Montero, ante la decisión del Supremo sobre la ley del 'solo sí es sí': "Mala noticia"
El Alto Tribunal sienta jurisprudencia al ordenar que se aplique la legislación más favorable al reo y rechazar todos los recursos de la Fiscalía, con la excepción de las penas accesorias de los derechos a la patria potestad, tutela y curatela.
Madrid-Actualizado a
La ministra de Igualdad, Irene Montero, ha calificado de "mala noticia" el aval del Tribunal Supremo a las rebajas de penas en las condenas firmes por la ley del solo sí es sí, una postura que va a la contra del criterio de la Fiscalía General del Estado.
Ante esta noticia, ha señalado que "es fundamental acelerar la puesta en marcha de todas las medidas de la ley del solo sí es sí que protegen a las mujeres víctimas de violencias sexuales", como la "especialización judicial, asistencia jurídica gratuita, centros de crisis, psicólogas y abogadas sin necesidad de denuncia".
El concejal de Economía y Hacienda en el Ayuntamiento de Madrid entre 2015 y 2018, Carlos Sánchez Mato, asegura que la decisión del Supremo es "mala para las víctimas. Excelente para la derecha y los machistas".
El Ministerio Público sostenía que no debían revisarse las condenas firmes cuando la pena impuesta en la sentencia sea susceptible de ser impuesta con arreglo al nuevo marco legal resultante de la reforma de la ley del solo sí es sí, algo que también defienden desde Igualdad.
No obstante, la Sala de lo Penal ha rechazado todos los recursos de la Fiscalía que postulaban el incremento de las condenas, con la excepción de las penas accesorias de los derechos a la patria potestad, tutela y curatela.
Rafael Hernando habla de "gran varapalo al Gobierno"
La reacción desde el Partido Popular ha llegado, por ahora, del senador Rafael Hernando, que tilda la ley del solo sí es sí de "ley sanchista" y considera que con su decisión, el Alto Tribunal "da un gran varapalo al Gobierno".
El Supremo ha sentado de este modo jurisprudencia al confirmar los criterios de las audiencias provinciales en las revisiones de penas efectuadas tras la reforma de la Ley Orgánica 10/2022, es decir, que se aplique la legislación más favorable al reo sin tener en cuenta si las penas impuestas con el anterior Código Penal se puedan imponer con la nueva ley, según lo recogido en la disposición transitoria quinta del Código Penal (1995).
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