Público
Público

Elecciones en Madrid La Junta Electoral Central abre dos expedientes a Ayuso por hacer campaña en actos institucionales

El órgano requiere a la presidenta de la Comunidad de Madrid y candidata del PP a la reelección que se abstenga de "difundir mensajes con contenido electoralista" en actos de carácter institucional. 

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, posa en una fotografía durante una rueda de prensa en una visita a las obras del puente que unirá Valdebebas y la T4 del Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas, a 16 de abril de 2021, en Madrid,
La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, posa en unavisita a las obras del puente que unirá Valdebebas y la T4 del Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas, a 16 de abril de 2021, en Madrid,. EP

La Junta Electoral Central (JEC) ha ordenado este jueves a la Junta Electoral de Madrid que abra dos expedientes sancionadores a Isabel Díaz Ayuso por incumplir la Ley Electoral en varios actos institucionales celebrados los pasados 8, 12 y 16 de abril en los que hizo propaganda electoral de sus logros.

De esta forma, el órgano estima dos recursos presentados uno por Más Madrid y otro por el PSOE que la junta provincial archivó en un primer momento.

El de Más Madrid hace referencia a un acto de homenaje al torero Víctor Barrio el 8 de abril en la plaza de toros de Las Ventas al que asistió Ayuso.

En el acto de Las Ventas, según la Junta Electoral Central, las manifestaciones efectuadas por la presidenta regional "vulneraron la prohibición de realizar campaña de logros" que establece el artículo 50.2 de la Ley Orgánica de Régimen Electoral General.

Ayuso vulneró la prohibición de protagonizar "campaña de logros", según la JEC

Para la JEC, el mensaje de la presidenta "excedía del homenaje en recuerdo del torero fallecido para entrar en el ámbito propio de una campaña electoral" en la medida en que estaba encaminado a promover en sus destinatarios "una valoración favorable de la gestión del Gobierno autonómico en materia taurina".

En el caso del PSOE, la Junta estima la parte del recurso referente a una visita de Ayuso el 16 de abril a las obras del puente que unirá Valdebebas con la Terminal 4 del Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas, a la presentación el 12 de abril de un avión de Iberia y a las publicaciones en la página web de la Comunidad de Madrid de ambos actos.

"Connotación electoralista"

Los magistrados recuerdan que "la Junta de Compensación de Valdebebas, como señala el artículo 1 de sus estatutos, es un ente corporativo de Derecho público, del que forman parte las Administraciones Públicas titulares de bienes afectados".

Por eso, la Junta considera que este acto queda "incurso en la prohibición establecida en el artículo 50.3 de la LOREG, en la medida en que bajo la cobertura formal de una "visita a las obras de un puente", se está realizando de forma encubierta un acto de inauguración del proyecto de una obra pública no concluida".

"Se advierte una connotación electoralista, dado que permite inferir que se trata de un logro realizado por quienes han estado administrando la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Madrid", añaden.

Agrega que ello se ve confirmado por la intervención de Ayuso en la que se refirió a otras iniciativas urbanísticas llevadas a cabo por su Gobierno como "Madrid Nudo Norte, que va a ser el mayor desarrollo urbanístico del sur de Europa en los próximos años, o como por ejemplo, el Plan de vivienda joven en Madrid, que ya va a empezar a construirse con 6.000 viviendas para personas que quieren dar un paso adelante, independizarse y que ahora mismo no pueden".

No pueden hacerse en actos institucionales

Según la Junta, estos anuncios son legítimos "en el marco de actos de campaña electoral pero no pueden incluirse en actos institucionales de los poderes públicos, en los que debe respetarse estrictamente la neutralidad de estos durante los periodos electorales". "Al hacerlo, vulneró también el art. 50.2 de la LOREG", recoge el acuerdo.

El PSOE denunció igualmente un acto de presentación de un avión de Iberia celebrado el pasado 12 de abril de 2021 en el que Ayuso realizó manifestaciones, que la Junta entiende que "vulneraron la prohibición de realizar campaña de logros que establece el artículo 50.2 de la LOREG".

JEC: "Debe respetarse  la neutralidad de los actos institucionales durante los periodos electorales"

El acuerdo recoge también que la reseña en la web institucional de los dos actos indicados, así como los mensajes difundidos por el canal de mensajería WhatsApp de la Comunidad de Madrid resultan contrarios "al artículo 50.2 de la LOREG y a los principios de objetividad y neutralidad de los poderes públicos consagrados en el artículo 103.1 de la Constitución".

De igual modo, ordena a la Junta Electoral Provincial que proceda a incoar expediente sancionador a Ayuso por vulneración de la prohibición de realizar campaña de logros respecto de los actos celebrados los días 12 y 16 de abril de 2021.

¿Te ha resultado interesante esta noticia?

Más noticias