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El TSJC rechaza el recurso de Forcadell contra la acusación
de desobediencia

El tribunal catalán considera que la actuación de la presidente del Parlament al permitir la consulta soberanista fue "aparentemente arbitraria" al desoír al Constitucional, una "pieza básica" del Estado

Carme Forcadell, presidenta del Parlament. EFE/Quique García

EFE

BARCELONA.- BARCELONA.- El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya ha rechazado el recurso de la presidenta del Parlament, Carme Forcadell, contra su imputación por permitir la votación de la hoja de ruta soberanista, al ver su actuación "aparentemente arbitraria" al desoír al Constitucional, una "pieza básica" del Estado.

En un auto, la sala civil y penal del alto tribunal catalán rechaza el recurso interpuesto por Forcadell, que alegó que no se puede prohibir el debate parlamentario porque "ni existe ni puede existir un debate de ideas ilegal", y remarca que el proceso penal en su contra se ha iniciado "por una apariencia de delito de desobediencia al mandato de un Tribunal, que constituye una de las piezas básicas en la arquitectura del Estado de derecho de las democracias avanzadas".

El TSJC remarca que el proceso penal contra Forcadell se inició "por una apariencia de delito de desobediencia al mandato de un Tribunal, que constituye una de las piezas básicas en la arquitectura del Estado de derecho de las democracias avanzadas, concretamente del máximo intérprete de la Constitución, una vez hubo adoptado una resolución ejecutoria en el marco de sus competencias mediante el procedimiento legalmente establecido y exigido su cumplimiento".

En el auto, el alto tribunal catalán califica de "aparentemente arbitraria" la actuación de Forcadell en el pleno del Parlament del pasado 27 de julio en el que permitió que se votaran las conclusiones de la comisión de estudio del proceso constituyente, ya que, como "poder público", estaba "obligada" a dar cumplimiento a lo "mandado" por el TC, que le había instado a impedir o paralizar cualquier iniciativa que ignorase la suspensión de las resoluciones soberanistas.

El TSJC sostiene que los hechos relatados en la querella de la Fiscalía, que acusa a Forcadell de los delitos de desobediencia y prevaricación, "con los matices que se quiera, son verosímiles en función de la documentación acompañada, aunque su acreditación, así como la de los hechos que convengan al interés de la defensa, dependerá de los elementos que se incorporen a la instrucción que ahora se abre".

Forcadell se reafirma

La presidenta del Parlament ha reaccionado a la decisión del TSJC reafirmando que actuó de acuerdo con sus funciones durante el pleno de la cámara del pasado 27 de julio y que lo defenderá "donde sea" puesto que, a su juicio, actuó para proteger la libertad de expresión.

En un comunicado posterior, Forcadell ha afirmado esta mañana que esta decisión implica que "por primera" vez se somete por la vía penal "el debate de las ideas", un hecho "sin precedentes", ha subrayado. La presidenta del Parlament ha añadido que "no existe norma penal que prohíba el debate parlamentario", por lo que defenderá su actuación "allí donde haga falta" en defensa de la "libertad de expresión y del derecho de iniciativa de los diputados y diputadas".

Actualmente, la presidenta del Parlament no ha sido citada por el TSJC, ha recordado Forcadell en su comunicado.

El TSJC rechaza el argumento de la presidente del Parlament

En su escrito, el TSJC insiste en rechazar el principal argumento esgrimido por Forcadell en su recurso -que no puede haber debate de ideas ilegales-, y subraya que la causa no se ha abierto para investigar un delito relacionado con la expresión pública de pensamientos o de ideas, sino por una supuesta desobediencia a una de las "piezas básicas" de la arquitectura del Estado.

El tribunal considera que los hechos investigados "objetivamente presentan la apariencia de los delitos denunciados, siquiera con el carácter indiciario que es propio de la fase preliminar del proceso penal".

Por este motivo, la sala rechaza el recurso interpuesto por Forcadell, ya que entiende que los requisitos procesales y sustantivos que condicionan la "inicial idonedidad procesal" de la querella para provocar la apertura del proceso penal no han quedado "desvirtuados" por las alegaciones de la presidenta del Parlament.

Una vez rechazado el recurso y que, por tanto la admisión a trámite de la querella fiscal pasa a ser firme, el TSJC ha ordenado al Parlament que le facilite en un plazo máximo de dos días documentación como el reglamento de la cámara y todas las resoluciones adoptadas por el Parlament con posterioridad al auto del Tribunal Constitucional que ordenaba paralizar la preparación, presentación y votación de la hoja de ruta soberanista.

El TSJC también requiere al Parlament que le entregue las actas de la Mesa en las que se rechazó llevar al pleno la votación de las conclusiones de la comisión de estudio del proceso constituyente, los informes jurídicos de la cámara sobre esta cuestión y la fecha de recepción en el Parlament de las advertencias del TC.

Una vez recibida esta documentación, el TSJC acordará las siguientes medidas en el proceso de instrucción, en el que por el momento no ha citado a Forcadell a declarar.

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