Este artículo se publicó hace 4 años.
Cuando ser acusado de terrorista no significa que lo seas
En los últimos años la Audiencia Nacional ha protagonizado varias investigaciones por terrorismo que finalmente han quedado en nada o en delitos que no están relacionados con el terrorismo. El caso de la CDR Tamara Carrasco fue el último.
Alejandro Torrús
Madrid-
Todos los detenidos y acusados de integrar una célula terrorista independentista que ultimaba atentados terroristas en Catalunya están en libertad bajo fianza. Sin excepción. De hecho, la Sala Segunda de la Sección Penal de la Audiencia Nacional ha puesto en duda la existencia de una célula terrorista, mientras que el juez García-Castellón, por contra, sí mantiene la tesis de "la naturaleza terrorista de la organización" acorde con "las últimas tendencias legislativas y jurisprudenciales".
El caso, sin embargo, ha ido perdiendo fuelle. En los primeros días, la prensa se hizo eco de una presunta célula prácticamente lista para actuar, con objetivos concretos como el Parlament o una casa cuartel de la Guardia Civil. Sin embargo, con el paso de los meses y, sobre todo, tras la aparición en escena de la Sección Segunda de lo Penal de la Audiencia Nacional, el caso ha ido perdiendo relevancia y ha comenzado a recordar a lo sucedido en otras operaciones muy mediáticas contra otros presuntos grupos terroristas que finalmente han terminado fuera de los delitos terroristas.
El último antecedente de un caso en el que se procesa por terrorismo y finalmente la acusación termina en desórdenes públicos fue también con los CDR catalanes. En abril de 2018, fue detenida bajo las mismas sospechas y por orden del mismo juzgado Tamara Carrasco. Fue acusada de delitos de terrorismo y rebelión y estuvo durante un año confinada en Viladecans. Sin embargo, el exjuez de refuerzo del Juzgado Central de Instrucción Número 6, el magistrado Diego Egea, acordó su puesta en libertad al considerar que, con los indicios recabados, sólo podía ser acusada de desórdenes públicos.
Tras la detención de nueve CDR el pasado 23 de septiembre, Tamara Carrasco declaró lo siguiente a la publicación La Marea: "Tengo la sensación de que nosotros fuimos la prueba piloto, que no salió bien. Ahora nuestros compañeros llevan a sus espaldas acusaciones muy graves, además de haber entrado en prisión preventiva sin fianza. Como en nuestro caso, los medios de comunicación se han encargado de sembrar la duda, pero sobre todo el odio; está filtrándose información aunque hay secreto de sumario y se están vulnerando sus derechos más fundamentales".
El presunto terrorismo anarquista
Otra de las operaciones más sonadas (y estrambóticas) fue la Operación Pandora. Durante la madrugada del 16 de diciembre de 2014 cientos de agentes de los Mossos d'Esquadra (alrededor de 500) se desplegaron en 14 locales y casas de Barcelona, Manresa y Sabadell en una operación coordinada por la Audiencia Nacional. Once personas fueron detenidas y siete de ellas entraron rápidamente en prisión incondicional. Los cargos fueron durísimos.
El magistrado de la Audiencia Nacional Gómez Bérmudez les atribuyó la comisión de delitos de constitución, promoción, dirección y pertenencia a organización terrorista con delitos de tenencia y depósito de sustancias o aparatos explosivos y daños y estragos con finalidad terrorista. La nota de prensa que los Mossos d'Esquadra remitieron a los medios hablaba de la desarticulación de "una organización terrorista de cariz anarquista a la que se le atribuyen varios atentados con artefactos explosivos”.
Era la primera operación a gran escala contra un presunto terrorismo anarquista implantado en España. Después vendría la Operación Piñata, en la que serían detenidas 15 personas y cinco entrarían en prisión; y la Operación Pandora II, en la que serían detenidas otras nueve personas. Los cargos y la base de la acusación serían prácticamente idénticos: pertenencia a organización terrorista, daños y tenencia ilícita de armas para uso terrorista.
Las operaciones policiales ponían fin a una larga lista de advertencias de las autoridades. Apenas unos meses antes, algunos de los principales responsables del país en materia de seguridad advertían de los peligros del anarquismo. El que era director general de la Policía, Ignacio Cosidó, anunciaba que "el terrorismo anarquista se había implantado en España" y que había "riesgo de atentados", mientras que el entonces ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, culpaba a los anarquistas de los disturbios de Gamonal, en Burgos. Incluso el diario El País publicó por aquellos tiempos unos informes policiales que señalaban que "el terrorismo ácrata" había copiado (aunque "a otro nivel") la forma de actuar y organizarse de Al Qaeda. El diario de Prisa, de hecho, tituló la información así: El terrorismo anarquista copia a Al Qaeda.
Sin embargo, todo quedó diluido como un azucarillo en un vaso de agua. La Audiencia Nacional, pese al despliegue, no pudo demostrar la existencia de ninguna organización terrorista de cariz anarquista.
El caso de Straight Edge
El caso de Straight Edge también está vinculado a las operaciones anteriores de un supuesto terrorismo anarquista. La Audiencia Nacional también envió a prisión al joven de 25 años Nahuel, miembro del colectivo anarco vegano Straight Edge, acusado, junto a cinco de sus compañeros, de organización criminal con fines terroristas. Nahuel pasó 16 meses en prisión en un maratón de cinco cárceles.
Sin embargo, la Fiscalía de la Audiencia Nacional desmontó el relato de la jueza instructora e imputó a los jóvenes un delito de enaltecimiento del terrorismo en redes sociales. Se pidió una pena de dos años de prisión por enaltecimiento del terrorismo y, finalmente, fueron absueltos de todos los cargos. Otro caso de un terrorismo de cariz anarquista que se fue diluyendo hasta la nada.
Presunto terrorismo en Pamplona
Por último, otro ejemplo de terrorismo que no era tal fueron los incidentes en el casco viejo de Pamplona del pasado mes de mayo de 2017 tras una manifestación. La juez Carmen Lamela, instructora del caso, estableció que los hechos se enmarcaban en la 'kale borroka' y eran constitutivos de delito de terrorismo en concurso con desórdenes públicos, lesiones, incendio, daños y atentado, por lo que deben ser investigados por la Audiencia Nacional. La Fiscalía, atendiendo esta calificación, solicitó siete años de prisión para los acusados.
Sin embargo, tras celebrarse el juicio, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional descartó tajantemente cualquier delito terrorista y condenó a cuatro jóvenes a dos años de prisión por desórdenes públicos.
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