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Quiero la cabeza de Antonio Fernández

ANTONIO AVENDAÑO

La orden de ingreso en prisión del exconsejero andaluz de Empleo Antonio Fernández dictada por la jueza Mercedes Alaya entra mucho más en la órbita de lo justiciero que en la de lo justo. Más que ante un acto de justicia se diría que estamos ante un acto de exacerbación de la justicia. El nunca suficientemente citado Joseph Joubert escribió con gran sagacidad que 'las ideas exageradas de compasión, de humanidad, conducen a la crueldad'. También una idea exagerada de la justicia suele, en efecto, conducir a la injusticia, que es a su vez una de las muchas formas de la crueldad.

Tras más de cuarenta horas de declaración por el caso de los ERE y aceptando el criterio de la Fiscalía Anticorrupción, que solicitó su encarcelamiento, el martes pasado la jueza ordenaba en un prolijo auto de 78 páginas la prisión provisional, comunicada y sin fianza del ex consejero, al que acusa de malversación, cohecho y varios delitos más. Sobre la justicia se ha dicho alguna vez que consiste en un cincuenta por ciento de aplicación de la ley y en un cincuenta por ciento de sentido común: pues bien, el auto de Alaya tal vez satisfaga el primer cincuenta por ciento, pero no así el segundo.

De hecho, el auto de prisión es extremadamente prolijo, y está bien que así sea, en su descripción de las irregularidades e ilegalidades cometidas en la concesión de ayudas públicas, pero no lo es en absoluto en aquello que es verdaderamente crucial: las razones por las cuales envía a Fernández a prisión. Alaya piensa que el exconsejero debe ir a prisión para conjurar así dos riesgos: la huida y el entorpecimiento de la investigación.

Pese a reconocer el arraigo social y familiar de Fernández, la jueza argumenta que 'dado los importantes cargos públicos que ha desempeñado y que a día de hoy aún desempeña, con importantes salarios mensuales, se le supone suficiente capacidad económica para dicha evasión, sin que el arraigo familiar pudiera ser obstáculo porque podrían acompañarle sus familiares más próximos en la misma'. No habría estado mal que Alaya hubiera documentado un poco más esa 'suficiente capacidad económica' que atribuye al ex militante socialista, dando respuesta a preguntas tan fáciles de responder como éstas: ¿Cuáles son sus bienes? ¿Cuál su patrimonio? ¿Cuánto dinero tiene en el banco?

En cuanto a la otra razón para enviarlo a la cárcel, la jueza dice lo siguiente: 'Entiende esta proveyente que la finalidad fundamental [para dictar la prisión sin fianza]es la de evitar que pueda entorpecer la instrucción de la causa, pues ha puesto de manifiesto a lo largo de su declaración un más que evidente desconocimiento del estado actual de las actuaciones, de la documentación incorporada a la misma, y por consiguiente de los datos que pueden incriminarle; esto unido a la multiplicidad de testigos e imputados presentes y futuros que se deriva de la presente instrucción, puede generar a medida que vaya conociendo dichos datos o documentación, una notable influencia en los mismos'.

También aquí se echa de menos mayor concreción argumental y causal. ¿Que Fernández puede desplegar una 'notable influencia' en la 'multiplicidad de testigos e imputados'? ¿Y cómo podría hacerlo? ¿Con qué armas? ¿Con qué medios podría desplegar esa influencia un hombre que es literalmente un apestado político dese que hace más un año se conoció su imputación?

La jueza, como la Fiscalía, tiene todo el derecho del mundo a creer sinceramente ambos argumentos, pero los demás tenemos igualmente derecho a creer que si el severísimo rasero aplicado a Antonio Fernández les fuera aplicado a todos los imputados o incluso condenados en primera instancia en causas similares, pocos de ellos lograrían eludir la prisión.

¿Ejemplos? El último de alcance público ha sido el de José María del Nido, el presidente del Sevilla FC condenado en diciembre pasado a siete años de prisión por la Audiencia de Málaga por la comisión de varios delitos continuados de fraude, malversación y prevaricación. Antes de su juicio y condena, ningún juez entendió que debía dictarse prisión preventiva contra Del Nido, pero ninguno habría dejado tampoco de enviarlo a la cárcel de haberse regido por los criterios aplicados por Alaya en el caso de Fernández.

Pero es que tras la condena, recurrida por Del Nido, la Fiscalía Anticorrupción solicitó de inmediato el ingreso en prisión provisional sin fianza del mandatario sevillista. La Audiencia, sin embargo, aplicando la ley (y el sentido común) rechazó la desmedida pretensión de la Fiscalía, y ello a pesar de que los medios materiales de que dispone Del Nido para evadirse con infinitamente mayores de los que puede disponer el ex consejero socialista.

Por lo demás, la juez sostiene que todo el procedimiento de concesión de ayudas por la Junta era ilegal, y de ahí que extienda sus sospechas a medio Gobierno andaluz. De hecho, en la página 69 del auto de prisión de Antonio Fernández llega a escribir: 'Habrá que seguir investigando por qué no se concluyó por la Intervención, al rechazar las alegaciones de IDEA, con el informe de actuación [que significaba la paralización inmediata del procedimiento], y si en dicha omisión pesó de alguna forma alguna orden o decisión política'. ¿Cómo que habrá que seguir investigado? Y es que lo llamativo del caso es, precisamente, que apenas ha sido investigado ese hecho jurídicamente trascendental y sobre el que descansa toda la instrucción de esta causa: la ilegalidad del procedimiento.

Como alguna vez nos hemos preguntado, si la jueza entiende que todo el procedimiento de concesión de ayudas es ilegal; si el control de legalidad en la Administración es responsabilidad de la Intervención y de los distintos servicios jurídicos de cada departamento; si la Intervención, aunque hiciera severísimas advertencias sobre dicho procedimiento, no lo frenó en seco, ¿no debería la juez haber llamado hace mucho tiempo a declarar e incluso haber imputado ya a los responsables de la Intervención General de la Junta y a los servicios jurídicos de la Consejería de Empleo por su negligencia, cuando no por su complicidad con una manera de hacer la cosas que Alaya considera a todas luces y sin ningún género de dudas ilegal?

Pero como hay mucho malintencionado en la red (y en lo que no es la red), conviene dejar bien claro que todas estas consideraciones no son un alegato a favor de la inocencia de Antonio Fernández, algunas de cuyas actuaciones, y muy en especial la de otorgar una importante ayuda de la cual él sería uno de sus beneficiarios directos, no fueron precisamente ejemplares. Estas reflexiones son simplemente un alegato contra su ingreso en prisión: un encarcelamiento que el sentido común tiene derecho a considerar desproporcionado, desmedido y no precisamente ejemplar. No al menos en términos jurídicos, aunque puede que sí en términos periodísticos o incluso políticos.

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