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El CGPJ se desmarca del informe de un grupo de jueces que critica los desahucios

Un grupo de magistrados propone 18 medidas para frenar los desahucios y critican el 'extremadamente agresivo' procedimiento español de ejecución hipotecaria, creado en 1909 para dar gusto a los bancos.

ANDRÉS MUÑIZ

Un grupo de seis jueces, coordinados por el vocal del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) Manuel Almenar ha elaborado un informe en el que propone 18 medidas para cambiar el sistema español de desahucios y paliar el 'auténtico drama' en el que están envueltas numerosas familias que no pueden hacer frente a las cuotas de sus prestamos hipotecarios, 'que concertaron en época de bonanza económica simplemente para adquirir una vivienda digna, y que tras el estallido de la crisis no pueden pagar'.

El documento era un anexo a un informe más amplio encargado por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) para conocer propuestas para la agilización y reforma de los procesos civiles. Sin embargo, el Pleno del órgano del gobierno de los jueces acordó este miércoles desmarcarse de este trabajo, que ellos mismos encargaron, y no asumir ni debatir su contenido, sin dar mayores explicaciones oficiales.

Otras fuentes del Consejo destacaron a Público que la función del CGPJ ante este tipo de informes no es asumir o no su contenido, sino disponer de trabajos que, como es el caso, abordan los problemas judiciales y apuntan posibles soluciones.

 Las mismas fuentes destacaron que el informe, que tiene la relevancia de haber sido realizado por jueces 'de a pie de calle', será remitido desde el Consejo a los grupos parlamentarios, asociaciones de consumidores, o de usuarios de banca, que lo soliciten.

En el documento, los seis expertos critican a los bancos por su 'mala praxis' y 'ligereza' al extender los créditos hipotecarios antes de la crisis sin valorar las posibilidades reales del deudor, además de 'la comercialización irresponsable, cuando no torticera, de productos financieros complejos' que llevaron a cabo, en alusión a las participaciones preferentes.

El informe destaca que en el año 2012 se ha constatado un aumento del 20,6% de ejecuciones hipotecarias respecto al mismo periodo de 2011, y el número total de las mismas desde que empezó la crisis ronda las 350.000.

Los expertos critican el 'procedimiento privilegiado' para el cobro de créditos hipotecarios vigente en España, que se creó en 1909 'debido a la presión de los bancos' para que se les satisfacieran las deudas de forma rápida. Según estos expertos, es un 'proceso judicial extremadamente agresivo frente al deudor', que dota a la escritura de un préstamo hipotecario de mayor eficacia incluso que una sentencia, y deja al deudor muy pocas posibilidades de oponerse.

Los seis expertos critican a los bancos por su 'mala praxis' y 'ligereza' al extender los créditos hipotecarios antes de la crisis El grupo propone extender al ciudadano que está sobreeendeduado una parte de los beneficios y ayudas que la banca recibe del Estado, para evitar la ruina de esa persona y su exclusión social, y distribuir 'equitativamente las consecuencias de la crisis económica'.

Entre las 18 medidas que proponen, destaca la regulación 'imperativa' en determinadas circunstancias de la llamada dación en pago, es decir, de la entrega de la vivienda como modo de extinción del crédito. En ese sentido, recuerda que el Decreto-Ley del Gobierno, de 9 de marzo de 2012, que establece un Código de Buenas Prácticas para las entidades bancarias en relación a las ejecuciones hipotecarias, no ha dado resultados 'por las estrictas condiciones para fijar las personas que pueden acogerse a las medidas, lo que supone que sólo un porcentaje muy reducido, en la pobreza más absoluta, puede acogerse a dichos beneficios'.

Dicho decreto establece la dación en pago sólo si lo acepta el banco. La propuesta de los expertos es que no sea voluntaria sino obligada en casos excepcionales. Y también piden, en segundo lugar, que se eleve el denominado umbral de exclusión que fija el decreto, que requiere, entre otros detalles, que todos los miembros de la unidad familiar carezcan de rentas, y que la cuota hipotecaria sea superior al 60% de los ingresos netos de la familia.

Asimismo, proponen determinar el concepto de 'deudor hipotecario de buena fe', a quienes se aplicarían las medidas excepcionales, y que serían en cualquier caso afectados por ejecuciones hipotecarias en vivienda habitual o en locales de negocio, donde se establecería un régimen especial de ejecución hipotecaria más garantista. Los expertos admiten que algunas de sus propuestas puedan considerarse 'improcedentes, inviables o descabelladas', pero cree necesario iniciar este debate jurídico y realizar las reformas legales y procesales pertinentes para paliar este drama social.

Los jueces que han participado en el trabajo son Angel Galgo, Pilar López Asensio, Enrique García García, María del Mar Hernández Rodríguez, Pablo Quevedo y Pedro Luis Viguer. El Pleno del Consejo analiza en su reunión de este miércoles el informe.

1. Determinar el concepto de deudor hipotecario de buena fe, como sujeto de aplicación de medidas excepcionales en la materia. Serían sólo afectados por ejecuciones hipotecarias en vivienda habitual o locales de negocio.

2. Elevación del denominado umbral de exclusión para flexibilizar los requisitos estrictos que establece el Código de Buenas Prácticas aprobado por el Gobierno.

3. Regulación imperativa en determinadas circunstancias de la dación en pago.

4. Establecimiento de un régimen especial en el caso de ejecuciones hipotecarias de viviendas habituales o locales de negocio, en el sentido postulado por el Defensor del Pueblo.

5. Limitar los intereses moratorios, prohibiendo que sean superiores en 2,5 veces al interés legal del dinero en caso de descubierto.

6. Modificación del procedimiento de ejecución hipotecaria para que deje de ser un prigilegio procesal de los bancos, reconduciéndolo a las normas geneerales de la ejecución ordinaria, aumentando así los motivos de oposición a la ejecución (pago, nulidad o prescripción).

7. Atribución de facultades al juez para acordar moratorias que dejen en suspenso el pago de las cuotas hipotecarias, si concurren circunstancias excepcionales

8. Revisión legal del concepto de fuerza mayor y redifinición de la cláusula que permita suspender el cumplimiento de obligaciones por el deudor cuando las circunstancias se lo impidan por motivos ajenos a su voluntad.

9. Modificar el régimen de tasación de viviendas, a realizar por expertos independientes.

10. Elevar el porcentaje de adjudicación al acreedor (actualmente es del 60 por ciento del valor de tasación), ya que la Ley hoy permite al banco adjudicarse bienes por valor notoriamente inferior al real.

11. Establecimiento de periodos de carencia en la amortización del capital de forma obligada y no voluntaria de los bancos como dice el Código de Buenas Prácticas.

12. Potenciación de subastas por Internet para mejorar las adjudicaciones y el número de interesados en pujar.

13. Regular un procedimiento concursal específico para personas físicas que puedan paralizar ciertas ejecuciones.

14. Ampliar los supuestos en que el deudor puede continuar usando la vivienda habitual o local de negocio satisfaciendo un canon mediante arrendamiento, leasing u otras fórmula jurídicas.

15. Limitar gastos en caso de mora.

16. Ampliar la posibilidad de que el deudor pueda poner fin a la ejecución pagando las deudas y rehabilitando el préstamo, ya que actualmente sólo se puede usar esa posibilidad una vez cada cinco años.

17. Mediación previa o simultánea obligatoria en las ejecuciones hipotecarias.

18. Crear Comisiones Mixtas de Administrción, banca y consumidores para favovecer soluciones negociadas.

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