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El Tribunal Supremo español rechaza de nuevo que Scilingo recurra la sentencia

EFE

El Tribunal Supremo de España ha rechazado por segunda vez que el ex militar argentino Adolfo Scilingo pueda presentar un recurso de revisión de la sentencia que le condenó en 2007 a una pena de 1.084 años de cárcel por delitos de lesa humanidad y detención ilegal durante la dictadura en Argentina.

Según la sala de lo penal del Supremo, "lo intentado no cumplimenta los requisitos imprescindibles de un verdadero recurso de revisión".

Esta es la segunda vez que el Alto Tribunal español deniega a Scilingo la autorización para presentar el recurso "extraordinario", después de que ya lo intentara el pasado año y su solicitud fuera rechazada el 13 de marzo de 2009.

Según la resolución judicial notificada hoy, para acceder a la revisión de la sentencia "falta el carácter de novedad, pues el condenado insiste en argumentaciones y elementos probatorios que ya pudieron hacerse valer en el curso del proceso".

Además, añade que "la lectura de las sentencias revela que los hechos probados que se pretenden revisar están basados en un conjunto amplio y plural de pruebas, entre las que destaca por su relevancia la propia declaración del ahora recurrente".

"Las alegaciones sobre obediencia debida y la regulación legal de las torturas son cuestiones jurídicas ya examinadas y rechazadas en la sentencia y desde luego nunca podrían constituir la base de un recurso de revisión", concluye el Tribunal en su argumentación de rechazo.

El Supremo elevó en julio de 2007 de 640 a 1.084 años de prisión la condena que la Audiencia Nacional española había impuesto al ex capitán de la Armada argentina en abril de 2005.

La Audiencia Nacional había condenado a Scilingo por un delito de lesa humanidad con "causación" de 30 muertes con alevosía (en relación con los dos "vuelos de la muerte" en los que participó), detención ilegal y torturas, por lo que le sentenció a 30 penas de 21 años de cárcel, y otras 2 de 5 años cada una.

Para intentar que se revisaran estas condenas, Scilingo alegó el año pasado ante el Tribunal Supremo que había documentos que suponían la existencia en el caso de un posible pacto o "precio convenido" de un evidente falso testimonio.

Entonces, el Alto Tribunal español concluyó que no había hechos nuevos, al igual que hace ahora.

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