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La Audiencia Nacional rechaza al PP como acusación en los papeles de Bárcenas

Confirma el auto del juez Ruz y considera 'llamativo' que el partido conservador quieran acusar 'sin dirigir acción alguna contra los responsables'.

EUROPA PRESS

La Audiencia Nacional ha confirmado la decisión del juez Pablo Ruz de rechazar la personación del Partido Popular (PP) como acusación popular en la pieza separada del 'caso Gürtel' en la que se investigan los denominados 'papeles de Bárcenas', al entender que es el 'sujeto investigado' en este procedimiento y que podría resultar responsable civil subsidiario del mismo.

La Sección Cuarta de la Sala de lo Penal, que confirmó el pasado lunes la expulsión del PP de la pieza principal, establece en un auto dictado este viernes que la formación no puede tener la condición de 'perjudicada, ofendida o víctimas de los actos con apariencia delictiva' en la causa en la que se investiga su supuesta contabilidad B.

'No cabe duda que sobre dicha formación política y algunos de sus miembros recaen las diligencias de comprobación emprendidas en el seno de la aludida pieza separada', señala la resolución del tribunal, que también pone de manifiesto 'la real y no hipotética perspectiva' de que el PP pudiera ser considerado 'responsable civil' de los hechos investigados.

El tribunal no aprecia 'ninguna conducta procesal discriminatoria' hacia el PP y recuerda que en la pieza separada se investiga 'la perpetración de un delito contra la Hacienda Pública, sin perjuicio de otros muchos relacionados con las malas prácticas políticas, incluidas las entregas de dinero a personas sin existir justificación para ello y soslayando la contabilidad oficial'.

'Tal circunstancia coloca al Partido Popular en una situación incompatible con el ejercicio de la acusación popular', añaden los magistrados Ángela Murillo, Carmen Paloma González y Juan Francisco Martel, que ha sido el ponente de la resolución.

De igual modo, los tres jueces señalan que resulta 'llamativo' que el PP quiera ejercer la acusación popular en una causa 'sin precisar de qué delitos presuntamente cometidos es víctima, sin dirigir acción penal alguna contra los supuestos partícipes de tales innominados y ficticios delitos y sin emprender, ni en la causa en la que está personada ni en cualquier otro procedimiento externo, algún acto indicativo del ejercicio de diligencias encaminadas a la persecución de los hechos perpetrados'.

En relación con el argumento del PP de que los partidos políticos están exentos de tributar el Impuesto de Sociedades, el tribunal señala que se trata de un razonamiento 'simplista' y recuerda que 'sólo quedan exentas las donaciones privadas que cumplan el criterio de transparencia legalmente marcado'.

El auto también reserva una consideración a las afirmaciones vertidas por el PP en su recurso de apelación, en el que calificaba de 'negligente publicación' la aparición de su supuesta contabilidad B y señalaba que su único objetivo era 'socavar y menospreciar el buen nombre, la reputación y el honor' de la formación.

Estas cuestiones, a juicio de los magistrados, 'trascienden de los contornos del objeto de esta resolución, pues incorporan juicios de valor en clave no jurídica sino más bien política y de animadversiones entre grupos de poder'.

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