Este artículo se publicó hace 3 años.
Arranca un nuevo juicio por violación grupal sin haberse resuelto aún la supresión del delito de abuso sexual
Comienza el juicio por la violación grupal de tres hombres a una joven, en febrero de 2019, en una nave abandonada de Sabadell (Barcelona). Este caso viene precedido de la polémica sentencia de la Audiencia de Barcelona que condenó por abuso sexual y no por agresión a cinco jóvenes que habían violado a una niña de 14 años.
Madrid-
Este martes comienza el juicio en la Audiencia Provincial de Barcelona por la violación que sufrió una joven de 18 años en Sabadell (Barcelona), la madrugada del 3 de febrero de 2019, por parte de tres hombres, en una nave abandonada de la localidad. Sin embargo, solo se sentará en el banquillo uno de ellos, Mohamed Alibos, como presunto autor de la violación. Los otros tres procesados serán juzgados como presuntos cómplices o cooperadores necesarios, por no impedir el crimen. El Ministerio Fiscal pide 37 años de prisión para cada uno de los cuatro --con edades entre los 27 y 31 años-- por tres delitos de agresión sexual con penetración y solicita una indemnización para la víctima de 60.000 euros de forma conjunta y solidaria entre los encausados.
La joven fue asaltada a la salida de un local de ocio por un hombre, que la agredió sexualmente, introduciéndole un dedo en la vagina, tras lo cual, la condujo a la fuerza a una nave abandonada en el barrio de Can Feu de Sabadell. Allí, la volvió a violar vaginal y bucalmente. Después, conminó a sus amigos a hacer lo mismo. Dos de ellos, por turnos, violaron a la joven. Al acabar, el último, Mohamed Alibos, condujo a la muchacha a la salida de la nave, momento en el que ella, al ver un coche saliendo de una garaje, pudo zafarse del agresor y pedir ayuda a los ocupante del vehículo, que la llevaron a la comisaria.
Hasta nueve personas fueron detenidas por los hechos, sin embargo solo cuatro van a ser juzgadas. El hombre que violó a la mujer en la calle y la llevó a la nave no ha sido localizado. Y el segundo violador está huido desde hace dos años. Fue detenido y puesto en libertad antes de que al juzgado le llegasen los resultados del Instituto Anatómico Forense que le vinculaban con la violación. Los cuatro enjuiciados tienen nacionalidad marroquí y no cuentan con permiso para residir en España; de hecho, vivían como okupas en la nave en la que la joven fue violada durante una hora y media.
Este juicio arranca sin que se haya resuelto la cuestión que planteó el Gobierno a raíz de la polémica por la sentencia del caso de la 'Manada'. En 2018 el Ejecutivo encargó a una comisión de expertos estudiar el proyecto para eliminar del Código Penal el delito de abuso sexual y que se contemplara únicamente el de agresión sexual.
El Supremo corrigió la sentencia de la 'Manada'
Tras el periplo judicial que rodeó el caso de la violación grupal sufrida por una joven en los Sanfermines de 2016, bautizado como el caso de 'La Manada', el Gobierno se comprometió, en 2018, a reformar el Código Penal para suprimir de él el delito de abusos sexuales y englobar todo ataque sexual a las mujeres como agresión sexual; sin embargo aún no ha llegado la prometida reforma. Tanto la sentencia de primera instancia como la del Tribunal Superior de Justicia de Navarra condenaron a los cinco violadores por delitos de abusos sexuales a la joven, con penas de nueve años de prisión. Sin embargo, el Tribunal Supremo corrigió el fallo, en junio de 2019, elevando la condena a 15 años por agresión sexual y no por abuso, al entender que hubo intimidación grave.
Para Blanca Estrella Ruiz, presidenta de la Asociación Clara Campoamor, que se personó en aquella causa, el problema sigue estando "en la interpretación que hace la Ley sobre los casos de violación". Dice esta experta que "desde que en 1995 se eliminó el término violación del Código Penal, hay un agujero por el que se cuelan los violadores, que son condenados en su mayoría por delitos de abusos sexuales. Y las mujeres no dicen que han sido abusadas ni que han sido agredidas, dicen que han sido violadas", explica. Blanca Estrella Ruiz opina que es un "tormento añadido para las víctimas de violaciones ver cómo los tribunales interpretan de la manera más laxa que permite el Código Penal el brutal delito que sufrieron. Es un mazazo para ellas". Recuerda Ruiz que el ministro de Justicia Juan Alberto Belloch le dijo, en 1995, que el término violación recogido hasta entonces en el Código Penal era una "herencia del franquismo".
El mal precedente de la 'manada de Manresa'
Después de un 'botellón', la noche del 29 de octubre de 2016 en una masía abandonada en Manresa (Barcelona), cinco jóvenes violaron por turnos a una chica de 14 años, en estado inconsciente, según consta en la sentencia. La Audiencia de Barcelona impuso penas de entre diez y doce años de prisión a los cinco jóvenes por un delito de abusos sexuales. El caso está ahora en el Supremo, recurrida la sentencia porque la familia de la menor entiende que los hechos tienen que ser calificados como agresión sexual y no como abuso. Sin embargo, mientras llega el fallo del Alto Tribunal, la Audiencia de Barcelona ha rechazado el ingreso en prisión provisional para los condenados, pese a que dos de ellos se dieron a la fuga nada más conocer la sentencia, en diciembre de 2019.
Altamira Gonzalo, vicepresidenta de la Asociación de Mujeres Juristas Themis, explica a Público que este caso de la 'manada de Manresa' demuestra que una misma ley sugiere, según sea el prisma del tribunal, varias interpretaciones. "Desde el feminismo jurídico creemos que debe eliminarse el delito de abuso sexual y que debería existir solo el de agresión sexual, cuyo grado más grave sería el de violación", sostiene Altamira Gonzalo, que afirma que es necesario un cambio de ley en materia de agresiones a las mujeres, pero "lo definitivo no es la letra de la ley sino la interpretación de los jueces. La Audiencia de Barcelona debería rectificar. Lo que le hicieron a la joven de Manresa no fue un abuso sexual", dice la vicepresidenta de Themis.
Recuerda esta jurista que el anteproyecto de la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual presentado por el Gobierno incluye esta reforma del Código Penal para eliminar el abuso sexual y que el Consejo General del Poder Judicial "se mostró partidario de no tocar este delito; y aunque su dictamen no es vinculante, dice mucho de la tesis judicial".
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