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¿Pitar el himno de España es violencia?

El ministro del Interior, Juan Ignacio Zoido, ha asegurado que pitar el himno de España es "violencia". Consultamos con cuatro expertos la afirmación del ministro, que muestran su preocupación por la regresión de la libertad de expresión. 

Artur Mas, el rey Felipe VI y Ángel María Villar durante la pitada al himno en la última final de la Copa del Rey de 2015- EFE

ALEJANDRO TORRÚS

El Ministro del Interior lo tiene claro. Pitar el himno de España en la final de la Copa del Rey es "violencia" que hay que "erradicar". Así lo expresó Juan Ignacio Zoido, juez de profesión, en una reciente entrevista en la que aseguraba que pitar el himno de España no puede ser amparado por la libertad de expresión, por lo que el Comité Antiviolencia actuará ante "una falta de respeto hacia alguien, ya sean personas o instituciones" durante la final de Copa del Rey que se celebrará este sábado en Madrid. 

Los cuatro expertos contactados por Público los juristas Isabel Elbal, Daniel Amelang y Joan Queralt y la portavoz de la PDLI, Yolanda Quintana, han opinado que pitar el himno de España durante la celebración de la Copa del Rey nunca debería ser sancionado y que debe considerado como una expresión más de la libertad de expresión de los ciudadanos. 

"Se trata de una crítica política y Estrasburgo nos ha dicho que hasta las expresiones más  antisistema deben tener cabida en la libertad de expresión"

"Si el Tribunal Europeo de Derechos Humanos nos ha dicho que quemar fotos de los monarcas debe entenderse como crítica política, silbar el himno de España debe interpretarse desde una óptica muy similar. Se trata de una crítica política y Estrasburgo nos ha dicho que las expresiones más airadas, más antisistema, que cuestionan la base misma del sistema, deben tener cabida en la libertad de expresión", explica la jurista Elbal, que hace referencia a la reciente sentencia del TEDH que señala que quemar fotos del rey Juan Carlos es libertad de expresión y que todas las instituciones, especialmente las más importantes, son susceptibles de crítica, por desagradable que esta sea.

En un sentido muy similar al expresado por Elbal se manifiestan los otros tres expertos consultados por Público. El jurista de Red Jurídica Daniel Amelang también señala que pitar el himno no puede ser "violencia" y que ese concepto está claro desde "el Derecho romano". "No es violencia. Ya desde el Derecho romano se viene debatiendo acerca del concepto de la violencia desde un punto de vista jurídico y se concluyó que la violencia es la coerción grave sobre una persona para determinarla contra su voluntad", por lo que, concluye Amelang, que "pitar el himno es una acción de protesta y de crítica política, que puede resultar ofensiva, pero no busca doblegar la voluntad de nadie". 

Regresión en el Estado

Por su parte, Yolanda Quintana, portavoz de la PDLI, recuerda que estos pitos al himno, que suponen una crítica a la institución monárquica o a la forma del Estado, "son expresiones amparadas por el derecho a la libertad de expresión, no como mera opinión, sino porque hay consenso de todos los organismos internacionales estableciéndolo así, desde el relator de la OSCE al de Naciones Unidas". 

"También el Comité de Derechos Humanos de Naciones ha expresado su preocupación por las leyes que penalizan 'las faltas de respeto a banderas o símbolos'", ha expresado Quintana, que muestra así el rechazo de la PDLI a las declaraciones del ministro, "ajenas por completo a los principios internacionales sobre libertad de expresión e instamos a todos los grupos parlamentarios a adecuar la normativa española a dichos estándares". 

"También el Comité de Derechos Humanos de Naciones ha expresado su preocupación por las leyes que penalizan 'las faltas de respeto a banderas o símbolos'"

En este sentido, también Queralt y Amelang citan a instituciones internacionales para criticar las palabras del ministro y recuerdan que la libertad de expresión de los ciudadanos, también para criticar a las instituciones centrales del país, es sagrada: "Entiendo que no hay violencia en pitar al himno por los motivos que he expresado anteriormente y que tampoco hay delito. Haciendo míos los argumentos del TEDH  silbar el himno es comparable con la quema de fotos del rey: un ejercicio de crítica política y de libertad de expresión. No se busca amenazar o intimidar, ergo no hay violencia, ni se atacan instituciones, sino que solo se cuestionan", prosigue Amelang. 

En este sentido, el jurista Joan Queralt también denuncia la regresión que ha sufrido España en términos de libertad de expresión en los últimos años a medida que ha ido avanzando el conflicto en Catalunya. Así, Queralt recuerda que tanto el juez Santiago Pedraz, por la pitada al himno en la Copa de 2009, como el juez Fernando Andreu, por la final de Copa de 2015, rechazaron enjuiciar estos hechos al encuadrarlos en libertad de expresión. 

A pesar de estas decisiones, el criterio cambió y en diciembre de 2017 el juez central de lo Penal, José María Vázquez Honrubia, dio marcha atrás y condenó a Santiago Espot a pagar 7.200 euros como promotor a la pitada al himno de la final de la Copa del Rey en el Camp Nou entre el FC Barcelona y el Athletic de Bilbao, disputada el 30 de mayo de 2015. Espot fue condenado por un delito de injurias a la Corona y ultraje a España.

"La regresión es evidente en el Estado español. De momento parece que el Gobierno quiere actuar por Antiviolencia y no por la vía penal. En mi opinión, pitar al himno ni es violencia ni es delito. El TEDH dice que los cargos públicos tienen que tener un nivel de tolerancia mayor que el resto con las críticas. Y no me cabe duda de que la condena contra Espot, en caso de hacerse firme, será retirada por el Constitucional o por Estrasburgo", sentencia. 

¿Qué dice la ley Antiviolencia?

La ley contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte establece que habrá sanciones administrativas a las conductas "violentas o que incitan a la violencia en el deporte", tales como la "participación en altercados, riñas, peleas o desórdenes públicos"; "la exhibición de pancartas, símbolos o emblemas que inciten, fomenten o ayuden a comportamientos violentos"; los "actos de menosprecio a las personas que participan en el evento deportivo"; o la entonación de cánticos que inciten a la violencia o al terrorismo. Asimismo, la ley también prohíbe los actos racistas, xenófobos o intolerantes.

Con esta ley en la mano, el Comité Antiviolencia sancionó en julio de 2015 por la pitada al himno de la final de Copa de 2015 al FC Barcelona, con 6.000 euros; al Athletic de Bilbao, con 18.000 euros; y a la Real Federación Española de Fútbol, con otros 18.000 euros. La sanción al Barcelona fue menor al tener en cuenta el Comité que la directiva del club catalán pidió "respeto" a su afición en los días previos al partido.

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