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Juristas cuestionan la discriminación de los perros de caza de la Ley de Bienestar Animal

La categoría jurídica de perro de caza no existe en España y los expertos advierten de que los jueces deberán interpretar todo todo el ordenamiento jurídico, incluidas las normativas europeas que, respecto a los canes cinegéticos, son más protectoras que la nueva legislación aprobada por el Congreso.

Dos cazadores caminan con sus perros en busca de caza menor en Vilela, Outeiro de Rei, Lugo, Galicia, (España).
Dos cazadores caminan con sus perros en busca de caza menor en Vilela, Outeiro de Rei, Lugo, Galicia, (España). Carlos Castro / Europa Press

La exclusión de los perros de caza de la Ley de Bienestar Animal, aprobada este jueves por el Congreso, ha oscurecido los beneficios de una norma pionera en España. Aunque el texto incluye avances significativos como la prohibición del sacrificio de animales o la creación de un registro nacional de animales de compañía, la discriminación de los canes cazadores plantea algunas dudas entre los juristas especializados en legislación animalista. Se abren algunas incógnitas, de esta manera, que van de cómo se conjuga esta ley con las normativas europeas, algo más avanzadas, o sobre cómo se define qué es un perro cinegético.

María G. Lacabex, abogada especialista en la materia y miembro de INTERCids-Operadores jurídicos por los animales, considera que esta división es forzada y explica que no hay ningún elemento que permita distinguir qué es un perro de caza de uno "normal". "La ley partía con la finalidad de definir un régimen jurídico para un tipo de animales, limitándolo a los de compañía y algunos animales que viven en cautividad, como los de los zoológicos. Se quedaban fuera los animales de producción, los silvestres o la tauromaquia", describe, para apuntar que estas categorías sí tienen su definición jurídica.

Nuria Menéndez de Llano, abogada y directora del Observatorio Defensa y Justicia Animal, incide en la misma idea. "No existe la categoría jurídica de perro de caza. Dentro del derecho animal, la distinción que se hace es la de animales domésticos y animales salvajes. En los animales domésticos es donde se ubican los animales de compañía, que es donde estarían los gatos y los perros, independientemente de si su dueño practica la caza, que aunque no guste es un deporte federado, o de si practica senderismo o cualquier otra actividad", recalca.

En ese punto, la exclusión de este tipo de canes deja dudas sobre cómo se va a definir un perro de caza y sobre cuándo se considera un perro de caza. Aunque existen razas que definen a muchos de estos animales, como galgos o podencos, no todos ellos son empleados por los cazadores y no son utilizados durante toda su vida, ya que suelen tener un periodo de vida apta para correr detrás de las liebres y otras presas. Es decir, ¿qué ocurriría con los derechos de un perro de caza que, por cuestiones de edad o lesiones, deja de servir para ir de montería?

A pesar de que el PSOE ha conseguido sacar adelante la ley con este cambio sustancial, las expertas consideran que, en la práctica, no se va a poder discriminar a los canes utilizados en actividades cinegéticas, ya que es algo que chocaría directamente con el Convenio Europeo de Protección de los Animales de Compañía, que es aplicable en España. "No se puede marcar el carácter protector de una normativa europea, no va a ser tan fácil desproteger a los animales a pesar de que se haya conseguido introducir esa enmienda en la ley", indica Menéndez de Llano, quien advierte de que los jueces van a tener que "interpretar todo el ordenamiento jurídico que está en vigor en España" y no sólo este apartado de la ley animalista aprobada por el Congreso.

Para Lacabex, sin embargo, la discriminación de los perros de caza supone un "precedente peligroso" para futuras legislaciones. Si bien, las normativas autonómicas que, como la de Castilla-La Mancha, sean más garantistas, no tendrán que ser cambiadas ni rebajar su nivel de protección, la jurista de INTERCids teme que el asunto de los perros de caza condicione futuras legislaciones autonómicas. "El riesgo de que esta idea de extienda en otras leyes autonómicas es real", opina.

Para colectivos animalistas como Igualdad Animal, Equalia y para algunos partidos de la oposición, como Más País, la excepción de los perros de caza, aprobada a propuesta del PSOE con los apoyos de PP, Cs, PNV y Vox, vacía de contenido la ley. Y es que gran parte de las medidas propuestas en el texto legislativo iban destinadas, sobre todo a erradicar algunos problemas relacionados con la caza. Es el caso del abandono de animales de compañía, pues los escasos datos disponibles, como los de la Fundación Affinity, señalan que el fin de la temporada cinegética es la segunda causa de abandono de España. 

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