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Doce años de prisión para el ex espía Flórez por traición

El tribunal considera probado el robo de secretos, pero no su venta a Rusia

PEDRO ÁGUEDA

El cabo de la Guardia Civil Roberto Flórez, agente del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) de 1991 a 2004, es ya el primer condenado por traicionar a la patria en la historia de la democracia española. La Audiencia Provincial de Madrid le impuso ayer una pena de 12 años de prisión por ofrecer a Rusia información sensible del espionaje español, aunque no considera probado que los documentos llegaran a Moscú, ni que Flórez cobrara por ello.

La condena impuesta es la solicitada por la Fiscalía y la Abogacía del Estado, esta última ejerciendo la acusación particular en representación del CNI. El tribunal ha considerado probado que Flórez sacó de la sede central del antiguo CESID información confidencial que luego ofreció a Petr Melinkov, acreditado como diplomático en la Embajada rusa en Madrid, pero en realidad miembro de la Unidad de Inteligencia Extranjera (SVR, en sus siglas rusas) de los servicios secretos de ese país. El abogado defensor, Manuel Ollé, anunció que recurrirá el fallo ante el Supremo.

La versión de Flórez fue desmontada por los agentes del CNI durante el juicio

Durante el juicio, el secretario general del CNI en la época de Flórez reconoció haber encargado a este una monografía sobre captación de fuentes sin que estas descubran que su interlocutor es espía. A este encargo había recurrido el condenado para justificar el material hallado en su poder en julio de 2007, cuando fue detenido. De las dos cartas en las que ofrecía sus servicios a Melinkov a cambio de 200.000 euros dijo que se trataba de un anexo práctico a ese trabajo. Con él quería demostrar las debilidades del Centro para que fueran subsanadas.

Sin embargo, el tribunal ha tomado en consideración el testimonio de todos los miembros del CNI que han testificado y del ex director del Centro, Alberto Saiz, que sirvieron para desmontar uno por uno la versión de Flórez. Según estos, la monografía no necesitaba para su confección de las listas con las identidades de los espías españoles halladas en poder de Roberto Flórez, ni tampoco las de rusos que trabajaban como agentes dobles. Mucho menos se podía justificar que se hubieran sacado del CNI sin la preceptiva autorización y, en ningún caso, por un miembro del Centro que no estaba autorizado para acceder a las mismas.

La sentencia arroja además luz sobre los verdaderos motivos de la salida de Flórez del CNI, en abril de 2004. El ex espía alegó no estar satisfecho con su último destino en Contrainteligencia y pidió la baja voluntaria. Meses antes había regresado de Perú, descubierto por la prensa cuando permanecía infiltrado en el equipo de la campaña electoral de Alejandro Toledo.

Es la primera condena por traición a la patria de la democracia

En realidad, a Flórez se le acababa de notificar la apertura de dos expedientes, lo que significaba que iba a ser investigado. Su tramitación 'habría supuesto una investigación sobre el procesado que podría haber sacado a la luz la actuación que estaba llevando a cabo', refiere el tribunal.

Además, la sentencia recuerda cómo Flórez ofrecía a los rusos trabajar para ellos en el extranjero en una de las cartas intervenidas. Según averiguaron sus ex compañeros, Flórez no tenía ahorros cuando dejó el CNI. Cuando fue detenido no tenía un trabajo remunerado y, sin embargo, mantenía un alto nivel de vida.

El hecho de que no se haya podido demostrar que los documentos llegaron a ser vendidos radica, según el tribunal, en que Saiz y los agentes del CNI recurrieron constantemente al secreto de sus actuaciones para no declarar sobre las mismas en el juicio. A pesar de ello, la sentencia recoge cómo dos operaciones de la inteligencia española en territorio ruso fueron desbaratadas sin que el CNI encontrara explicación para ello. Estos hechos tuvieron lugar meses después de que Flórez escribiera su primera carta en el año 2001 y la investigación interna que se abrió condujo tiempo después a Flórez.

El artículo 584 del Código Penal sanciona con la misma pena de 12 años revelar información clasificada a una potencia extranjera que hacerse con ella para el mismo fin.

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