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La odisea de las temporeras para que los jueces las crean al denunciar abusos sexuales
El titular del Juzgado de lo Penal 1 de Huelva ha absuelto al encargado de una finca dedicada al cultivo de fresas acusado de acosar sexualmente a cuatro temporeras porque, entre otras cosas, el hombre no había recibido denuncias previas "a pesar del nume
Madrid-Actualizado a
Abril de 2018. Cientos de mujeres marroquíes llegan a Moguer (Huelva) para trabajar en la recogida de la fresa durante seis meses, con un contrato en origen. En su país dejan a sus hijos e hijas, que se nutren de los fondos que las 12.300 temporeras anuales de Marruecos logran tras intensas jornadas recogiendo frutos rojos en las plantaciones españolas.
Son alojadas en barracones en la propia finca y tienen a una mujer marroquí como traductora y enlace con la empresa. El encargado se hace el simpático, entra en su vivienda, les enseña fotos de su mujer y de sus hijos; les hace gestos insinuantes señalando la cama, a una la rodea por la cintura y le toca los pechos; a otra la pellizca en la pierna; a otra la rodea por las axilas; toca los pechos a otra de ellas.
Estas conductas fueron denunciadas por cuatro de aquellas mujeres, "en un alarde de valentía, pues no es frecuente que las mujeres migrantes que trabajan como temporeras se atrevan a denunciar abusos sexuales por miedo a represalias, por el temor de no volver a ser contratadas". Así lo explica la abogada Aintzane Márquez, de Women's Link Worldwide, la organización jurídica internacional que lucha por los derechos de las mujeres y las niñas.
Aintzane Márquez se encargó del caso de estas cuatro temporeras que llegó a juicio cuatro años después, con la petición de la Fiscalía para el encargado de la finca de 4 años y seis meses de prisión por cuatro delitos de acoso sexual y otro de abuso sexual.
Se da la circunstancia de que las cuatro mujeres habían sido despedidas después de una semana de trabajo, aduciendo la empresa que no rendían lo que debían, que recogían menos kilos de fresas diarios que sus compañeras y que no llegaban, por lo tanto, a la mínima productividad exigida en la plantación.
Y esta circunstancia es la que invoca el juez titular del Juzgado de lo Penal 1 de Huelva, en su sentencia del pasado 22 de julio, para concluir que la denuncia de las mujeres fue falsa, impulsada por el despido. "En este caso no podemos obviar que las denunciantes fueron despedidas por bajo rendimiento dentro del periodo de prueba, que las denunciantes llegaron para trabajar con unas expectativas de permanencia en territorio español que fueron frustradas escasos días después de iniciar su relación laboral y que las denunciantes no querían abandonar los alojamientos que la entidad mercantil puso a su disposición a pesar de que eran conocedoras de las condiciones de sus contratos", señala el juez.
No coincide este planteamiento con el seguido por el Ministerio Fiscal ni, por supuesto, por la acusación particular, en la causa que instruyó un juzgado de Moguer, que vio indicios sólidos como para abrir vista oral contra el encargado.
Sin denuncias previas
Pero para el juzgador los hechos no han quedado probados. Y uno de los motivos que aduce para absolver al acusado es que este carecía de denuncias previas por hechos similares. "Llama la atención que tras conocer la existencia de esta causa ninguna otra trabajadora de la misma empresa ni de la misma finca en los seis últimos años durante los cuales el acusado desarrolló sus funciones le denunciara por hechos similares o aprovechare la existencia de esta causa para contar algún comportamiento similar y ello a pesar del numeroso contingente de mujeres que trabajaban en dicha finca".
Esta aseveración denota "el absoluto desconocimiento de los jueces sobre el contexto concreto de las temporeras migrantes, de sus dificultades personales de acceso a la justicia, del estigma que significa ser abusadas --sostiene la letrada--. Por eso no hay más denuncias, porque las mujeres tienen miedo de denunciar. Este argumento del juez es una excusa más para no creerse la versión de las víctimas".
La sentencia indica que "ninguna prueba se practicó que nos
permita afirmar de forma fehaciente e indubitada que los presuntos comportamientos del acusado colocaron a las presuntas víctimas en una situación objetivamente humillante, hostil o de intimidación grave". Y para descartar ese ilícito penal, el juez indica que "cada una de las denunciantes describe actos aislados que no pueden ser considerados en su conjunto para configurar el tipo penal que se atribuía al acusado en los escritos de acusación".
Reprocha el juez que las víctimas han tenido contradicciones en el juicio respecto a sus declaraciones de 2018. "Han pasado cuatro años, ellas viven en Marruecos, no volvieron a trabajar en la recogida de la fresa, como era de esperar. El planteamiento del juez es el de cuestionar el testimonio de estas mujeres", dice Aintzane Márquez.
Cursos de prevención de acoso sexual
El encargado de la finca explicó en el juicio que había realizado cursos en la empresa para prevenir el acoso sexual y la discriminación. Negó los hechos y aseguró que sólo entraba en las viviendas de las temporeras por alguna cuestión de mantenimiento. Dijo que no podía reconocer a las denunciantes, porque había en la finca en aquellas fechas entre 150 o 200 trabajadoras.
"La declaración de la víctima frente a la del agresor es siempre difícil probar, pero este tipo de pronunciamientos hacen más difícil aún el acceso a la justicia para las mujeres migrantes", clama la abogada de Women's Link Worldwide.
En el sector de las trabajadoras de la fresa apenas existen denuncias por abusos, pese a que trabajos periodísticos de gran calidad han desvelado las duras condiciones a las que son sometidas tanto laboral como personalmente esas trabajadoras. "Este procedimiento ha visibilizado, gracias a las denuncias de estas mujeres, que la Justicia aún no comprende las dificultades de estas mujeres para denunciar. Se ha perdido una ocasión para aplicar la perspectiva de género en los juzgados", denuncia la letrada Aintzane Márquez, que debe consultar con sus clientes si están dispuestas a recurrir esta sentencia.
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