Este artículo se publicó hace 11 años.
Un juez anula una tasa de Ryanair que cobraba 40 euros por imprimir la tarjeta de embarque
La compañía deberá retirar ocho cláusulas abusivas que violaban la ley de protección a los consumidores
La compañía aérea de bajo coste Ryanair deberá anular ocho claúsulas abusivas por orden del Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid al estimar que violaban las leyes de protección a los consumidores. La decisión se ha tomado a raíz de una denuncia de OCU.
Una de las más llamativas era el cobro de 40 euros por la impresión de la tarjeta de embarque en el aeropuerto a los pasajeros que habían olvidado hacerlo desde el ordenador de su casa. El juez considera que se trata de una penalización desproporcionada. En muchas ocasiones esta 'multa' superaba incluso el importe del billete de avión.
La sentencia también ha declarado nula la exigencia de documentación conforme a los reglamentos internos de Ryanair, que ahora deniega el libro de familia, el pasaporte no necesariamente en vigor, el carnet de conducir o el permiso de residencia.
Algunas de las cláusulas generaban graves perjuicios a los pasajeros
OCU recuerda que esta cláusula ha generado graves problemas a muchos pasajeros que, incluso viajando con menores de edad, veían cómo en la misma puerta de embarque se les negaba el paso por no llevar una documentación exigida por Ryanair.
También se ha anulado la cláusula que establece el sometimiento a la ley y tribunales irlandeses, la exigencia del pago con tarjeta en el aeropuerto o las que permite a la compañía rechazar pasajeros o equipaje bajo ciertas premisas.
Además se rechaza la condición que permitía la compañía cobrar por almacenamiento del equipaje si no se recoge tan pronto se llegue a destino y las que permitía la modificación unilateral de condiciones por parte de Ryanair.
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