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La Fiscalía exige a Sortu que pida el fin de ETA

Dice que el alto el fuego les facilita no tener que condenar la violencia

ÁNGELES VÁZQUEZ

La Fiscalía del Tribunal Constitucional ha apurado al máximo el plazo del que disponía para presentar las alegaciones con las que se opone al recurso de amparo con el que Sortu pretende concurrir a las próximas elecciones. Sostiene que la formación, cuya inscripción en el Registro de Partidos Políticos fue vetada por la Sala del 61 del Tribunal Supremo, supone 'un riesgo real' para el Estado democrático y la sociedad española, porque supondrá permitir la participación electoral de quienes no han roto en realidad con ETA.

De hecho, entre los argumentos que utiliza para negar la desvinculación alegada por la izquierda abertzale, la Fiscalía recurre al alto el fuego decretado por la banda terrorista en enero. A su juicio, sirve para 'favorecer la actuación política de la izquierda abertzale y crear un clima político propicio' que favorezca su legalización. La ausencia de atentados evita 'posibles declaraciones de condena y, por tanto, difíciles compromisos para la izquierda abertzale frente a la violencia de la banda terrorista', afirma el escrito.

A lo largo de 198 páginas, el Ministerio Público hace un detallado repaso del auto de la Sala del 61 del Supremo que impidió la inscripción de Sortu. La Fiscalía comparte sus argumentos y señala que su decisión se basó en pruebas 'plurales', 'claras' y 'evidentes'.Dicha resolución contó con el voto particular discrepante de siete de los 16 magistrados de la Sala Especial, que fue muy tenido en cuenta por la defensa de la formación a la hora de impugnar dicha resolución ante el Constitucional.

Según la Fiscalía, su oposición a la inscripción de Sortu no trata de impedir 'la participación política de una formación integrada por partidos eminentemente democráticos' que concurre coaligada con miembros de 'una cierta izquierda abertzale'. Su objetivo es 'evitar el riesgo que para el Estado democrático representa la participación política, a través de una nueva formación, de aquellos que, siendo Batasuna, dicen haber roto con los postulados y métodos de la banda terrorista ETA sin que su conducta y actividades lo evidencien'.

Para acreditar la veracidad de esa ruptura, al fiscal le 'parece razonable' que la sociedad democrática 'exija' a Sortu 'un reconocimiento incuestionable de las víctimas del terrorismo de ETA y una petición clara de disolución de quien durante 50 años ha venido utilizando el terror' para defender sus ideas.

En este sentido, insiste en que esas ideas, como cualquier otra, son 'perfectamente defendibles en una sociedad democrática, siempre que sean respetados los derechos y libertades fundamentales'.

Pese a admitir que no puede responsabilizarse a Sortu de que ETA no se disuelva, considera que 'la existencia de la banda terrorista' y el riesgo que precisamente eso supone para el Estado democrático debe 'conllevar el veto de la formación política cuya inscripción se pretende'. Impedir su inscripción es 'una necesidad social imperiosa que permite legítimamente limitar los derechos fundamentales' vulnerados: el derecho de asociación y a la libertad ideológica, de expresión y de participación política.

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