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El padre de la niña asesinada por su madre en Gijón fue condenado a nueve meses por violencia de género

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha confirmado que por esa razón, la progenitora tenía la custodia de la menor.

El padre de la niña atiende a los medios durante un homenaje por la muerte de su hija, en Torrecaballeros, a 1 de noviembre de 2022.
El padre de la niña atiende a los medios durante un homenaje por la muerte de su hija, en Torrecaballeros, a 1 de noviembre de 2022. Nacho Valverde / Europa Press

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) ha confirmado este jueves que el padre de la niña asesinada por su madre en Gijón no contaba antes con la custodia porque fue condenado a nueve meses de prisión por violencia de género.

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 4 de Segovia, competente en Violencia sobre la Mujer, aclara, a través de un comunicado del TSJCyL, que el proceso de divorcio se produjo al mismo tiempo que se tramitaban unas diligencias previas como consecuencia de la denuncia de violencia de género presentada por la mujer contra su marido.

Entre las medidas penales y civiles se estableció una orden de alejamiento, y se instruyó el procedimiento hasta la celebración de juicio. La sentencia de divorcio de febrero de 2019 otorgó la custodia a la madre al haber un procedimiento de violencia de género en instrucción contra el hombre. Esta misma fue confirmada por la Audiencia Provincial de Segovia en enero de 2020.

Tras esto, el hombre presentó una demanda para pedir una rebaja de la pensión de alimentos, aunque no hizo ninguna solicitud relacionada con la guarda y custodia. El Juzgado, y posteriormente la Audiencia Provincial, confirmaron la sentencia en la que se rebajaba la pensión.

En 2021 y 2022 el Juzgado instruyó otros procedimientos relativos a la solicitud de autorización judicial de la mujer para trasladarse con la menor a la ciudad de Gijón. En el auto dictado por el Juzgado en 2022 se le indicaba que tenía que volver a Palazuelos de Eresma ya que se había marchado antes de que dictara la resolución judicial. 

A su vuelta, la mujer solicitó medidas provisionales para trasladarse a Gijón. En ese momento, el hombre reconvino y pidió la guarda y custodia de la menor (desde 2019 hasta este momento no lo había hecho). 

El Juzgado dictó entonces, y la Audiencia Provincial confirmó después, como medida provisional, una resolución en junio de 2022 que autorizaba a la mujer trasladarse con la menor a Gijón, estableciendo al mismo tiempo un amplio régimen de visitas del hombre y manteniendo la guarda y custodia a favor de ella porque el hombre fue condenado a nueves meses de cárcel por un delito de violencia de género por el Juzgado de lo Penal 1 de Segovia en febrero de 2020.

Recientemente, tras la celebración de una vista para resolver definitivamente sobre la guarda y custodia y el traslado de la mujer a Gijón, el Juzgado acordó el pasado 27 de octubre otorgar la guarda y custodia al padre al entender que la menor tenía sus raíces en la provincia de Segovia, su padre, su familia extensa, colegio, vecinos y amigos y ese interés superior de la menor es el que debía primar.

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