Más de 5.000 saharauis han regularizado su situación como apátridas en España en los últimos cinco años
Suponen el 99% de las personas que han obtenido un estatuto de protección para el que organizaciones sociales exigen una mayor celeridad en la tramitación y asemejar sus condiciones a las de refugio y asilo.
Madrid-
El reconocimiento del estatuto de apátrida se consolida como la vía principal que tiene la población saharaui residente en España para regularizar su situación en nuestro país. En los últimos cinco años, 5.345 saharauis han obtenido ese estatuto que concede la Oficina de Asilo y Refugio del Ministerio del Interior, una cifra que representa el 99% de todas las resoluciones favorables de apatridia concedidas en ese tiempo.
Y mientras Interior resuelve favorablemente cientos de solicitudes del estatuto de apátrida, el PSOE se muestra contrario a conceder la nacionalidad española a los ciudadanos saharauis que hubiesen nacido cuando Sahara Occidental era colonia de España y era considerada como una provincia más de nuestro territorio, a cuyos habitantes se les proporcionaba un DNI. El pasado 14 de febrero, el socialista fue el único grupo del Congreso que votó en contra de la proposición de ley de Unidas Podemos que promovía esa nacionalización y que fue aprobada con el respaldo de la mayoría parlamentaria.
Apátrida, según la definición de la Agencia de la ONU para los Refugiados, ACNUR, es una persona que no ha sido reconocida por ningún país como ciudadano conforme a su legislación, es decir, que no tiene ninguna nacionalidad legal. España suscribió en 1997 la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas firmada en Nueva York en 1954, una figura legal que da derecho a residir y trabajar en España en conformidad con lo dispuesto en la normativa de extranjería, permiso que debe ser renovado cada cinco años y por el que se obtiene un título de viaje equivalente al pasaporte.
Los datos del Ministerio del Interior consultados por Público reflejan que la población saharaui, procedente fundamentalmente de los campamentos de refugiados de Tinduf en Argelia, es la que demanda mayoritariamente en España el estatuto de apátrida y la que lo obtiene casi en exclusiva. De las 5.388 resoluciones favorables que la Oficina de Asilo y Refugio emitió entre 2018 y 2022, casi todas, 5.345, se concedieron a ciudadanos saharauis. El año en el que se aprobaron más solicitudes de apatridia a esta población fue 2020, cuando se llegó a 1.785, y después 2019, ejercicio en el cual se registraron 1.780. El año pasado, las resoluciones favorables bajaron a 646.
La concesión del estatuto de apátrida no ha sido, sin embargo, un camino fácil para la población saharaui en España. Hasta 2008, las solicitudes fueron escasas y la mayoría desestimadas, una tendencia que empezó a cambiar en años posteriores a raíz de las demandas presentadas en los juzgados por saharauis a quienes el Ministerio del Interior les denegaba su petición con el argumento de que en los campamentos de refugiados de Argelia disfrutaban de los elementos esenciales de la protección internacional recogidos en la Convención sobre el estatuto de refugio y que disponían de pasaporte de ese país magrebí.
Los fallos favorables emitidos por secciones de lo Contencioso Administrativo de diferentes instancias judiciales eran sistemáticamente recurridos por la Abogacía del Estado, pero el Tribunal Supremo acabó sentando jurisprudencia en diferentes sentencias que dieron la razón a los saharauis a los que se había denegado el estatuto de apátrida. En ellas, se concluye, entre otras cosas, que el hecho de que Argelia expida un pasaporte a habitantes de los campos de refugiados no implica que ese país les esté concediendo la nacionalidad, sino que simplemente les está facilitando un documento para que puedan desplazarse.
Dos veces denegada por un pasaporte mauritano
Aunque las trabas burocráticas se resolvieron en los juzgados, en algunos casos han continuado. Uno de ellos es el de Salamu C.A, saharaui de 26 años que vino a España por primera vez en 2005 con el programa de acogimiento Vacaciones en Paz para niños de los campamentos de refugiados y que desde 2007 vive de forma permanente en nuestro país. Ya ha solicitado el estatuto de apátrida dos veces y las dos veces se lo han denegado; en la primera ocasión, tardaron cuatro años en contestar a una petición que debería estar zanjada en un plazo de tres meses.
A Salamu, en vez del pasaporte de Argelia que suelen expedir a los habitantes de los campamentos de refugiados de Tinduf, le hicieron uno de Mauritania, país que él nunca ha pisado, para poder venir a España a estudiar. Y el problema surgió cuando, al solicitar el estatuto de apátrida en 2016, la Oficina de Asilo y Refugio del Ministerio del Interior se lo denegó, según él, porque no tenía manera de demostrar que ese documento no le otorgaba la nacionalidad mauritana, que se trataba, simplemente, de un documento que le habían dado para poder viajar.
Esa solicitud la presentó en 2016 en la jefatura de Policía de A Coruña y cansado de que no le respondieran, cuatro años después, en 2020, tuvo que presentar una queja ante el Defensor del Pueblo para que le contestaran. Al poco tiempo, le llegó la resolución, negativa, porque Interior entendía que no había podido demostrar que era apátrida, es decir, que no tenía una nacionalidad, la mauritana de su pasaporte. Salamu no se rindió y en 2022 volvió a presentar otra solicitud, que ahora le han vuelto a rechazar por los mismos motivos, asegura a Público.
El problema es que, sin el estatuto de apátrida, este joven saharaui no puede acceder a un contrato laboral, porque carece de permiso de residencia y trabajo, pese a que lleva ya 17 años viviendo en España y ha cursado aquí la carrera de administración de empresas. "Es muy desesperante. Se vive todo muy mal. Uno trata de luchar, pero te cansas, porque estás luchando contra un sistema automatizado que no te responde", se lamenta Salamu C.A.
Salamu: "Se te va la infancia y la juventud entre trámite y trámite"
La desesperación con la maquinaria burocrática llevó a este saharaui a cambiar de comunidad, de Galicia a Andalucía, para tratar de acelerar un procedimiento administrativo que en la primera se eternizaba, porque no contestaban a sus correos, no le daban citas o, simplemente, demoraban su resolución sin justificación alguna. "Eso -dice- es lo que más rabia me da. Es como si no existieses para ellos. Y en Andalucía, aunque también me lo hayan rechazado, me han respondido en menos de un año".
Sin la documentación que va asociada al estatuto de apátrida, Salamu, además de no serle permitido trabajar, tampoco puede ir a ver a su familia en los campamentos de refugiados de Argelia. En todo el tiempo que lleva viviendo en España, tan sólo ha vuelto una vez a su casa. "Se te va la infancia y la juventud entre trámite y trámite", se lamenta.
Después de moverse mucho, Salamu C.A ha conseguido un documento que acredita que no tiene la nacionalidad mauritana y ha presentado un recurso contra la resolución que le ha denegado por segunda vez la condición de apátrida. "El problema -advierte- es que con un recurso pueden pasar años sin que lo resuelvan o incluso que nunca lo resuelvan y ya no sé a quién acudir”. Pero si Interior no responde a su recurso en el plazo de un mes, Siddi Talebbuia, presidente de la Asociación Profesional de Abogados Saharauis en España (Aprase), presentará en su nombre un contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional. "Resolver este caso es tan sencillo como que el Ministerio del Interior pida a la Embajada de Mauritania que aclare si esta persona tiene la nacionalidad mauritana o no", explica el letrado.
El retraso en la resolución de las solicitudes de apátrida es el mayor obstáculo con el que se dan de bruces quienes solicitan este estatuto. Demoras de año y medio, dos años e incluso más incumplen los plazos que obligan, según Talebbuia, a resolver estos procedimientos en un máximo de tres meses, aunque Interior especifica en su web que la solicitud se considerará desestimada si transcurrido ese tiempo no hubiese obtenido respuesta. Esas demoras dejan a los solicitantes, mientras tanto, en una situación "precaria", porque no pueden acceder a un contrato de trabajo, algo que sí se permite, en cambio, a las personas demandantes de asilo a partir de los seis meses de presentada la petición de protección, explica el presidente de los abogados saharauis.
"Tienen que dar una salida a toda esta gente. No puedes estar dos años, tres, esperando a que te confirmen algo que presumiblemente va a ser favorable, porque a la mayoría de las personas que vienen de los campamentos de refugiados se lo conceden", dice Sidi Talebbuia.
Sin documentación para atención sanitaria y otros servicios
La ONG Accem forma parte de la Red Europea sobre Apatridia y, aunque valora los avances de España en esta materia, entre ellos haberse adherido a la Convención de 1961 para reducir los casos y la aprobación de un real decreto en 2022 que garantiza el acceso de las personas apátridas a todas las fases del sistema estatal de acogida, considera que aún hay más pasos que se deben dar para garantizar los derechos de este colectivo.
Según Judith García, responsable del área jurídica de Accem, uno de los mayores problemas con los que se encuentran los solicitantes del estatuto de apátrida en España es que sus procedimientos pueden tardar hasta dos años o más en resolverse y, mientras tanto, carecen de la documentación necesaria para llevar a cabo todo tipo de gestiones administrativas: empadronamiento, atención sanitaria, formación laboral... "Durante ese tiempo residen legalmente en España, pero se les limita todo tipo de actividades que faciliten su integración", explica.
García: "Es una forma de disminuir la apatridia en el mundo"
Por tal motivo, esta organización considera que debe aprobarse de forma urgente una reforma del estatuto del apátrida en España, para, entre otras cosas, equipararlo a la figura de protección internacional, a cuyos solicitantes se les concede el permiso de trabajo a los seis meses de haber presentado la petición de asilo o refugio, o se les permite una permanencia más duradera en el sistema de acogida con el que se facilita asistencia básica para la manutención, asesoramiento y orientación laboral, entre otros servicios.
Otro aspecto que debería cambiar en la legislación, a juicio de la responsable jurídica de Accem, es el tiempo establecido para el acceso de los apátridas a la nacionalidad española, para lo que ahora tienen que esperar diez años. El plazo, a su entender, debería reducirse a solo dos años, el mismo que se establece para los nacionales de países de América Latina con vínculos históricos con España. "Es una forma de disminuir la apatridia en el mundo", explica Judith García.
Polisario: "Nuestro objetivo no es ser apátrida"
En el Frente Polisario, movimiento de liberación del Sahara que está al frente de su gobierno desde los campamentos de refugiados, entienden que el estatuto de apátrida constituye el principal y casi único medio que les queda a los ciudadanos saharauis residentes en España para obtener la documentación de residencia y trabajo. Sin embargo, subrayan que ese no es el objetivo de su pueblo.
"A los saharauis nos dejaron sin patria, nos la arrancaron por las armas y en contra de la legalidad internacional en un contubernio entre Marruecos y España, que sigue siendo la potencia administradora del Sahara", explica a este periódico el delegado del Polisario en Andalucía, Mohamed Salem Daha. "Queremos luchar por tener nuestra propia patria, por nuestra nacionalidad, pero mientras lleguemos a ese objetivo sagrado para todo el pueblo saharaui, tenemos que buscar la fórmula para disponer de una forma de legalidad. Y la que más posibilidades tiene es la apátrida. Pero nuestro objetivo no es ser apátrida", subraya el portavoz del Polisario.
Otro de los grandes inconvenientes que hallan en su camino las personas que obtienen el estatuto de apátrida es el de las trabas burocráticas a la reagrupación familiar. Según Aprase, resulta muy difícil conseguir que les concedan la reagrupación, porque, entre otras cosas, tienen que justificar una dependencia económica que es muy complicada demostrar en los campamentos de refugiados, donde no hay ni bancos ni agencias de transferencia de divisas con cuyos documentos se puedan constatar unos envíos de dinero que se hacen prácticamente en mano.
Accem aboga en este caso por implantar un régimen especial de reagrupación familiar para las personas reconocidas como apátridas, en el que se tengan en cuenta las particularidades inherentes a la situación de sus familiares y la búsqueda de documentación que justifiquen los vínculos y la necesidad del reagrupamiento.
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