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El juez Pedraz retira su orden de cerrar Telegram porque lo considera "excesivo"

El magistrado de la Audiencia Nacional reconoce que bloquear la aplicación podría afectar a millones de usuarios y que su medida "sería excesiva y no proporcional".

Nulidad de Actuaciones - El bloqueo de Telegram: una medida desproporcionada
Un smartphone con la aplicación Telegram.

El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz se ha enmendado a sí y ha dejado sin efecto definitivamente la orden de bloqueo cautelar de la plataforma de mensajería Telegram que él mismo dictó el pasado viernes. El magistrado ha reconsiderado su postura inicial y constata cerrar la aplicación se trata de una medida "excesiva y no proporcional" por la posible afectación de múltiples usuarios.

En un nuevo auto, dictado este lunes, el magistrado acuerda dejar sin efecto la suspensión temporal de los recursos asociados a Telegram a raíz de una denuncia de Mediaset, Antena 3 y Movistar Plus+ en la que acusaban a la aplicación de alojar sin permiso contenido protegido por derechos de autor.

A primera hora de este lunes el magistrado dictó este lunes una providencia en la que ya acordaba la suspensión de la orden de bloqueo temporal a la espera de un informe a la Comisaría General de Información de la Policía sobre la naturaleza de Telegram así como la incidencia de dicha medida cautelar los usuarios de esta plataforma.

El bloqueo, según Pedraz, "tendría un cierto impacto económico para las empresas o sociedades que desarrollan gran parte de su actividad comunicativa a través de esta plataforma de comunicación puesto que la consideran un canal fiable y seguro contra intervenciones no deseadas".

No es sobre libertad de expresión, si no proporcionalidad

"Lo mismo podría decirse de algunos grupos, organizaciones o entidades de distinto tipo, que podrían estimar que ello afectará a sus mecanismos y procesos organizativos al privarles de una vía o canal de comunicación rápido y de gran alcance a su mercado diana. No se trata de libertad de expresión o información, sino si la medida es o no proporcional. Y lo que se constata, por lo dicho y después de dictar el auto, es que la medida sería excesiva y no proporcional", sostiene.

El magistrado reconoce que constató que la medida tendría una "posible afectación" para "múltiples usuarios"

El magistrado reconoce que constató que la medida tendría una "posible afectación" para "múltiples usuarios" después de que su decisión fuese publicada "en medios de todo tipo". Para aclararlo, el magistrado solicitó este mismo lunes a la Comisaria General de Información que le explicase "la incidencia" que pudiera "tener sobre los usuarios dicha suspensión temporal".

"Pues bien, lo cierto es que, sin perjuicio de que es sabido que dicha plataforma es utilizada también para actividades delictivas, son más que múltiples los usuarios de todo tipo (particulares, empresas, funcionarios, trabajadores en general...) que han optado por utilizar Telegram, al brindarles unos 'beneficios' que otras plataformas no dan. Y todo ello bajo una 'amparada privacidad'", explica en su auto.

Por tanto, el instructor afirma que "si se acordara la suspensión lo cierto es que supondría un claro perjuicio a aquellos millones de usuarios que la utilizan (la gran mayoría sin vinculación alguna con actividades ilícitas), pues, además de haber residenciado multitud de datos a los que ya no podrían tener acceso, en muchos casos se les impediría realizar labores de índole profesional".

Pulso al Estado de Derecho

El magistrado incide en que, además del impacto económico, la medida pudiera no "ser idónea por cuanto los usuarios podrían utilizar una red VPN o un proxy para poder acceder a Telegram y seguir consumiendo o publicando tales contenidos, como señala la Comisaría General de Información".

Pedraz apunta que "se podrá plantear que Telegram resultaría 'impune'" o "que esté echando un 'pulso' a un Estado de Derecho"

Pedraz apunta que "se podrá plantear que Telegram resultaría 'impune'" o "que esté echando un 'pulso' a un Estado de Derecho". Con todo, desde su punto de vista ahora "no se trata de "'juzgar' a Telegram, sino de instruir una causa por un determinado delito que requiere una investigación y que precisa de una información que solo puede suministrar dicha plataforma".

El juez ha advertido a Telegram que está sujeto a la legislación a través de la Ley de Servicios Digitales y Ley de Mercados Digitales. "Telegram, como el resto de las grandes plataformas, tendrán obligatoriamente que responder por el punto de contacto en Europa para, como en el presente caso, requerirle la información precisa", concluye.

Denuncia de tres grandes operadores

La orden judicial del pasado viernes derivaba de una denuncia presentada por Mediaset, Antena 3 y Movistar Plus+ en la que acusaban a la aplicación de alojar sin permiso contenido protegido por derechos de autor.

En ese auto, explicaba que las autoridades de las Islas Vírgenes británicas (donde está la sede social de la empresa de mensajería) no han colaborado con la comisión rogatoria enviada a Telegram en julio de 2023 para que informase de determinados datos e identificara a los titulares de las cuentas utilizadas para la infracción.

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