Este artículo se publicó hace 2 años.
La Justicia responsabiliza a los padres del niño de Sueca por no informar al juzgado de la condena por maltrato del parricida
Un juzgado en València había reconocido y condenado los malos tratos del padre a la madre. Un fallo que no se tuvo en cuenta en otra sala de Familia para otorgar la custodia compartida a los progenitores. Así nace el relato de la tragedia por el parricida de Sueca. La Justicia cree que son los padres quienes debieron de informar al juzgado de Familia de la condena.
María José Pintor
Actualizado a
Ante las duras declaraciones en RNE de la delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, Victoria Rosell, tras conocer el caso del parricidio del niño de 11 años en Sueca y la falta de coordinación entre juzgados, el Tribunal Superior de Justicia de València (TSJV) aclara en un comunicado, al que ha tenido acceso Público, que "ninguno de los cónyuges informó al juzgado de Familia de la existencia de un procedimiento penal por malos tratos".
Este tribunal insiste también en que los padres -sin destacar que habla del presunto parricida y de la madre víctima por malos tratos, que perdió a su hijo tras ser asesinado por su ex pareja- tampoco facilitaron al Juzgado de Familia "la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 4 de Sueca que fijaba antes la custodia del menor a favor de la madre y suspendía el régimen de visitas para el padre".
Rosell, por su parte, hace hincapié en que estos casos no deberían pasar nunca y que "no se ha hecho el esfuerzo de revisar los regímenes de visita" de los padres maltratadores, a pesar de que la reforma del Código Civil prescribe que un padre maltratador no puede ver a sus hijos".
Este parricidio tiene lugar casi un año después de que fuera aprobada en el Parlamento la Ley de Infancia que exige a los jueces que se retiren las visitas a los hijos cuando vivan en entornos dominados por conductas agresivas hacia la madre.
Respuesta de Justicia
Las reacciones de la Justicia a las declaraciones de la Delegada del Gobierno contra la Violencia de Género no se han hecho esperar. Así, a través de un comunicado enviado a Público, el Tribunal Superior de Justicia de Valencia aclara que el pasado mes de julio ambos cónyuges presentaron una demanda de divorcio de mutuo acuerdo ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 5 de Sueca, competente en materia de Familia, en el que establecen un convenio regulador con custodia compartida respecto al menor de edad.
Pero un mes después, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 4 de Sueca, con competencias en materia de violencia sobre la mujer, celebra un juicio rápido contra el hombre -y parricida desde el pasado fin de semana- y le condena, como autor de un delito de malos tratos en el ámbito de la violencia de género, del artículo 153.1 del Código Penal, a 40 días de Trabajos en beneficio de la Comunidad, 8 meses de alejamiento y prohibición de comunicación con respecto a su ex mujer y 16 meses y 2 días de prohibición de tenencia de armas.
Esa sentencia, de 12 de agosto, se dicta por conformidad de las partes y es por tanto firme, según el TSJV. El fallo establecía custodia y patria potestad respecto del menor a favor de la progenitora, suspende cualquier régimen de visitas del progenitor condenado respecto al hijo y fija una pensión de alimentos de 200 euros para el menor.
El TSJ se exime de responsabilidad
El TSJ de la comunidad de Valencia, por su parte, se exime con esta declaración de responsabilidad alguna por el hecho de que el supuesto parricida tuviera a su hijo en régimen de visitas durante el pasado fatídico fin de semana. Lo cierto es que, y sí lo critica Victoria Rosell, han existido "defectos de coordinación entre juzgados".
La Justicia responde a las críticas de Rosell que "ninguno de los cónyuges informó al juzgado de Familia de la existencia de un procedimiento penal por malos tratos".
De esta forma, el Tribunal Superior de Justicia de Valencia hace responsable a los padres, o en su caso a sus abogados, de no poner en conocimiento del juzgado que lleva el caso del divorcio, la condena por maltrato del padre a la madre.
Sorprende que la Justicia esperara que fuera el padre, el mismo hombre que supuestamente ha matado a su hijo con un cuchillo el fin de semana mientras se cumplía el fallo del juzgado de Familia que le daba derecho a este régimen de visitas, quien informara de su condena a ese tribunal que había favorecido la relación con su hijo.
Nota aclaratoria del TSJ de la Comunidad Valenciana
En relación al presente artículo, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana cree necesario precisar que en ningún caso ha pretendido, pretende ni pretenderá responsabilizar de nada a ningún usuario de la Administración de Justicia, mucho menos a una víctima de la violencia machista y de su expresión más execrable, como es la violencia vicaria que se ejerce contra los menores de edad. En este sentido, la información remitida a los medios de comunicación por el gabinete de prensa del TSJCV buscaba únicamente responder y aclarar diversas consultas periodísticas y tratar de explicar la existencia de dos sentencias que podían resultar contradictorias.
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