Los ultras Abogados Cristianos piden al Constitucional que paralice la eutanasia de Noelia
El despacho ultracatólico representa al padre de la solicitante, quien lleva reclamando una muerte digna desde 2024, y ha presentado un recurso de amparo para que se suspenda el proceso inmediatamente.

Barcelona-
El padre de Noelia, la mujer de Barcelona de 25 años afectada por una paraplejia, ha pedido al Tribunal Constitucional (TC) que paralice de manera cautelar la eutanasia de su hija hasta que la justicia resuelva el recurso que ha presentado ante la corte de garantías.
El despacho Abogados Cristianos, que representa al padre de Noelia, ha presentado un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional en el que pide que acuerde de forma inmediata y urgente la medida cautelarísima de suspender la eutanasia de la solicitante.
Esta nueva iniciativa judicial del padre de Noelia se produce después de que el Tribunal Supremo (TS) inadmitiera su recurso contra la muerte asistida de su hija.
En un auto, el Supremo decidió no admitir el recurso contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) que autorizaba la muerte digna de Noelia, por falta de interés casacional, es decir, porque pretendía que se analizaran de nuevo las pruebas, algo que no es posible.
Casi dos años luchando por una muerte digna
La batalla ante la justicia arrancó cuando el padre recurrió a la resolución de la Comisión de Garantía y Evaluación de Catalunya, de 18 de julio de 2024, por la que se concedió la autorización de la eutanasia de su hija, mayor de edad. De inmediato el juzgado acordó como medida cautelar la suspensión de la eutanasia.
Poco después, el juzgado rechazó el recurso al considerarlo inadmisible porque el padre no estaba legitimado para recurrir, puesto que la hija era mayor de edad y no estaba incapacitada.
Concluyó que la solicitante sí tenía capacidad plena para pedir la eutanasia y que se cumplían todos los requisitos para que esta se concediera, así como que se habían seguido todos los pasos para que el procedimiento tuviera todas las garantías.
El padre acudió en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya. Este sí reconoció su legitimación para recurrir, pero rechazó su recurso al no poder demostrar la ausencia de capacidad de la hija.
Ante este escenario, el padre recurrió al Supremo porque sostenía que no había quedado acreditado que su hija sufría una enfermedad grave e incurable, o un padecimiento grave, crónico e imposibilitante. También alegaba que la eutanasia era un perjuicio "irreparable" y que tampoco concurría en conformidad libre, voluntaria y consciente de la paciente, al presentar antecedentes psiquiátricos graves.
Apelación ante el Constitucional
Ante el nuevo rechazo judicial por parte del Tribunal Supremo, el padre ha recurrido ahora al Tribunal Constitucional.
En el recurso de amparo, al que ha tenido acceso EFE, el despacho ultra alega que padece "trastornos mentales" y de la "personalidad" y que cuenta con un historial de "antecedentes psiquiátricos". Las afirmaciones de que tenía patologías psiquiátricas habían resultado insuficientes ante el TSJC al estar desprovistas de cualquier refuerzo técnico.
En este sentido, sostiene que una "persona que padece un trastorno límite de la personalidad con ideaciones suicidas tiene viciada su capacidad para, precisamente, decidir sobre su muerte".
En cambio, tanto el juzgado que dio luz verde a la eutanasia de la joven como el TSJC, en su sentencia de septiembre de 2025, concluyeron que a lo largo del proceso judicial no se había constatado su "falta de capacidad" para desestimar su petición de muerte asistida, y que su decisión de solicitarla se había mantenido firme desde abril de 2024.

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