Este artículo se publicó hace 3 años.
Las mascotas serán consideradas por el juez como un hijo más en caso de divorcio
El Gobierno, con la modificación de la ley sobre el régimen jurídico de los animales, prohíbe específicamente el sacrificio de los animales de compañía, exceptuando razones sanitarias o eutanásicas.
Madrid-Actualizado a
Las mascotas serán consideradas por el juez como un hijo más en caso de divorcio, eso es lo que indica la Proposición de Ley que modifica el régimen jurídico de los animales que se aprobó el pasado martes en el Congreso. Con esta modificación, los animales dejan de ser consideradas cosas o bienes inmuebles por lo que adquieren derechos como las personas.
Esta reforma legislativa que modifica el Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil sobre el régimen jurídico de los animales, está pendiente de tramitación en el Senado. Fue aprobada por 22 votos a favor y permitirá dejar de considerar a los animales como bienes inmuebles y dividir como si fuesen un piso en caso de herencias o embargos.
Así, pasan los animales a ser seres sintientes en la ley española y por tanto, la Justicia será la que determine su régimen de custodia en procesos de divorcio o separación en base a lo que estime mejor para el animal.
Manutención y régimen de visitas
Con esta reforma las mascotas adquirián los mismos derechos que una persona, por lo que en caso de divorcio el juez tendrá que determinar las condiciones en las que se quedan los hijos y las propiedades de la pareja, y a su vez está encargado de asegurar cual será el futuro de las mascotas familiares.
De esta forma, estos animales tendrán los mismos derechos que los hijos de la pareja, con su régimen de custodia, las visitas u otras medidas cautelares como la manutención.
Se denegará la custodia compartida de los hijos en casos de maltrato animal
La ley se ha aprobado con una enmienda del Partido Nacionalista Vasco (PNV) que recoge que, maltratar a la mascota, o amenazar con hacerlo, supondría, en caso de divorcio, que a la persona que haya empleado la violencia con el animal se le niegue la custodia compartida de los hijos.
De esta manera, a nivel legal sería una forma de violencia vicaria en la que se usa a la mascota para maltratar o amenazar a la expareja.
Dejarán de ser considerados bienes semovientes
Cambia la consideración de los animales, ya que hasta el momento civilmente eran bienes semovientes, es decir, "bienes muebles que se mueven". Por lo que cuando embargaban una vivienda, si los animales estaban dentro se les podían embargar, al igual sucedía en caso de desahucio.
Ya no se les separará de sus dueños en caso de embargo o deshaucio
Con esta modificación no podrán ser retenidos ni separados de sus dueños en ningún caso, ya que en la legislación se recoge que los animales son "seres vivos dotados de sensibilidad".
Por lo tanto, el objetivo es que los derechos de posesión de los animales se ejerzan siempre atendiendo a su bienestar y protección.
Prohibido el sacrificio de los animales de compañía
El Gobierno prevé incluir una serie de herramientas destinadas al "abandono cero" en esta ley, según ha detallado la ministra de Derechos Sociales, Ione Belarra.
Además, se incluirá la prohibición del sacrificio de los animales de compañía, a excepción de razones sanitarias o eutanásicas.
También, ha precisado la ministra que se pondrá "fin al disfrute cruel" con el maltrato animal y la "permisibilidad de las instituciones" con estas situaciones. Así, se prohibirán las peleas de gallo, el tiro al pichón y el tiro al tubo. Y en los circos estará prohibido el uso de animales salvajes o tener animales silvestres en domicilios.
Comentarios de nuestros suscriptores/as
¿Quieres comentar?Para ver los comentarios de nuestros suscriptores y suscriptoras, primero tienes que iniciar sesión o registrarte.