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Confirmada la condena de los funcionarios que maltrataron presos tras un motín en Barcelona

El Supremo considera probado que sacaron a medio centenar de internos de sus celdas de Quatre Camins y les hicieron un pasillo para golpearles e insultarles. Luego, el subdirector médico agredió a los internos con puñetazos y en 15 ocasiones con una defensa de goma que tenía.

Fachada del Tribunal Supremo. EFE

E.P.

MADRID.-  El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona que en julio de 2013 impuso al exsubdirector médico del centro penitenciario de Quatre Camins Xavier M. M. una condena de tres años y medio de prisión y catorce años de inhabilitación para cargo público por maltratar a los presos tras un motín ocurrido el 30 de marzo de 2004.

La misma sentencia estableció una condena de entre cuatro meses y un año de cárcel para los otros cinco funcionarios de prisiones condenados también por delitos de atentado contra la integridad moral y faltas de lesiones.

El Supremo rechaza en su sentencia todos los recursos interpuestos contra dicha resolución de la Audiencia de Barcelona por los acusados y por uno de los presos agredidos, que reclamaba penas más altas.

La sentencia confirmada considera probado que, tras el motín, los funcionarios de prisiones sacaron a los presos de sus celdas sin darles tiempo para vestirse o calzarse y les hicieron atravesar –esposados y semidesnudos- un ‘pasillo’ formado por más de un centenar de funcionarios que les golpearon e insultaron.

Ya en el Departamento de Ingresos, el entonces subdirector médico agredió a los presos con golpes, puñetazos y en 15 ocasiones con el uso de la defensa de goma que portaba.

Según relataron los internos en el juicio que empezó el 6 de mayo en la Audiencia, recibieron palizas cuando se ordenó su traslado a otro centro como consecuencia del motín y pasaron por el Departamento de Ingresos, donde fueron agredidos por Xavier M., dijeron ante la jueza.

En la mayoría de los casos, los reclusos fueron trasladados boca abajo tal y como estaban en ese momento, es decir, en ropa interior o descalzos, y pasaron por un pasadizo lleno de funcionarios -más de cien, y que no estaban de servicio-, donde recibieron golpes, insultos y escupitajos.

Para la Audiencia, es significativo que los presos coincidieran en el relato de los hechos, que en algunos casos reconocieran a los acusados, y que las agresiones constaran en los partes médicos hechos al salir de la cárcel pero, sobre todo, al entrar en las otras prisiones.

La Audiencia de Barcelona consideró que dichas conductas suponen una vulneración del Estado de Derecho; máxime cuando se trata de funcionarios al servicio de la sociedad que humillaron y violentaron a los presos, que están en una posición de inferioridad.

La dignidad, asegura la sentencia, es uno de los pilares del ordenamiento jurídico y un valor "por encima de ideologías, creencias o cualquier otro tipo de etiquetas atribuible a la persona".

Consintieron las agresiones

Los funcionarios -y en mayor nivel los mandos intermedios- no actuaron como garantes de las normas y el reglamento del centro penitenciario, y además "consintieron" los atentados y agresiones contra los reclusos sin impedir tal comportamiento, lo que los convierte en autores por omisión, según la sentencia de la Audiencia de Barcelona ahora confirmada.

Por todo ello, también fueron condenadas las empleadas Yolanda M. y Trinidad M., así como el entonces jefe de centro José Antonio R., el jefe de servicios Jordi J. y el jefe de centro de prisión Rafael Jesús S.

El Tribunal Supremo rechaza uno a uno los motivos de todos los recurrentes y califica de "amplia y razonada" la argumentación de la sentencia de instancia que condenó a los funcionarios, que contó con prueba "abundante" de cargo consistente en el testimonio de los reclusos, partes médicos o informes judiciales.

Por ejemplo, respecto a la defectuosa valoración de las lesiones alegada por los funcionarios en los recursos, el Supremo señala que la Audiencia de Barcelona contó con los partes médicos "a los que atribuyó legítimamente el correspondiente valor probatorio".

'Cierta' contundencia

En el juicio, el exsubdirector médico reconoció que actuaron con "cierta contundencia" contra los 56 internos que se iban a trasladar, pero que no hubo agresiones.

"Si no obedecían se les forzaba en cierta manera. Si no querían caminar se les ayudaba a caminar un poco más rápido", afirmó, mientras que los presos que declararon en el juicio detallaron cómo fueron las agresiones del subdirector en el Departamento de Ingresos, así como en los pasillos.

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