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Noticias falsas y el rescate de Air Europa: lo que la Audiencia de Madrid puede tumbar de la causa contra Begoña Gómez

Aunque da luz verde al inicio de la instrucción por parte del juez Peinado, el tribunal advierte de que solo hay indicios para abrir una investigación respecto a las ayudas públicas a la UTE vinculada al empresario Carlos Barrabés. 

Begoña Gómez durante la primera sesión del debate de investidura de Pedro Sánchez, a 15 de noviembre de 2023.
Begoña Gómez (izquierda) durante la primera sesión del debate de investidura de Pedro Sánchez, a 15 de noviembre de 2023. Eduardo Parra / Europa Press

La Audiencia Provincial de Madrid advierte de que la denuncia del pseudosindicato ultra Manos Limpias contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, por presuntos delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios, cuenta con "un primer bloque fáctico inverosímil o con datos erróneos". 

Este bloque de la denuncia de Manos Limpias, admitida a trámite el 16 de abril pasado por el juez Juan Carlos Peinado, corresponde a ocho noticias de digitales de tendencia conservadora que incluyen algunos datos falsos, como la atribución de una subvención pública a la esposa del presidente Sánchez. 

Un segundo bloque, dice el auto de la Audiencia de Madrid conocido este miércoles, se refiere al rescate con dinero público de la aerolínea Air Europa, respecto al cual Manos Limpias acusa a Begoña Gómez de ejercer sus influencias para favorecerlo debido a su relación con el dueño de la compañía.

El rescate supuso una inyección de dinero público de 400 millones de euros, pero el tribunal dice que "la vinculación de la denunciada es, con los datos que se cuenta, una simple conjetura más allá de llamativas coincidencias temporales y personales que, en su momento puedan deparar nuevos datos y que quizá hubieran merecido activar controles administrativos previos garantes de los principios de transparencia y buen gobierno". 

Es decir, descartan los magistrados que existan indicios de delito en este episodio denunciado por el pseudosindicato ultra que justifique la apertura de una investigación.

Adjudicaciones públicas a Barrabés

En cambio, sí detectan justificación para un inicio de investigación en el contenido del último bloque de la denuncia, referido a las ayudas a la UTE vinculada al empresario Carlos Barrabés, que había organizado el máster que dirigió Begoña Gómez en la Universidad Complutense sobre Transformación Social Competitiva. En esta parte de la denuncia "sí aparecen ya datos objetivos suficientes que legitiman el inicio de la investigación", consta en el auto.

La Audiencia de Madrid impone al juez Peinado que se centre en este aspecto, por ser el único que presenta indicios que justificarían la apertura de una causa inicialmente; y, de igual manera, le insta a que deseche los otros dos pilares de la denuncia. 

Fuentes jurídicas consultadas por este diario consideran que en este auto la Audiencia de Madrid está poniendo límites al juez y, aunque da luz verde a la instrucción, le advierte de que podría tumbar algunas líneas de la investigación, de cara a futuros recursos. 

En esta primera oportunidad de la Audiencia Provincial de Madrid para pronunciarse sobre la causa abierta contra la esposa del presidente del Gobierno, los magistrados Rosario Esteban, Jesús Gómez Angulo y Enrique Bergés han resuelto el recurso de la Fiscalía contra la admisión a trámite de la denuncia de Manos Limpias. 

El tribunal da en parte la razón al Ministerio Público, pero solo en lo relativo a la imposición del secreto del sumario nada más abrir la causa. La audiencia ordena levantarlo por no estar justificado y provocar indefensión en esta primera fase de la instrucción. Pero el juez ya lo había levantado, este martes, cuando se filtró el informe de la UCO [Unidad Central Operativa de la Guardia Civil], que descarta indicios delictivos por parte de Begoña Gómez. 

Este informe no lo ha tenido en cuenta la Audiencia de Madrid y en su auto explica el por qué. Pese a que la Fiscalía pidió tenerlo en cuenta en su recurso, los magistrados alegan que dicho informe "se trata del resultado de una diligencia acordada por el Juez de Instrucción, en el auto que se recurre, sin que esta Sala pueda valorar lo que aún
no lo ha sido por el Instructor, lo contrario supondría invadir su exclusiva competencia". 

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