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Difusión de imágenes
La difusión de imágenes íntimas es un delito que, por desgracia, sigue a la orden del día. (Fuente: Freepik)
Difusión de imágenes
La difusión de imágenes íntimas es un delito que, por desgracia, sigue a la orden del día. (Fuente: Freepik)

¿Qué hacer ante una filtración sexual en la Red?

Las víctimas de una filtración sexual pueden denunciar por varias vías, y el Código Penal recoge sentencias más duras a raíz del caso de Olvido Hormigos.

Helena Celma

«Para todos los que están decepcionados: envié esas fotos a una persona. Podéis conectar los puntos. Estoy impresionada de que alguien pueda caer tan bajo. Sólo hablo con franqueza», tuiteó Jennette McCurdy, una actriz que se dio a conocer en el programa infantil iCarly de Nickelodeon, después de que unas fotografías que se hizo en ropa interior terminasen circulando por Internet.

No es la única a la que le ha pasado algo similar. Vanessa Hudgens, Miley Cyrus, Paris Hilton, Jessica Alba, Ke$ha, Blake Lively y Rihanna son algunas de las que han visto expuestos vídeos o imágenes que habían dirigido a sus parejas. Quizás el caso más sonado, fue el de Scarlett Johansson. La intérprete de Match Point mandó unas fotos desnudas al que fue su pareja, Ryan Reynolds.Tiempo después, esas instantáneas acabaron publicadas y hasta el FBI tuvo que intervenir en el caso para cazar al responsable de la filtración. Se trataba de una hacker que había robado las fotos del celular de Reynolds. 

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Esta macro operación no sirvió para detener el fenómeno. Poco tiempo después, Jennifer Lawrence se vió en la misma situación, junto con un nutrido grupo de artistas entre las que figuraban Kate Upton, Ariana Grande.«Se trata de una flagrante violación de privacidad. Ya hemos contactado con las autoridades, que perseguirán a cualquiera que publique las fotos robadas de Jennifer Lawrence», afirmó su representante cuando se supo que las imágenes habían sido extraídas de las cuentas de iCloud, el servicio de almacenamiento en la nube de Apple.

Algunas trataron de desvincularse de lo sucedido y negar que fuesen las protagonistas de las instantáneas, pero Mary Elizabeth Winstead confirmó que eran reales a través de Twitter. Optó por dar la cara y hablar sin medias tintas: «Esas fotos fueron eliminadas hace tiempo, sólo puedo imaginar el repulsivo esfuerzo que hay detrás de esto. Me compadezco de todas las personas que han sido hackeadas. Para quienes estéis viendo las fotos que me hice con mi marido hace años en la privacidad de nuestro hogar espero que os sintáis fenomenal con vosotros mismos».

El sexting no es un delito, pero sí lo es filtrar fotos sin consentimiento

Si esto le sucede a celebridades, como podrás imaginar, puede pasarnos a cualquiera. El sexting es el envío de materiales con connotación sexual a través de Internet (mensajes, fotos, vídeos, videollamadas, etc). Cualquier móvil puede contener nudes entre las conversaciones de Whatsapp y optar por disfrutar del sexo en esta modalidad a distancia no es ningún delito, siempre y cuando la persona que envía el material lo haga de forma libre, voluntaria y el destinatario tenga presente que está recibiendo información personal e íntima y su recepción no le da derecho a compartirla con terceros.

“Como nosotras estemos en una playa, bailando en una discoteca o dónde nos dé la gana tiene que ver con nuestra comodidad y con nuestra autoestima, no con el disfrute sexual de los señores. Nuestras fotos solo se permiten cuando cumplen dos parámetros: 1.- que seas heteronormativa y 2.- que la foto esté hecha con la intención de que un señor se haga una paja. Si no se cumplen estas dos cosas, empieza la fiesta”, argumentó Henar Álvarez en su sección Nanismo Nani del podcast de Buenismo Bien, en defensa del derecho a hacer con nuestra sexualidad lo que nos da la gana. 

Las sextorsión en España

Desde 2013, las memorias de la Fiscalía vienen advirtiendo de la “proliferación” de casos de sextorsión  extorsión por motivos sexuales—.  Se trata de uno de los delitos digitales más extendidos pero, según los datos de la Policía Nacional, hasta un 70% de estos delitos no se denuncian. 

El miedo o la vergüenza que provoca ver fotos o vídeos íntimos publicados en las redes sociales favorece que la mayoría de las víctimas trate de llegar a un acuerdo con los extorsionadores y pagar lo que piden.

Esa es justo la trama central de la serie Intimidad, de Netflix, que cuenta como la carrera de una política independiente, Malen Zubiri, se ve amenazada por la publicación de un vídeo en el que mantiene relaciones sexuales en una playa francesa.

Este producto del catálogo de la plataforma de streaming es ficción, pero a ratos recuerda poderosamente a hechos reales y podría ser la encrucijada de muchas personas anónimas. No sería la primera vez que las imágenes de los juegos sexuales de una pareja acaban en el grupo de Whatsapp de los amigos de uno de los dos, sin consentimiento de la otra parte. “Mi pareja me contó, y flipé, que uno de sus amigos había mandado al grupo de WhatsApp una foto de su propia novia en la playa, haciendo ‘topless’, y con el mensaje ‘Mirad qué tetas tiene’. Eran 20 tíos. ¿Nadie fue capaz de decir que eso no se podía hacer?”, contó Álvarez en el mismo espacio.

Además, las redes sociales están plagadas de personas que venden packs de fotos de mujeres. Plataformas como Twitter, Reddit o Telegram son testigos a diario de mensajes como el siguiente: “Vendo fotos de mi chica desnuda, escríbanme al DM. Sólo tiene 19 años”. La exposición sin el consentimiento de la víctima se lleva al máximo exponente, en el que encima el agresor se llena los bolsillos a su costa.

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Más allá de la ansiedad que puede producir la filtración de estos nudes, hay que pensar en la huella digital, ya que todo lo que circula por Internet se acaba quedando ahí. 

La Policía Nacional tiene una unidad Central de Ciberdelincuencia, en la que la Brigada de Investigación Tecnológica sigue las denuncias por este delito. La Guardia Civil cuenta también con los equipos Arroba y el Grupo de Delitos Telemáticos de la Unidad Central Operativa.

¿Qué hacer en caso de difusión sin nuestro consentimiento? 

Estamos hablando de un delito que puede conllevar una pena de tres meses a un año de prisión, según el artículo 197 del Código Penal. La ‘porno venganza’ se integró en este texto legal desde la reforma de 2015, dentro del capítulo de la revelación de secretos. Así que lo mejor que puedes hacer si eres víctima de una extorsión de estas características es denunciarlo por la vía penal en cualquier comisaría.

Otra de las opciones que está a tu alcance es la de acogerte a la Ley Orgánica 1/1982 de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen y reclamar a través de la vía civil. La norma considera una intromisión ilegítima “la captación, reproducción o publicación por fotografía, filme, o cualquier otro procedimiento, de la imagen de una persona en lugares o momentos de su vida privada”.

La tercera vía por la que poner en alerta a las autoridades de este episodio es mediante el ‘canal prioritario’ de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Esta denuncia la puede presentar la víctima o incluso una tercera persona. “El objetivo del Canal prioritario es hacer frente a estas situaciones, estableciendo una vía en la que las reclamaciones recibidas serán analizadas prioritariamente, permitiendo que la Agencia, como Autoridad independiente, pueda adoptar, si es preciso, medidas urgentes que limiten la continuidad del tratamiento de los datos personales”, dice la propia página, que también afirma que podrá valorar si iniciar un “procedimiento sancionador contra las personas que Cuando la solicitud de retirada de las imágenes haya hayan difundido ese material”. 

2015, un punto de inflexión

Uno de los momentos en los que esta problemática se puso encima de la mesa fue con Olvido Hormigos, la exconcejala del PSOE de Los Yébenes, Toledo. La política sufrió la difusión de un vídeo sexual suyo en 2012 y ella lo puso en manos de las autoridades, pero la jueza archivó el caso tras considerar que no había delito contra su intimidad, ya que ella había sido quien había enviado el vídeo. Sin embargo, ella no había aceptado en ningún momento la difusión posterior a esos contactos.

Este caso sirvió como punto de inflexión para modificar el Código Penal en 2015. Desde ese momento, también se constituiría como delito la difusión no autorizada de las imágenes íntimas, a pesar de que la víctima las hubiera enviado en un primer momento.

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Actualmente, el Código Penal penas aún mayores a las anteriormente señaladas en tres casos: 1. si la difusión la comete el cónyuge o la pareja de la víctima, 2. si esta es menor de edad o tiene una discapacidad y 3., si se difunde el material con una finalidad lucrativa. La intimidad es un derecho fundamental y tú decides quién puede ver tus nudes, en virtual o físicamente.