Opinión
Tomémonos en serio la neutralidad de las Cortes españolas

Por Ramón Soriano
Catedrático emérito de Filosofía del Derecho y Política de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla
Escenario 1º: El 16 de julio de 2024 la Mesa del Senado cedió sus estancias para la celebración de una Cumbre Trasatlántica contra el aborto organizada por la ultraconservadora Red Política por los Valores, en cuya web figura el Senado como "entidad colaboradora". Asistieron y fueron ponentes personas sin la condición de representantes de la ciudadanía. Todos los partidos de la investidura criticaron la resolución del Senado.
Escenario 2º: El 4 de septiembre de 2025 tuvo lugar en el Congreso de los Diputados la celebración de una jornada solicitada por el partido político Vox y admitida por la Mesa del Congreso bajo el título "Ideología de género y denuncias falsas en España y Argentina". Subieron a la tribuna de la jornada diputados de Vox e individuos sin representación política. Los segundos triplicaban a los primeros.
Escenario 3º: El 8 de junio de 2026 el papa León XIV pronunció un discurso en las Cortes españolas, en el que trató además de cuestiones políticas (que podrían corresponderle como jefe del Estado vaticano) otras cuestiones morales y religiosas. Fue aplaudido durante siete minutos.
Como los escenarios citados, otros muchos, de empresas, asociaciones y fundaciones. Es necesario proteger la neutralidad de las Cortes al margen de intereses particulares y organizaciones privadas. Las Cortes tienen que ser neutrales y parecerlo ante la atenta mirada de la ciudadanía, que no comprende las concesiones de nuestros representantes. Apunto algunas razones que dañan la neutralidad del Congreso de los Diputados y del Senado.
La declinación de la representación general de la ciudadanía por el Parlamento
No solo el Parlamento, como tal, representa a toda la nación, sino todos y cada uno de sus miembros. Por obra y gracia de la jurisprudencia constitucional, que ya en los primeros años de la democracia española consideró a diputados/as y senadoras/es representantes de la nación española, sin que la intermediación de los partidos políticos, en cuyas listas obtienen el escaño, tenga relevancia jurídica alguna, porque la relación se establece entre los representantes y los votantes. Solo los votantes en unas elecciones generales pueden echar del Parlamento a los representantes. Consecuencia de esta resolución ha sido que el Tribunal Constitucional admite a los trásfugas, quienes siguen en el órgano de representación política, a pesar de abandonar el partido político en cuyas listas consiguieron el escaño. Una burla a los votantes del tránsfuga, que sigue en el Parlamento pudiendo ejecutar una política contraria a "su partido político", el que le introdujo en sus listas para desarrollar un programa político determinado.
Si diputados/as y senadores/as representan a toda la nación, deben procurar que la sede de la soberanía nacional y sus dependencias también representen a toda la nación y no a una fracción de la nación, atendiendo a los intereses particulares de esta fracción, que utilizando el Parlamento y sus extraordinarios medios de difusión pretende propagar sus consignas en todos los hogares de nuestro país.
La discriminación social provocada por el uso de las dependencias del Parlamento
Si no se regula el uso de las estancias del Parlamento, éstas caerán en manos de las organizaciones más influyentes y poderosas. Y en este caso el Parlamento estará discriminando la igual atención y disponibilidad, que debe dispensar a los ciudadanos/as, permitiendo que algunas organizaciones utilicen en su propio beneficio la caja de resonancia que es el Parlamento.
La discriminación que supone el uso particular de la sede parlamentaria aún se acentúa más, porque España todavía carece de una ley de grupos de presión o lobbies, en la que se regule lo que ahora es un coto al mejor postor. Una ley que fije las condiciones de acceso de los lobbies a los representantes políticos, el registro, la huella de las relaciones representantes-lobbies, la oficina de conflicto de intereses, el régimen sancionatorio, etc. Sobre ello me he pronunciado en este diario en mi artículo La ley sobre los grupos de interés en el desván del Parlamento.
Esta ley, arrinconada en el Congreso, debería regular el uso de las dependencias del Parlamento por los lobbies. En el proyecto de ley no se hace ninguna alusión sobre el asunto.
La confusión entre las leyes del Parlamento y las iniciativas contrarias de organizaciones particulares
No pocas veces las estancias de las cámaras parlamentarias han sido objeto de actividades -jornadas, presentaciones, encuentros, conferencias, etc.- de sentido contrario a lo aprobado en sus leyes. Con esta política se crea confusión en la ciudadanía, que no comprende que se haga uso de la sede del Parlamento para defender y proclamar titulares y eslóganes contrarios a sus leyes. He citado el ejemplo de la celebración de las jornada en el Senado contraria al aborto y del Congreso contraria a la violencia de género. En ambos casos actividades contra derechos aprobados en las leyes del Parlamento.
El Parlamento debería de hacer un esfuerzo de difusión de sus normas -sobre todo sus leyes-, y no limitarse a boletines y páginas webs. En cambio, además de permanecer inactivo, permite que aprovechen sus salas atrevidas organizaciones que pretenden tumbar esas leyes. A veces, la grandeza de la democracia, permitiendo en su seno a quienes desean y maquinan destruirla, raya en la más simple y peligrosa ingenuidad.
La confusión entre el debate institucional y el debate privado
Existe en nuestro país un exceso de medios y lugares donde celebrar actividades de todo tipo, como las celebradas en el Parlamento a instancia de iniciativas particulares. Por consiguiente, ¿por qué usar la sede de la soberanía popular para estas actividades? Los parlamentarios deberían negarse a que el Parlamento se convierta en una caja de resonancia de ideologías y objetivos de organizaciones ajenas.
Nuevamente se produce confusión en la ciudadanía, que no verá claro que se empleen dependencias del Parlamento para la defensa de intereses privados. El norte de las actividades del Parlamento es el interés general, que se cita y desarrolla en varios artículos del Título VII -Economía y Hacienda- de la Constitución. Mal compagina este interés general con los intereses particulares de las organizaciones, que acuden a las Mesas del Congreso o del Senado, para que les autoricen difundirlos eficazmente desde el lugar emblemático del Parlamento.
El uso de recursos públicos por organizaciones privadas
El mantenimiento de las estancias de las Cortes españolas corre a cargo de los presupuestos generales del Estado, es decir, de nuestros bolsillos. Igualmente todos los elementos de las mismas. En las webs del Congreso y del Senado no consta la financiación por las organizaciones del uso que hacen de las estancias de las cámaras. Debería de constar. Que las ciudadanas y los ciudadanos tengamos que sufragar el uso que las empresas eléctricas y farmacéuticas han hecho de la imagen institucional del Parlamento, manda…
Propuesta
Una primera propuesta principal y una segunda subsidiaria, de menor entidad y menos rompedora de la situación actual.
Propuesta principal: blindar al Parlamento -a ambas cámaras, Congreso y Senado- de la celebración de jornadas, presentaciones, conferencias, congresos, etc., con la participación de personas que no tengan la condición de representantes de la ciudadanía.
Propuesta subsidiaria, si no es viable la primera: la reforma del reglamento de las cámaras parlamentarias, para incluir las limitaciones propuestas por las Mesas de las cámaras y aprobadas por los Plenos.
En el Congreso y el Senado las limitaciones han procedido directamente de las Mesas, al autorizar o denegar la celebración de actividades en su sede. De una manera errática. Sin vínculos de las decisiones de la Mesa de cada legislatura respecto a las posteriores Mesas. La Mesa del Congreso ha establecido como límites la vulneración de los derechos humanos y los delitos de odio. Me parece insuficiente, además de ser formulaciones muy genéricas. Leyendo la Constitución detenidamente, verán que de ahí deriva una serie de límites. Por ejemplo, si la Constitución declara que el Estado español es aconfesional (art. 16. 3), de este reconocimiento debe derivar que los líderes religiosos no deben realizar actividades en las dependencias del Parlamento y mucho menos lanzar discursos urbi et orbi desde su tribuna. Hemos legislado la prohibición de uso de símbolos religiosos en instituciones públicas y permitimos que un líder religioso, el papa León XIV, se convierta en todo un icono de nuestros representantes, aplaudido a rabiar. ¡Qué gigantesco paso atrás!

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