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Claves de la ley rider Llega la ley rider para poner orden en una actividad que ya nació precaria

El Gobierno ha aprobado este martes en el Consejo de Ministros la ley que regula el trabajo de los repartidores a domicilio en plataformas digitales. Glovo, Deliveroo o Uber Eats verán cómo las numerosas sentencias que reconocían la laboralidad de sus trabajadores se ven plasmadas en una ley.

Un repartidor circula en bicicleta por la Gran Vía de Madrid, que permanece prácticamente sin coches debido a la crisis del coronavirus. Reuters/Susana Vera
Un repartidor circula en bicicleta por la Gran Vía de Madrid, que permanece prácticamente sin coches debido a la crisis del coronavirus. - Reuters.

El Gobierno ha aprobado este martes en el Consejo de Ministros la ley que regula el trabajo de los repartidores a domicilio en plataformas digitales con la publicación del "Real Decreto-Ley para la Garantía de los Derechos Laborales de las Personas dedicadas al Reparto en el Ámbito de Plataformas Digitales".

La conocida como "ley Rider'' se ha aprobado tras el acuerdo alcanzado entre el Ministerio de Trabajo y Economía Social, Comisiones Obreras, UGT, CEOE y CEPYME. Gracias a este acuerdo, al que se llegó hace dos meses, las plataformas de reparto como Glovo, Deliveroo o Uber Eats verán cómo las numerosas sentencias que reconocían la laboralidad de sus trabajadores se ven plasmadas en una ley que pretende acabar con la precariedad que siempre ha caracterizado a los trabajadores de este sector de la economía dedicado al  reparto a domicilio.

La laboralidad como eje central

Lo principal de esta ley es que recoge la laboralidad de los repartidores de las plataformas digitales. Una cuestión que ya venían recogiendo numerosas sentencias, incluida la del Tribunal Supremo, en septiembre del año 2020. Por medio del decreto ley se modificará el Estatuto de los Trabajadores para fijar la presunción de laboralidad en el ámbito de las plataformas de reparto. Es decir, que los riders dejarán de ser (falsos) autónomos y pasarán a ser trabajadores por cuenta ajena.

Conocer las reglas de los algoritmos

Además, en el acuerdo se concreta que, la representación legal de los trabajadores deberá ser informada de las reglas que encierran los algoritmos y los sistemas de inteligencia artificial que pueden incidir en las condiciones laborales por las que se rigen las plataformas, incluyendo el acceso y mantenimiento del empleo y la elaboración de perfiles.

Mucha más protección social

Al dejar de ser falsos autónomos y convertirse en trabajadores por cuenta ajena, estos trabajadores tendrán todos los derechos que tienen los trabajadores de las relaciones asalariadas. Es decir, que la empresa será la que cotice por ellos y por lo tanto tendrán la misma protección social que cualquier trabajador asalariado.

Para estos trabajadores, la situación de ser falsos autónomos no supone ningún tipo de beneficio ya que, con esta condición, el trabajador no tiene vacaciones retribuidas, ni salario mínimo. Tampoco tiene permisos retribuidos, ni lactancias, ni reducciones de jornada. Por lo que pasar a ser asalariado aporta más protección social.

Un tiempo máximo de tres meses

Como ya se adelantó en el borrador de la ley, el Gobierno dará tres meses a este tipo de plataformas para convertir en asalariados a los riders una vez se apruebe el Real Decreto-ley y se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE). No obstante, según ha adelantado a Servimedia el secretario de política sindical de UGT, Gonzalo Pino, el Gobierno no ha estado "todo lo bien que debería" y que con el plazo de los tres meses se está dando tiempo para que las compañías "desconecten al máximo número de trabajadores" y reduzcan la cifra de trabajadores por cuenta ajena a un número "insignificante".

Ley positiva  para sindicatos

Desde UGT consideran que la ley rider "es una ley positiva pero manifiestamente insuficiente" para la realidad y las necesidades de las personas trabajadoras de este sector. Así lo ha manifestado el sindicato en su Análisis de la presión política y social de las plataformas de reparto, que ha presentado este lunes. Gonzalo Pino, secretario de Política Sindical de UGT, explica a Público que es necesario que haya un registro de todas las plataformas digitales para saber en qué condiciones están.

Por su parte, desde CCOO aseguran a Público que la ley "es un paso muy positivo" y que la ley supone "mirar de cara a los desafíos que nos estamos encontrando en el siglo XXI" no solo porque reconoce la laboralidad de estos trabajadores, sino porque también en la ley se concreta que la representación legal de los trabajadores deberá ser informada de las reglas que encierran los algoritmos de las empresas.

Carlos Gutiérrez, secretario de Juventud y Nuevas Realidades de trabajo de Comisiones Obreras, explica a Público que "este paso en la buena dirección abre nuevos horizontes que habrá que abordar tarde o temprano". Gutiérrez explica que los sindicatos estarán atentos de que las empresas cumplan con lo que establece la ley y con lo que vienen estableciendo diversas sentencias.

Muchos riders críticos con la ley

Desde la plataforma Riders x Derechos la consideran insuficiente porque se centra únicamente en los riders y no en todos los falsos autónomos. Además, consideran la ley como "una oportunidad perdida" a la hora de ponerle freno a la uberización de la economía. Tampoco están de acuerdo con los tres meses que se les va a dar a estas empresas para convertir en asalariados a los riders. "Al final les están dando cinco o seis meses (el acuerdo se cerró en marzo) para que hagan lo que quieran con nosotros", explica Dani Gutiérrez.

Por otra parte, existen otros grupos de riders que están en contra de la ley por el miedo que tienen a ser despedidos. De hecho, hay asociaciones que han convocado manifestaciones para este martes en contra de su aprobación ya que aseguran que esto supone "dejar a más de 15.000 repartidores sin empleo". Estos grupos de riders prefieren seguir siendo autónomos, pero hay multitud de sentencias que ya han reconocido la laboralidad de estos trabajadores.

Podrán contratar temporales

En marzo de este año, la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, explicó que el redactado de la norma no deja resquicios a las compañías de reparto de plataforma para que sigan contratando a trabajadores por la vía mercantil (como han hecho hasta el momento) en lugar de por la vía laboral y, según adelantó Cinco Días, en caso de picos de demanda, estas empresas deberán contratar a trabajadores temporales, como hacen el resto de las empresas.

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