Este artículo se publicó hace 3 años.
Los magistrados del TSJM se reunirán este fin de semana para deliberar sobre el veto del 8M
La prohibición contra la celebración del Día de la Mujer ha sido recurrida por varios sindicatos. El Movimiento Feminista de Madrid, una de las organizaciones que ha convocado actos ha dicho que adaptará sus acciones para tener presencia en las jornadas.
Madrid-Actualizado a
Los magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSM) se reunirán este fin de semana para resolver sobre los recursos interpuestos contra la decisión de la Delegación de Gobierno de Madrid de prohibir los actos que estaban previstos por el Día Internacional de la Mujer para el 7 y 8 de marzo, siguiendo el criterio adoptado en otras resoluciones similares.
La prohibición ha sido recurrida por UGT, CC.OO., CGT y el Movimiento Feminista de Madrid, una de las organizaciones que ha convocado actos por el Día de la Mujer.
Movimiento Feminista de Madrid ha anunciado ya que adaptará sus acciones para burlar la decisión y "tener presencia" durante dichas jornadas.
Según el colectivo, se considera concentración a grupos mayores de 20 personas, así que realizarán actos en los que la presencia de asistentes no supere esta cifra, además de mantener las directrices de las autoridades sanitarias.
Por su parte, los sindicatos UGT y CC.OO. alegan en su recurso conjunto que la prohibición vulnera el derecho de reunión y manifestación al no estar restringido dentro del estado de alarma por la pandemia. Además, sostienen que su convocatorio tiene un riesgo "mínimo" de contagios al tener previsto la asistencia de 250 personas sin un recorrido al ser fija en la Plaza de Cibeles.
Una vez que los recursos lleguen al TSJM, la Sección Décima de lo Contencioso-Administrativo tendrá tres días para deliberar y emitir su fallo, que se conocerá previsiblemente este fin de semana.
La Sala seguirá el criterio de otras resoluciones "idénticas" en las que se ha mostrado a favor de preservar el derecho de reunión, pero siempre cumpliendo estrictamente con las medidas sanitarias para evitar contagios como aforo, uso de mascarilla y distanciamiento social.
Tras la primera ola de la pandemia, esta misma Sala anuló la decisión de la Delegación del Gobierno en Madrid que impedía el 23 de mayo de 2020 la celebración de una concentración del Partido Comunista de los Pueblos de España (PCPE) de 50 personas al al entender que prohibiéndola se vulnera el derecho de reunión del artículo 21 de la Constitución.
La marcha fue autorizada pero respetando siempre los compromisos de seguridad expresados por los convocantes en su recurso para evitar contagios del Covid.
Los magistrados señalaron que "el derecho de reunión del demandante, manifestación colectiva del derecho de libertad de expresión que coadyuva a la formación de la opinión política, intensamente vinculado al pluralismo político y al funcionamiento del sistema democrático, debe ser preservado".
Amnistía Internacional lo ve desproporcionado
Amnistía Internacional ha tachado de "desproporcionada" la decisión del delegado del Gobierno en Madrid de prohibir todas las manifestaciones por el 8 de marzo, Día Internacional de la Mujer, y advierte de que "viola el derecho de reunión pacífica".
"La prohibición generalizada de todas las concentraciones y manifestaciones con motivo del 8M en Madrid es una limitación desproporcionada al derecho de reunión pacífica establecido en el derecho internacional. Cada petición debe evaluarse individualmente", ha explicado el director de Amnistía Internacional, Esteban Beltrán.
Según precisa la ONG, el Derecho internacional de los derechos humanos reconoce que pueden imponerse restricciones al derecho a la libertad de reunión pacífica para la protección de determinados intereses legítimos, como la salud pública, pero considera que las prohibiciones de manifestaciones deben ser "una opción de último recurso y solo basada en una necesidad urgente".
"A la hora de decidir si una manifestación puede o no llevarse a cabo por razones de protección de salud pública, las autoridades deben realizar una evaluación caso por caso, que contemple qué medidas pueden adoptarse para prevenir contagios, sin necesidad de prohibir la manifestación en su totalidad", ha declarado Beltrán.
Según ha subrayado, "cualquier medida que recorte libertades y derechos humanos debe cumplir estrictamente con el criterio de proporcionalidad y necesidad".
Trece sociedades científicas piden la prohibición de aglomeraciones
Trece sociedades científicas han consensuado un documento en el que apoyan la prohibición o denegación de las autorizaciones para la celebración de reuniones que excedan los límites de las recomendaciones vigentes, como eventos que fomenten la aglomeración o aumenten el riesgo de transmisión de la covid-19.
Estas sociedades científicas recuerdan en un comunicado difundido este viernes la "necesidad" de mantener las medidas de prevención de contagios en la región "ante la elevada ocupación de las UCI" en Madrid.
Las firmantes son las sociedades madrileñas de Neumología y Cirugía Torácita (Neumomadrid), de Medicina intensiva (Somiama), de Anestesia (Sarmadrid), de Medicina familiar y comunitaria (Somamfyc) y de Medicina preventiva. También la Sociedad española y madrileña de medicina de emergencias (Semes) y la Sociedad de medicina interna de Madrid-Castilla la Mancha (Somimaca).
Además, las sociedades españolas de Medicina intensiva, crítica y de unidades coronarias (Semicyuc), de Especialistas en medicina del trabajo (Aeemt), de Geriatría y gerontología (Segg), de Infectología pediátrica (Seip) y la Sociedad española de enfermedades infecciosas y microbiología clínica (Seimc).
Consideran que las actuales circunstancias epidemiológicas son de alto riesgo, y aunque se está produciendo un descenso en el número de hospitalizaciones, las actuales cifras de incidencia acumulada y la "elevada" ocupación de las UCI madrileñas aconsejan "insistir en mantener las medidas de prevención de contagios".
Por lo anterior, consideran necesario evitar a fecha de hoy "todo tipo de eventos que fomenten la aglomeración y aumenten el riesgo de transmisión", por lo que abogan por la denegación o prohibición de autorizaciones para reuniones que excedan los límites de las recomendaciones vigentes.
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