Entrevista a José Antonio Martín Pallín, magistrado emérito del Tribunal Supremo"Nos sorprende la arrogancia y las malas formas del auto del Supremo"
Será de nuevo el juez Marchena quien redacte la respuesta respecto al recurso de súplica de los querellantes contra Juan Carlos de Borbón por cinco delitos fiscales.

Madrid--Actualizado a
El grupo de juristas e intelectuales artífice de la primera querella contra Juan Carlos de Borbón por cinco delitos fiscales correspondientes a los ejercicios 2014 a 2018 ya ha presentado un recurso de súplica ante la misma Sala que ha desestimado la querella. El magistrado emérito del Supremo José Antonio Martín Pallín, director jurídico de la querella, conversa con Público sobre los argumentos del recurso; todo un duelo dialéctico entre él y su sucesor en la Sala Segunda, el magistrado Manuel Marchena.
¿Qué les parece el auto de la Sala Segunda que desestima la querella, ponencia del magistrado Marchena?
No esperábamos una contestación tan arrogante y desprovista de buenas formas, teniendo en cuenta que la dicta el Tribunal Supremo. Nos llama "entusiastas valedores" de unos intereses tributarios que ya han sido satisfechos y yo le contesto en el recurso que afortunadamente no hemos perdido el entusiasmo por las causas justas y nuestra capacidad de indignación frente a las injusticias. Repito: nos sorprende la arrogancia y las malas formas que en algunas expresiones se contienen en el auto.
¿Cuáles son las fundamentaciones del recurso?
Hacemos ver que no se han practicado las diligencias de prueba solicitadas; en primer lugar solicitábamos que se requiriera a la Fiscalía General del Estado las diligencias de investigación 40/2020 [investigación preliminar de la Fiscalía sobre presuntos delitos relacionados con la ocultación de la fortuna del emérito, archivada en marzo de 2022]. En un proceso penal lo válido es exclusivamente el documento oficial que acredita fehacientemente los hechos en los que apoyábamos la querella. Nos sorprende, por tanto, que en el auto se hagan continuas referencias al contenido de dichas diligencias, que no están aportadas, no figuran en las actuaciones. Por lo que las referencias que hace el auto deben basarse en documentos obtenidos de las redes sociales.
Parece que el relato del juez Marchena es íntegramente el que utilizó la Fiscalía para oponerse a su querella contra el emérito.
Eso parece. Nos reprocha que no hayamos presentado pruebas. Pero la prueba es el documento de la Fiscalía, que el Supremo no ha solicitado. Esto podría ser una causa de nulidad. Lo que ha hecho el Tribunal Supremo con nuestra querella es, como no se atreve a inadmitirla de entrada, considerar que la admitió y que la pasó a la Fiscalía; y a la vista del informe del fiscal la desestima. Pero al no haberse pronunciado sobre las pruebas nos allana al camino al Tribunal Constitucional.
El auto tiene una extensión de 26 folios, de los que, descontando el encabezamiento y la parte dispositiva, aproximadamente once, se dedican a reproducir, entrecomillados, parte de los argumentos que expone la Fiscalía para oponerse a la querella. Esto ya dice mucho.
¿Qué derecho fundamental podría estar vulnerando el Supremo y que podría articular un recurso de amparo al TC?
El derecho a la tutela judicial efectiva.
¿Qué otras pruebas pidieron ustedes infructuosamente en la querella?
Pedíamos también que se solicitara a la Fiscalía todas las notificaciones enviadas a la representación legal de Juan Carlos de Borbón y Borbón, con fechas 24 de junio de 2020 y 6 de noviembre de 2020, comunicándole la existencia de unas diligencias de investigación para depurar la posible existencia de hechos con relevancia tributaria.
¿Por qué son importantes esas notificaciones?
Porque el asunto central de la querella son los efectos de la regularización tributaria que realizó Juan Carlos de Borbón. Creemos que esos efectos previstos en el artículo 305.4 del Código Penal se han aplicado indebidamente ya que no concurren los requisitos legales previstos para que pueda estimarse la existencia de la excusa absolutoria que lleva aparejada una regularización correcta. Es decir, la Fiscalía avisó a la representación legal de Juan Carlos de Borbón de que le estaba investigando antes de que se efectuara las regularizaciones. Y eso es lo que planteábamos en la querella y que ha quedado sin respuesta.
El juez Marchena no se pronuncia sobre este extremo, sino que replica lo que dice la Fiscalía, sobre que las regularizaciones fiscales fueron espontáneas y, por tanto, válidas.
En efecto. Y la cuestión es sencilla, y ahora en el recurso, volvemos a preguntárselo: lo único que tiene que contestar es si a la vista de las pruebas se puede establecer que el representante legal de Juan Carlos de Borbón tuvo conocimiento de que la Fiscalía estaba investigando hechos con relevancia tributaria, ¿sí o no?
¿Creen que el recurso de súplica tendrá algún efecto?
Hay que esperar. El recurso debe estudiarlo el mismo ponente del auto. Hay dos opciones: el Supremo lo puede razonar o puede contestar que se reafirma en lo dicho.
El recurso es curioso, permítame la expresión, porque al margen de una sólida argumentación jurídica, parece que se trata de un ejercicio dialéctico dirigido al juez Marchena. Usted estuvo 17 años destinado en la Sala Segunda, la misma a la que llegó él después para ocupar su lugar. ¿Se esperaba un archivo así?
No. Es que se va por los 'cerros de Úbeda', y así se lo digo directamente en el recurso. Malgasta más de diez folios del auto en reprocharnos nuestra falta de conocimientos al haber formulado una querella deslavazada, sin documentos que la apoyen y poco menos que disparatada. En nuestra opinión, no se ha centrado en la cuestión.
Les viene a reprochar además que como un grupo de ciudadanos hayan interpuesto la querella por delitos fiscales.
Dice que la acusación popular carece de legitimación para constituirse como acusación en exclusiva en un delito contra la Hacienda Pública cuando ni el Ministerio Fiscal ni la Abogacía del Estado formulan acusación. Es como decir que es un delito privado el fraude fiscal del que solo está legitimado para reclamar la Abogacía del Estado. Mire, no. Vamos a recordar lo que dijo la Abogacía del Estado en el juicio contra la infanta Cristina en Palma de Mallorca, respecto de la naturaleza jurídica del delito contra la Hacienda Pública: "El eslogan de que 'Hacienda somos todos' es solo un eslogan publicitario".
Comentarios de nuestros socias/os
¿Quieres comentar?Para ver los comentarios de nuestros socias y socios, primero tienes que iniciar sesión o registrarte.