Público
Público

Dos años de cárcel por quitarse el condón en contra de lo acordado con su pareja sexual

Los dos estuvieron de acuerdo en practicar relaciones sexuales con la condición "ineludible" de utilizar preservativo.

15/12/23 -Fotografía de archivo de un coche de Policía en Tenerife.
Fotografía de archivo de un coche de Policía en Tenerife. Europa Press

La Audiencia de Santa Cruz de Tenerife ha condenado a dos años de cárcel por abuso sexual a un hombre que reconoció ante el tribunal que se quitó el preservativo sin que lo supiera la mujer con la que mantenía una relación sexual ocasional, en contra de lo que ambos habían convenido.

La condena, dictada por conformidad, tipifica su conducta como abuso sexual porque los hechos ocurrieron en febrero 2022. Fue catalogado como abuso y no como agresión sexual porque el delito ocurrió antes de la reforma del Código Penal impulsada por el Ministerio de Igualdad a través de la ley del solo sí es sí, que cataloga como agresión sexual todo este tipo de ataques. 

Es decir, la nueva ley elimina el delito de abuso sexual, pasando a considerarse delito de agresión sexual cualquier acto contra la libertad sexual de una persona realizado sin su consentimiento.

Aceptó utilizar el preservativo

De acuerdo con los hechos reconocidos por el propio procesado, la denunciante y él se conocieron en septiembre de 2022 por medio de una aplicación de citas y, tras hablar durante un tiempo, acudieron al domicilio del hombre en el norte de Tenerife.

Los dos estuvieron de acuerdo en practicar relaciones sexuales, con la condición "ineludible", reiterada en varias ocasiones por ella y aceptada por él de utilizar preservativo, precisa la sentencia.

Sin embargo, en un momento dado y sin que la mujer lo supiera ni pudiera verlo, se retiró el condón y siguió con la penetración.

El hombre no entrará en prisión

Durante el juicio, la Fiscalía reconoció al procesado el beneficio de una atenuante muy cualificada de reparación de daño, al haber depositado con anterioridad la cantidad pactada como indemnización para la víctima.

La sentencia prohíbe al acusado acercarse a la denunciante y a su domicilio, lugar de estudio, trabajo o cualquier otro que sea frecuentado por ella, a menos de 500 metros. Tampoco podrá comunicarse con la mujer, tendrá que participar en programas formativos de educación sexual y se accede a que no entre en prisión siempre que no cometa delito alguno durante tres años.

Inicialmente, la Fiscalía pedía para el acusado cuatro años de cárcel, el pago de 3.000 euros a la denunciante y que permaneciera cinco años de libertad vigilada tras salir de prisión

¿Te ha resultado interesante esta noticia?