¿Son auténticos o manipulados? El Supremo estudia los audios que incriminan a Cerdán en el 'caso Koldo'
Los informes elaborados por la UCO avalaron la autenticidad de las pruebas, pero también recogieron reservas e, incluso, llegaron a proponer "realizar estudios posteriores" en tres de los ocho audios.
La defensa del exdirigente socialista cuestiona las pericias oficiales por su "deficiencia crítica" y denuncia, entre otras cuestiones, la "ruptura insubsanable en la cadena de custodia lógica".

Madrid--Actualizado a
El juez instructor del Tribunal Supremo del caso Koldo, Leopoldo Puente, ha citado a declarar este jueves a los peritos que firmaron los informes de la Guardia Civil y de la defensa del exsecretario de Organización del PSOE Santos Cerdán sobre la autenticidad de las ocho grabaciones incautadas al exasesor ministerial Koldo García. Dichos audios sitúan al exdirigente socialista al frente de la presunta trama de mordidas a cambio de obra pública.
Los dos informes elaborados por cuatro agentes del Departamento de Ingeniería Digital del Servicio de Criminalística de la Benemérita fueron aportados a la causa a mediados de septiembre, después de que el magistrado solicitara en julio "sendos informes periciales relativos a unos concretos archivos de audio intervenidos en el presente procedimiento".
Sin embargo, la prueba pericial, que determinó su autenticidad, fue rebatida más tarde por un informe encargado por la defensa de Cerdán, "en cuyo contenido viene a ponerse en cuestión la metodología y las conclusiones que se reflejan en los informes referidos" de la Guardia Civil. En otras palabras, este decía que las grabaciones estaban "manipuladas".
Tras la remisión del informe pericial elaborado por Francisco Javier Martín Porras y Hernán López Mayoralas, el pasado 26 de noviembre, Puente convocó este jueves a los expertos "a fin de aclarar, completar o precisar el resultado de sus pericias, permitiendo así valorar, aun en los términos meramente indiciarios que siempre son propios de la fase procesal en la que nos encontramos, los referidos extremos".
Según consta en el auto, al que ha tenido acceso Público, el juez quiere "conocer, hasta donde resulte técnicamente posible, los extremos relativos a si las conversaciones que se reflejan en los archivos de audio (...) fueron grabados directamente en los terminales en los que se hallaron, o si pudieran proceder de otros archivos de audio después grabados en aquellos".
Por otro lado, Puente quiere saber si dichos archivos de audio (siete pistas grabadas con un teléfono móvil y otra realizada con una grabadora) resultan auténticos, "en el sentido de que pueda descartarse, en términos de razonabilidad, que hayan podido ser objeto de alguna clase de manipulación, corte o edición" dadas las "discrepancias entre los diferentes informes aportados a la causa".
La UCO avaló su autenticidad, aunque con reservas
La principal conclusión que establece uno de los dos informes elaborados por la Benemérita es que "del análisis y estudio realizado no se han identificado trazas que evidencien alteraciones, manipulaciones o comportamientos anómalos en la administración del sistema iOS relacionados con la aplicación Voice Memos y los audios objeto de estudio".
No obstante, recoge algunas reservas sobre la cronología de los audios incautados a Koldo García durante el registro de su vivienda. "Aunque la relación de los archivos de audio encontrados en el indicio digital, mantienen los metadatos de fecha de creación y modificación, la ausencia de registros y archivos de configuración complementarios que pudiera gestionar el dispositivo, limita la fiabilidad para establecer con precisión el momento exacto en que fueron grabados, no pudiendo establecer una cronología de hechos fiable".
En este sentido, ahonda en la "dificultad" a la hora de "precisar con exactitud las fechas reales de grabación", ya que el propio dispositivo de grabación "no guarda archivos de configuración donde se refleje una configuración horaria definida por el usuario". Y es que los metadatos del sistema de archivos en cuestión (FAT32) "son limitados en comparación con otros más complejos" (NTFS, EXT4 o APFS). En concreto, "únicamente registra fechas de creación, modificación y último acceso, careciendo de información sobre los permisos de usuario, journaling o historial de modificaciones".
Sobre la acústica de los audios, los peritos señalan en otro informe que los resultados encajan más con la hipótesis de la autenticidad. "Es más probable observar los resultados del conjunto de los análisis de autenticidad efectuados sobre los archivos dubitados si la hipótesis de autenticidad es la que se considera verdadera que si se considera verdadera la hipótesis contraria", indican.
No obstante, los peritos también destacaron que "la fecha de etiquetado distaba seis meses de la de grabación" de un audio. Asimismo, en tres de ellos, los agentes creyeron que era necesario "realizar estudios posteriores" y en otro, manifestaron que fue editado minutos después de ser grabado.
"El hecho de que, presumiblemente, por parte de la persona que realizó la grabación se haya hecho una edición en la misma nada más finalizar el registro, motiva que la fecha de codificación se produjese aproximadamente 6 minutos después de lo que sería esperado", dice el informe en relación a esta grabación.
La defensa considera las pruebas "manipuladas"
Las dudas manifestadas en los informes de la UCO respaldan las sospechas de la defensa de Cerdán sobre la autenticidad de los audios, que fueron elevadas a categoría de informe presentado por la defensa el pasado 26 de noviembre. Estos peritos consideran "acreditado un conjunto convergente de incoherencias técnicas, temporales, estructurales y metodológicas".
En primer lugar, el documento constata que los audios presentan "anomalías objetivas e incompatibles con un ciclo de vida digital nativo, tales como divergencias de frecuencia de muestreo y bitrate [datos digitales] entre archivos supuestamente generados con la misma aplicación y dispositivo; desfases significativos entre el tiempo real de grabación y el tiempo de codificación; y coincidencias masivas en fechas de modificación que solo pueden explicarse por exportación, reensamblaje o manipulación técnica en un único evento de sistema".
A la "deficiencia crítica en las pericias oficiales" se suma la presencia de "firmas de versiones de iOS [sistema de los iPhones] cronológicamente imposibles para las fechas que figuran en los nombres y metadatos de los archivos", relata el documento de la defensa en referencia a la "identificación de rastros simultáneos de iOS 12.2 e iOS 13.1.2 en audios atribuidos a abril de 2019", que constituye una "imposibilidad técnica categórica: ningún dispositivo puede incorporar huellas de un sistema operativo que no existía en la fecha declarada de creación". "Esta circunstancia implica, de manera irrefutable, que los archivos fueron procesados, reconstruidos, transferidos o manipulados en un momento posterior, quedando descartada su supuesta originalidad", destacan.
Los peritos recalcan la "ruptura insubsanable" en la cadena de custodia lógica de la evidencia. En este contexto, "no es posible afirmar con certeza que los archivos examinados correspondan a las primeras copias forenses obtenidas por las unidades actuantes, ni que no hayan pasado por procesos intermedios de copia, reindexación, restauración o manipulación".
Por otro lado, el análisis de la calidad técnica de los audios evidencia que estos "no reúnen los requisitos mínimos exigidos para una identificación biométrica de locutor". Y es que presentan niveles bajos de relación señal-ruido, pérdidas de frecuencia y solapamientos acústicos que "comprometen la fiabilidad del análisis vocal". Esto les lleva a asegurar que "no puede sostenerse científicamente que las voces analizadas correspondan a una misma persona, ni que puedan atribuirse con fiabilidad a individuo concreto alguno".


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