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Revocan la condena de un funcionario de prisiones por abusar de una reclusa

El Tribunal Supremo considera que la presa pudo negarse a mantener relaciones sexuales al no haber 'ejercicio de una superioridad'

SERVIMEDIA

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha decidido revocar la condena por abusos sexuales impuesta a un funcionario de prisiones al concluir que la reclusa con la que mantuvo relaciones sexuales con la promesa -luego incumplida- de obtenerle un puesto de trabajo 'no estuvo constreñida a ningún condicionamiento que le empujara a ceder a las apetencias sexuales del acusado'. Los hechos tuvieron lugar en el Centro Penitenciario de mujeres de Alcalá de Henares en Madrid, donde la denunciante cumplía una condena a nueve años de prisión por tráfico de drogas y donde el funcionario ejercía como jefe de mantenimiento.

La reclusa comentó a una compañera, a quien le unía una relación de amistad, que necesitaba un puesto remunerado dentro del centro penitenciario para poder enviar dinero a sus familiares en México. Esta compañera le indicó que José María estaba interesado en ella y que, si mantenía relaciones sexuales con él, le podría conseguir el trabajo. Una mañana del mes de junio de 2006, la compañera llevó a la denunciante hasta el economato del centro penitenciario, en cuyo interior esperaba el funcionario. Aunque en un primer momento se negó, la reclusa accedió a mantener una relación sexual con el funcionario ante la promesa de un puesto de trabajo en la prisión.

Tras el acto, el funcionario le dijo a la reclusa que esa tarde acudiera a su despacho porque no se había quedado totalmente satisfecho, una cita a la que no acudió. Desde ese momento hasta octubre de 2006, el funcionario buscó en repetidas ocasiones a la reclusa, quien siempre se negó a volver a mantener sexo con él, recibiendo por ello amenazas de muerte por parte de la compañera. Desde noviembre de ese año, la presa relató en privado los hechos a varios funcionarios del Centro Penitenciario, y, el día 16 de abril de 2007 remitió una denuncia al juez de Vigilancia Penitenciaria.

La Audiencia Provincial de Madrid, en una sentencia dictada en diciembre 2010, condenó al funcionario a seis años y siete meses de prisión como autor de delitos de abuso sexual y abusos en el ejercicio de su función. Este tribunal condenó a la compañera de la denunciante a cinco años y tres meses de prisión como cooperadora necesaria del delito de abusos así como por un delito de amenazas.

Los magistrados de la Sala de lo Penal, presididos por Andrés Martínez Arrieta, han decidido ahora revocar estas condenas al entender que 'los hechos que se declaran probados no constituyen delito alguno de abuso sexual'. El Alto Tribunal no aprecia 'el ejercicio de una superioridad' por parte del funcionario para mantener relaciones sexuales con la reclusa. 'La voluntad de ésta siempre fue libre y pudo acceder o no acceder a la solicitud', señala la sentencia hecha pública hoy.

Los magistrados aseguran que si la presa 'lo hizo por una promesa incumplida, tal circunstancia no convierte la relación sexual en delictiva', ya que el componente de engaño sólo se aplica en casos de menores de 16 años.

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