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Hernani Dos años de cárcel para el ertzaina acusado de golpear a la senadora Amalur Mendizabal

Según la sentencia, se la ha impuesto dos años de suspensión como miembro de la Brigada Móvil de la Policía Vasca y deberá indemnizar a la senadora con 3.600 euros.

Agentes de la Ertzaintza durante unos disturbios. / EFE

agencia efe

La Audiencia de Gipuzkoa ha condenado a dos años de cárcel al ertzaina acusado de golpear con la porra a la senadora de Amaiur Amalur Mendizabal durante unos incidentes ocurridos en Hernani (Gipuzkoa) en 2013 en los que ésta sufrió lesiones en la cabeza.

Según la sentencia, al agente, que deberá indemnizar a la senadora con 3.600 euros, se la han impuesto también dos años de suspensión como miembro de la Brigada Móvil de la Policía Vasca.

Se condena asimismo a la Comunidad Autónoma Vasca como responsable civil subsidiaria del pago de la indemnización.

La grabación de un vídeo sobre lo ocurrido, que fue colgado en el canal Youtube, ha sido determinante para que los magistrados hayan considerado probado que la actuación del ertzaina fue "injustificada" y "contraria a derecho".

La Sala considera probado que el día de los hechos, cuando la Guardia Civil concluyó un registro en la sede del colectivo de apoyo a los presos de ETA Herrira y salió a la calle con las personas detenidas en el operativo, se produjeron incidentes por parte de quienes protestaban en la calle Mayor, pero no así en la zona de la calle Juan de Urbieta, donde se encontraba la senadora y "la situación era más tranquila". 

Indica que, tras visionar las imágenes grabadas ese día y cuya calidad mejoraron técnicos de la Ertzaintza, se puede constatar que el procesado levanta y baja la porra en cuatro ocasiones, tras lo cual Mendizabal, que se hallaba en primera fila y había mostrado antes sus credenciales de senadora a los policías, cae al suelo boca arriba y posteriormente se ve como "sangra abundantemente" de la cabeza.

Para el tribunal, las imágenes "no son compatibles" con la versión del acusado y sí de la denunciante, que además "fue persistente en su versión de los hechos a lo largo de la causa", que también corroboraron varios testigos en el juicio, celebrado el pasado diciembre en la Sección Primera de la Audiencia guipuzcoana. 

Agrega que no se ha considerado probado que el acusado y los compañeros que se encontraban en su línea de contención "recibieran orden de avanzar", como manifestó el agente. Por el contrario, precisa, el ertzaina que estaba al cargo de una furgoneta de la Brigada Móvil declaró que él "no dio orden de ataque en ningún momento". 

"Aunque no veamos el punto exacto donde golpea el agente con la porra, la deducción de que golpeó con ella en la cabeza de la mujer y con ello le produjo la sangre que manaba de su cabeza momentos después, tal como ella declaró, resulta la única conclusión racional", aseveran los magistrados. 

Y añaden que la afirmación del agente de que su pretensión no era golpear a Mendizabal, sino a una persona que se encontraba tras ella con los brazos levantados "solo es entendible en términos de defensa", porque "no es compatible con lo que muestran las imágenes".

"Se trata de un policía profesional, destinado en la Brigada Móvil de la Ertzaintza, formado y entrenado para actuar en situaciones similares y conocedor, sin duda, de las consecuencias del uso de un instrumento como la porra reglamentaria que portaba. El dolo, al menos eventual, en su actuación resulta palmario", señala el tribunal.

Las penas de cárcel y suspensión a las que ha sido condenado este agente habían sido solicitadas tanto por el fiscal como por la acusación particular que ejerció la víctima, mientras que el abogado del policía había reclamado su libre absolución.

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