Este artículo se publicó hace 2 años.
El Gobierno ampliará las penas de maltrato animal hasta los dos años de prisión
El Consejo de Ministros aprueba este viernes la Ley de Protección de los Animales que impedirá el sacrificio de animales de compañía salvo por cuestiones veterinarias.
Alejandro Tena
Madrid-Actualizado a
El Consejo de Ministros aprueba este viernes el anteproyecto de reforma del Código Penal que contempla una ampliación de las penas por maltrato animal. De esta forma, las condenas llegarán hasta los 24 meses de prisión en caso de muerte y de 18 meses si los hechos implican que el ser vivo tenga que recibir atención veterinaria, según informan a Público fuentes del Gobierno.
Además este viernes se aprueba el anteproyecto de la Ley de Protección Animal, impulsada desde el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, una de las medidas más destacadas de la legislatura impulsadas desde el gabinete de Ione Belarra. La norma establece ciertos avances y recoge algunas demandas de los colectivos animalistas como el denominado sacrificio cero, que prohibirá dicho acto en animales de compañía salvo que haya motivos sanitarios acreditados.
La norma también establece avances importantes como el primer registro estatal de animales de compañía, que permitirá identificar y tener conocimiento del número concreto de perros, gatos y demás seres. Se trata de uno de los primeros pilares para poder perseguir el abandono y para mejorar el seguimiento de la vacunación. Además, la nueva ley pone barreras a la cría de animales clandestina y establece la obligación de un certificado profesional para poder ejercer la cría. Se prohibirá también la venta de animales en tiendas y la muestra de las mismas en escaparates para fines comerciales.
En otro orden de cosas, se prohíben a nivel Estatal los circos con animales salvajes, reforma que ya fue acometida a nivel autonómico en determinadas zonas del país como Navarra, Extremadura o Asturias. El texto también contempla restricciones para el empleo de animales en cabalgatas y belenes, así como un mayor control de los caballos en romerías, impidiendo que los équidos arrastren grandes cantidades de peso. Los zoos y los delfinarios, otro de los puntos negros del maltrato, también modificarán su función y dejarán de servir al ocio recreativo para convertirse en centros de recuperación de especies autóctonas.
El Estado tendrá un control de las personas que hayan cometido cualquier acción que les haya inhabilitado legalmente para tener animales o desarrollar actividades con ellos. Así, se creará un registro específico donde se inscribirá a toda persona física o jurídica que haya quedado inhabilitada penal o administrativamente. Este listado se nutrirá de los datos aportados por las comunidades autónomas, entidades locales y departamentos ministeriales competentes.
La ley prohibirá los collares de pinchos para perros y los collares estranguladores utilizados habitualmente para el adiestramiento de canes. Tampoco se podrán emplear utensilios de descarga eléctrica. Por último se castigará a aquellos propietarios que mantengan de manera permanente a sus mascotas en terrazas, balcones, trasteros, sótanos, patios, azoteas o en vehículos. De esta forma, no se podrán dejar sin supervisión humana durante más de tres días consecutivos, en el caso de los canes, este plazo se restringe a las 24 horas.
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