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Emergencia sanitaria Qué se puede hacer en Madrid y qué no (por ahora)

El confinamiento perimetral de la capital y de otras nueve poblaciones ha sido suspendido pero siguen vigentes las limitaciones de aforo en lugares públicos, el cierre de la hostelería a las 23.00 horas –sin aceptar clientes más allá de las 22.00 horas– y la prohibición de juntarse más de seis personas a la vez. 

Control policial
Control policial en la calle Recoletos en Madrid. (ZIPI | EFE)

Jorge o. Maldonado

El mismo tribunal que el pasado 25 de septiembre aprobó las restricciones de movilidad aprobadas por la Comunidad de Madrid en 45 zonas sanitarias ha tumbado este jueves las medidas impulsadas por el Gobierno central que desde el pasado viernes 2 de octubre habían establecido el confinamiento perimetral de la ciudad de Madrid y de otros nueve municipios de la región (Alcalá de Henares, Alcobendas, Alcorcón, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, Torrejón de Ardoz, Móstoles y Parla). La decisión del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), lejos de aclarar la situación, ha generado más incertidumbre y confusión entre los madrileños.

¿Qué pasa ahora? ¿Siguen vigentes en Madrid las anteriores restricciones de movilidad decretadas por la Comunidad de Madrid el 18 de septiembre en 37 áreas sanitarias de Madrid y ampliadas a 45 el 25 del mismo mes? ¿Qué se puede hacer y qué no? Las dudas son muchas, especialmente porque tanto el Gobierno de la Comunidad de Madrid como el Gobierno central ya han anunciado su intención de implementar nuevas medidas, por lo que la situación puede cambiar de un día para el otro. Pero sí, siguen en vigor el resto de limitaciones, así como las referentes a aforos y horarios.

De entrada hay una consecuencia clara: el confinamiento perimetral de la capital y de las otras nueve poblaciones madrileñas ha sido suspendido. Esto significa que los habitantes de esas ciudades podrán salir y entrar libremente y sin restricciones. Quien quiera visitarlas desde fuera también podrá hacerlo sin mayores obstáculos. 

Además, esto también implica que no habrá multas ni sanciones para los que salgan y entren porque todos los controles de movilidad puestos en marcha por la Policía Nacional, Guardias Civil y las Policías Locales a las entradas y salidas de las diez ciudades ya se han retirado, aunque se mantiene una fuerte presencia policial en las calles.

El Gobierno madrileño apuesta por restricciones de movilidad selectivas, según lo adelantado el pasado martes por el consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid, Enrique Ruiz Escudero, tras pedir al ministro de Sanidad, Salvador Illa, que elimine las restricciones en los distritos de la capital y en las localidades de la región que no superen los 500 casos por cada 100.000 habitantes.

En ese sentido, la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, ha comparecido este jueves ante la prensa para reclamar medidas "sensatas y justas"

Ayuso también ha pedido que los madrileños no salgan durante este puente, ahora que tras la anulación del TSJM únicamente hay restricciones de movilidad en tres zonas sanitarias básicas de Madrid que quedaban fuera de estos diez grandes municipios: Reyes Católicos (en San Sebastián de los Reyes), Humanes y Villa del Prado.

En cuanto al resto de restricciones, el propio alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida, confirmó este jueves que la prohibición de las reuniones de más de seis personas y la hora límite de las 23 horas para el cierre de la hostelería, "siguen en vigor". También siguen en vigor la limitación de aforos en espacios públicos.

Y mientras tanto, como bien ha dicho Almeida, el ciudadano madrileño "debe pensar que qué es esto, que qué medidas siguen en vigor y cuáles no". 

Por eso, a continuación ofrecemos un decálogo para aclarar algunas de estas dudas:


1.- ¿Podré salir y entrar de Madrid y de las otros nueve poblaciones afectadas por la orden ministerial del 2 de octubre?

Los habitantes de Madrid capital, Alcalá de Henares, Alcobendas, Alcorcón, Fuenlabrada, Getafe, Leganés, Torrejón de Ardoz, Móstoles y Parla podrán moverse libremente. Son todos ellos municipios con una tasa de incidencia acumulada de 500 por 100.000 habitantes, uno de los tres criterios aplicados por el Ministerio de Sanidad para aplicar restricciones.

2.- ¿Me podrán multar si, pese a las recomendaciones de las autoridades, abandono mi Comunidad?

La Policía Nacional y la Policía Municipal de Madrid han retirado los controles para vigilar las restricciones a la movilidad en los diez grandes municipios una vez que las medidas han sido rechazadas por el Tribunal Superior de Justicia, pero se mantienen los controles internos, relacionados con el uso de mascarillas y el aforo de los establecimientos. En consecuencia, no se puede multar a quien no respete las restricciones de salida y de entrada de los municipios confinados, aunque las sanciones nunca se llegaron a poner a la espera de una ratificación judicial que finalmente nunca llegó. Hasta ahora los controles policiales se limitaban a informar.

Por su parte, en las tres zonas básicas de salud pese a que continúan las restricciones de movilidad no es posible multar aún a la espera de ratificación judicial.

3.- ¿Puedo quedar con mi familia o amigos?

Las reuniones siguen limitadas a seis personas en toda la Comunidad de Madrid, tanto en espacios públicos como privados, salvo si son convivientes. Esta medida no se aplica en actividades laborales e institucionales o en aquellas en que se establezcan límites o medidas específicas.

4.- ¿Qué pasa con los parques y los jardines?

Pueden seguir abiertos en toda la Comunidad de Madrid salvo en las tres zonas sanitarias con restricciones, donde deberán permanecer cerrados.

5.- ¿Siguen limitados los aforos en la hostelería?

Los bares y restaurantes no echan la persiana, tampoco las casas de juegos y apuestas, pero el aforo no sobrepasará el 50% en espacios interiores y el 60% en exteriores. Los establecimientos no podrán recibir nuevos clientes a partir de las diez de la noche, y la hora de cierre es una hora después, salvo servicios de entrega de comida a domicilio. El consumo en barra seguirá prohibido y no podrán sentarse más de seis comensales en una misma mesa.

6.- ¿Puedo asistir a un velatorio?

En los velatorios se limita a un máximo de 15 personas en espacios al aire libre y 10 en lugares cerrados, y en los entierros y cremaciones se restringe a 15 asistentes.

7.- ¿Puedo practicar deporte en mi gimnasio?

Tampoco cierran. El aforo se limita en el caso de dependencias al aire libre al 60% mientras que las de interior será del 50%.

8.- ¿Puedo ir de compras?

No hay limitaciones, aunque en los comercios el aforo máximo será del 50% y no se podrá cerrar más tarde de las diez de la noche. En el caso de los cines el aforo tampoco podrá superar el aforo de un 50%.

9.- ¿Qué pasa con mis clases de la autoescuela o de inglés en mi academia?

En las autoescuelas y centros privados de enseñanzas no regladas, las clases podrán impartirse de forma presencial con un aforo del 50 %, además de garantizar la distancia de seguridad interpersonal.

10.- ¿Puedo asistir a misa?

No hay problema siempre que el aforo sea de un tercio y que se mantenga una distancia mínima interpersonal de 1,5 metros.

Pero todo esto puede quedar en agua de borrajas si el Gobierno central decide aplicar al estado de alarma en Madrid –para lo cual necesitaría la autorización del Congreso–, algo que podría ocurrir después de que el presidente del Gobierno español, Pedro Sánchez, haya afirmado este jueves que es preciso "poner todos los instrumentos y medidas encima de la mesa", sin descartar la declaración del estado de alarma.

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