La Audiencia Nacional rechaza investigar al militar israelí denunciado por crímenes de guerra que veraneaba en Barcelona
Es la segunda vez que la Fiscalía de la Audiencia Nacional rechaza admitir a trámite una querella contra un militar israelí. Alega que la competencia para analizar y juzgar dichas pruebas la tiene la Corte Penal Internacional.

Madrid--Actualizado a
La Audiencia Nacional (AN) ha rechazado investigar al militar israelí Tameer Mulla, ex sargento del 101º Batallón de Paracaidistas de las Fuerzas de Defensa de Israel (FDI), por genocidio y crímenes de guerra. La razón esgrimida en el auto del juez Santiago Pedraz ha sido "falta de competencias" de España para investigar los hechos. En su escrito, el titular del Juzgado de Instrucción nº5 de la Audiencia Nacional ha hecho referencia a los argumentos presentados por el Ministerio Fiscal en un informe en el que concluía que no era la justicia española quien debía investigarlo, sino la Corte Penal Internacional (CPI).
La querella contra Mulla aterrizó en el despacho de Pedraz a principios de septiembre, cuando la Fundación Hind Rajab denunció pública y judicialmente que el ex militar se encontraba veraneando en Barcelona. Tal y como contó entonces Público, la organización belga llevaba meses recopilando información sobre los presuntos crímenes cometidos por Tameer Mulla en la Franja de Gaza. Entre ellos, asegura la organización, figuraban la destrucción injustificada de construcciones palestinas y el desalojo de civiles del Hospital Nasser, algunos enfermos o malheridos. Según explicó a este periódico la Fundación, adjuntaron a la querella presentada ante la Audiencia Nacional todas las pruebas contra Mulla, incluidas grabaciones en las que, presuntamente, aparece el militar reduciendo a polvo construcciones en la Franja de Gaza.
Según los artículos 7 y 8 del Estatuto de Roma —documento que estableció la Corte Penal Internacional (CPI) y su jurisdicción—, la destrucción de infraestructuras civiles y el traslado forzoso de población civil constituyen crímenes de guerra y de lesa humanidad. España es uno de los 125 países que han ratificado el Estatuto de Roma y que, por tanto, está obligado a someterse a su marco legal. Esta fue la razón por la que la Fundación Hind Rajab presentó ante la justicia española la compilación de pruebas contra Mulla.
Sin embargo, el Ministerio Fiscal ha rebatido esta supuesta obligatoriedad. Según recoge el informe del 18 de septiembre, a cuya argumentación ha tenido acceso Público, la Audiencia Nacional no tendría competencias para investigar o juzgar los hechos en virtud del artículo 23 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ). Este abunda en que "la extensión de la jurisdicción nacional fuera de las propias fronteras (...) debe quedar circunscrita a los ámbitos que, previstos por el Derecho Internacional, deban ser asumidos por España en cumplimiento de los compromisos internacionales adquiridos". En concreto, los compromisos asumidos por España en relación a la jurisdicción universal y a la Corte Penal Internacional, están recogidos en la Ley Orgánica del 18/2003 de 10 de diciembre, donde se establecen las bases de la cooperación de la justicia española con la Corte Penal Internacional.
Según el artículo 7 de esta ley, "cuando se presentare una denuncia o querella en relación con sucesos ocurridos en otros Estados, cuyos presuntos autores no sean nacionales españoles y para cuyo enjuiciamiento pudiera ser competente la Corte, los órganos judiciales españoles se abstendrán de todo procedimiento informando de la posibilidad de acudir ante la Corte Penal Internacional". Por otro lado, explica la fiscalía, no se cumple el principio de territorialidad —que el delito se haya cometido en España— ni de personalidad activa —que el autor sea español o que haya adquirido posteriormente la nacionalidad— , ambos recogidos en la LOPJ.
De momento, se desconoce si estos argumentos son los mismos que utilizó la fiscalía en febrero de 2024, cuando rechazó admitir a trámite la querella presentada por la Fundación Hind Rajab contra otro militar israelí que se encontraba de vacaciones en la ciudad condal. Entonces, la denuncia fue dirigida contra el sargento del batallón 435 de la Brigada Givati, Mori Keiser. Según anunció la organización belga, remitieron a la Audiencia Nacional numerosas evidencias del militar cometiendo crímenes tales como la destrucción de escuelas de la ONU en la Franja de Gaza y de viviendas de civiles.
En otras ocasiones, Keiser habría hecho uso de estas infraestructuras para fines militares. Además, siempre de acuerdo a lo anunciado por la Fundación, existirían evidencias de que Keiser habría disparado indiscriminadamente contra viviendas palestinas, además de haber participado en el desplazamiento forzado de la población de Khan Yunis y en el asalto del Hospital Nasser, donde se le habría visto humillando a los detenidos palestinos. Este periódico no ha podido comprobar de manera independiente estas acusaciones.
¿Por qué la fiscalía sí investigará los crímenes de guerra en Gaza?
La decisión de la Audiencia Nacional de no admitir a trámite las denuncias contra los dos militares israelíes —Tameer Mulla y Mori Keiser— puede parecer incongruente con lo anunciado por el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, en las mismas fechas. El 18 de septiembre, Ortiz explicó que el Ministerio Fiscal había autorizado a la Fiscalía de Derechos Humanos y Memoria Democrática a abrir diligencias para investigar los crímenes cometidos en la Franja de Gaza. Estas se enmarcan en la incursión militar de Israel iniciada dos años atrás y que varios organismos internacionales estudian como posible genocidio.
Según han aclarado fuentes judiciales a Público, la diferencia fundamental entre un caso y otro está en el papel que desarrollaría España en cada una de las investigaciones. Porque, según han detallado, son dos cuestiones diferentes. Para empezar, las diligencias sobre Gaza, como explicó Dolores Delgado, fiscal de Derechos Humanos y Memoria Democrática, es, por así decirlo, un repertorio de pruebas para coadyuvar al Corte Penal Internacional. Esto, explican fuentes judiciales, es diferente a las querellas que se han presentado ante la Audiencia Nacional porque la argumentación jurídica es común, tal y como expone el informe de fiscalía.
Aun así, tal como explicó este periódico, las diligencias abiertas por España nacen limitadas como resultado de las reformas judiciales llevadas a cabo en 2009, por el Gobierno del PSOE, y en 2014, por el del PP. Ambas recortaron el alcance de la justicia universal en España hasta reducir sus competencias a las esgrimidas por los fiscales de la Audiencia Nacional en el caso de Tameer Mulla: principio de territorialidad y de personalidad activa. Esto impidió en su momento investigar el caso Couso —en el que un periodista español fue asesinado por EEUU durante la guerra de Irak— o el genocidio en el Tíbet cometido por China.
Querellas contra la impunidad
La Fundación Hind Rajab nació en 2024 en Bélgica con el objetivo de recabar pruebas del asesinato de Hind Rajab, una niña palestina de 12 años que fue acribillada a balazos por soldados israelíes junto a su familia mientras se desplazaban en coche en busca de un lugar seguro. Varias investigaciones independientes demostraron que, debido a la distancia a la que se encontraba el vehículo del tanque que los atacó, era muy probable que los soldados supieran que en el vehículo había niños. El pasado mes de mayo la organización anunció que había identificado al responsable del asesinato, el teniente coronel de la 401º Brigada Acorazada, Beni Aharon, y presentó las pruebas ante la Corte Penal Internacional.
En paralelo a la investigación de este caso, la Fundación ha recopilado pruebas contra decenas de militares —desde soldados rasos hasta altos mandos— que presuntamente habrían cometido crímenes de guerra en la Franja de Gaza. También han investigado en calidad de cómplices a quienes permitieron dichos crímenes y a quienes no hicieron nada por evitarlo. Muchas de estas pruebas han sido remitidas a la CPI, que desde 2024 investiga al primer ministro israelí, Benjamín Netanyahu y a su exministro de Defensa, Yoav Gallant —ambos del Likud— por la posible comisión de varios crímenes de guerra y de lesa humanidad. A finales de ese mismo año, el tribunal internacional emitió órdenes de arresto contra ambos.
De todas las querellas presentadas frente a tribunales nacionales, solo han tenido recorrido las presentadas contra dos soldados israelíes en Bélgica. Los dos militares fueron detenidos el pasado mes de julio mientras se encontraban en el festival de música electrónica Tomorrowland, que se celebra en la localidad de Boom, en Flandes. Bélgica aceptó a trámite la denuncia presentada por la Fundación y la ONG Global Legal Action Network, lo que autorizó a la policía belga a tomar declaración a los militares. Horas después fueron liberados y volvieron a Israel. En el caso concreto de Tameer Mulla, es la segunda vez que es denunciado en territorio europeo. La primera fue en julio del año pasado, en Chipre. Entonces, igual que ahora, las autoridades judiciales competentes no admitieron a trámite la querella. Público se ha puesto en contacto con la Fundación Hind Rajab para conocer su opinión sobre la decisión de la Audiencia Nacional si bien ha preferido no hacer declaraciones por el momento
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