Este artículo se publicó hace 4 años.
Los seguros de deceso deben devolver el coste funerario de los servicios no prestados por el coronavirus
La Ley de Contrato de Seguros indica que las aseguradoras deben devolver el dinero de los servicios no prestados por causas de fuerza mayor, tal y como recuerdan las organizaciones de consumidores.
Alejandro Tena
Madrid-
La pandemia ha transformado la vida en menos de dos meses, pero también la muerte. Llorar la pérdida de un ser querido es más difícil que antes, dadas las circunstancias del confinamiento. Tanto es así, que miles de personas han fallecido en la soledad absoluta sin un adiós último ni un rito funerario que permita sellar con más facilidad esas heridas. Esta realidad que afecta a los servicios funerarios tiene también sus consecuencias para los ciudadanos que durante años pagaron en silencio la cuota del seguro de decesos pensando que, cuando llegase el último adiós, tendrían unas exequias dignificantes.
Así, debido a los riesgos de contagio, el Gobierno selló las actividades funerarias al poco de darse el inicio del estado de alarma, restringiendo la presencia de familiares en los tanatorios y enfriando un proceso ritual que por sí es demasiado gélido. Esto ha propiciado que muchos familiares no hayan podido recibir todos los servicios funerarios contemplados en la póliza de seguros. Sin embargo, tal y como señalan fuentes del Ministerio de Consumo, los ciudadanos tienen cierto amparo económico, ya que la ley señala que las aseguradoras de decesos deben devolver el dinero relacionado con los costes de los servicios funerarios que no hayan podido prestar por las circunstancias "de fuerza mayor"; en este caso, por la pandemia.
Así lo explicita la propia Ley 50/1980, de Contrato de Seguro, en cuyo artículo 106 especifica que "en el supuesto de que el asegurador no hubiera podido proporcionar la prestación por causas ajenas a su voluntad, fuerza mayor o por haberse realizado el servicio a través de otros medios distintos a los ofrecidos por la aseguradora, el asegurador quedará obligado a satisfacer la suma asegurada". Se trata de una norma que atiende a causas excepcionales que en estos tiempos pueden servir a miles de afectados por la situación de la covid-19.
"Nos consta que la mayoría de las empresas está llevando a cabo estas devoluciones, pero es importante recalcar que las empresas que no lo estén haciendo están incurriendo en una mala práctica, ya que los herederos tienen derecho a reclamar los importes relativos a los servicios no prestados", manifiesta la directora general de Consumo, Bibiana Medialdea.
Enrique García, portavoz de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) explica a Público que esta norma no sólo ampara a los familiares de difuntos por covid-19 que tuvieran una póliza de deceso, sino a todos las personas que hayan fallecido durante el estado de alarma, ya que el Gobierno emitió una orden excepcional que afecta a todos los velatorios y ritos con la intención de frenar la propagación del virus. "Los afectados deben pedir a la aseguradora una relación entre los servicios que se han prestado realmente y los que se tenían contratados, de tal forma que se devuelva el dinero de la parte funeraria que no se ha llevado a cabo", manifiesta el experto, que recomienda que se pida "siempre por escrito" para poder reclamar.
De hecho, desde la OCU denuncian la falta de transparencia del sector durante las primeras semanas de la pandemia, cuando las cifras de muertos se disparaban y el Gobierno se vio obligado a congelar los precios del sector. "Criticamos que en la mayoría de las funerarias no se podía acceder a esos precios, ahora hay obligación de que se de información del precio". Tanto es así, que un estudio realizado por la organización de consumidores detallaba que de 37 funerarias, de 50 que fueron consultadas, no mostraban ningún tipo de información relacionada con el precio de sus servicios funerarios y sólo 5 mostraban un precio detallado.
Por otro lado, desde la OCU señalan que el precio de los seguros de deceso "no salen a cuenta" a los consumidores, ya que, según uno de sus estudios, se termina pagando un porcentaje muy alto en primas, lo que eleva el coste final por encima del capital que realmente se ha asegurado.
Así, con los últimos datos que dispone la organización, un Español que hubiera contratado una póliza a los 65 años y falleciera a los 85 habría pagado 3.473 euros más del capital que realmente habría asegurado.
En relación a la situación funeraria derivada de la emergencia de la covid-19, desde Facua-Consumidores en Acción, recuerdan en un comunicado que las empresas funerarias no pueden establecer un precio superior al que tuvieran antes del 14 de marzo, momento previo al estado de alarma, por lo que los usuarios pueden reclamar devolución de dinero. "Esta limitación también es aplicable en el caso de los servicios contratados a través de un seguro de decesos", concluyen desde la organización.
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