditado que los amigos de Lanza le dijeran que Laínez llevaba tirantes con los colores de la bandera española

Ahora los magistrados de la Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Aragón devuelven el caso a la Audiencia Provincial de Zaragoza para que se celebre un nuevo juicio ante otro jurado, una situación que supone la prórroga de la prisión provisional del procesado del límite máximo de dos a un total de cuatro años.

A pesar de que el abogado de Lanza pidió su inmediata puesta en libertad, el encausado seguirá en el centro penitenciario de Zuera hasta el próximo 9 de junio, fecha en la que habrá cumplido la mitad de condena. Una cuestión sobre la que el TSJA todavía no se ha pronunciado y que ha vuelto a recurrir la defensa.

Contradicciones en el veredicto y falta de explicaciones

La sentencia, hecha pública este martes, afirma que existe falta de motivación en el veredicto del jurado, tal y como reclamaron la Fiscalía y los abogados de la víctima y de la acusación popular en los recursos que presentaron a la sentencia de la Audiencia Provincial, emitida después de que el jurado declarara culpable a Lanza de un delito de homicidio, al considerar que tenía intención de lesionar, y no de matar, y estimar que actuó por odio y motivos ideológicos.

El déficit más importante en la motivación del veredicto es la "falta de explicación de las razones por las que se considera que sólo existió intención de lesionar y no de matar"

Estima también la sentencia que la falta de motivación supone una vulneración del derecho fundamental de la tutela judicial efectiva y de una garantía esencial prevista en la Constitución.

Esta motivación, según los magistrados, impide a las partes y a la Sala conocer el proceso lógico-jurídico que ha conducido al fallo, contrastar la razonabilidad de la sentencia y controlar la aplicación del Derecho, por lo que declaran nulo el juicio, el veredicto y la resolución de la Audiencia Provincial.

Asimismo, han apuntado que el déficit más importante en la motivación del veredicto es la "falta de explicación de las razones por las que se considera que sólo existió dolo de lesionar y no dolo de matar, de manera que la muerte causada se produjo por imprudencia".

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