La modificación de la ley del 'solo sí es sí' que impulsa el PSOE no frenará la rebaja de condenas a violadores
Una modificación de la norma no impide que esta se siga aplicando retroactivamente para delitos cometidos antes del cambio de una ley. Diversos juristas afirman que la decisión de Moncloa responde más a una necesidad política que jurídica.
Marisa Kohan
Madrid-
Desde el mes de noviembre, cuando comenzaron a conocerse las primeras rebajas de condenas a violadores acordadas por algunos tribunales, el ala socialista del Gobierno comenzó a hablar de la necesidad de reformar la ley del solo sí es sí para frenar el goteo de sentencias a la baja que ya se intuía irían creciendo con el paso de los meses. Nada más conocerse las primeras sentencias que beneficiaban a los violadores, algunos cargos y ministras del PSOE comenzaron a hablar de la necesidad de mejorar o reformar la norma. Fue el caso de la Ministra de Hacienda, María Jesús Montero o la de defensa, Margarita Robles.
Entonces el presidente del Gobierno afirmó que había que tener paciencia y esperar a que el Tribunal Supremo sentara jurisprudencia. Las presiones sobre Unidas Podemos y en especial hacia la ministra de Igualdad, Irene Montero, fueron constantes en este sentido, sin que se haya llegado a un acuerdo. Igualdad siempre se ha mostrado reacia a tocar una norma que tanto desde su departamento como desde el resto del Gobierno de coalición (incluido el PSOE) se ha considerado que era una "ley sólida".
Este sábado, sin embargo, Moncloa deslizó que la ley se modificará lo antes posible para mejorarla y pidieron a Irene Montero que ponga sobre la mesa una propuesta para ello. La constante rebaja de condenas a violadores (algunas fuentes afirman que se acercan a las 300 y que 17 violadores han sido puestos en libertad) ha creado alarma social y comienza a pesar como una losa para el Gobierno en un año electoral.
Sin embargo, ningún cambio que se proponga sobre la norma impedirá que se siga produciendo el goteo de rebajas de condenas. No está claro cuáles son los cambios que propone el socio de Unidas Podemos en el Gobierno. No los han aclarado. Pero sí ha puesto presión sobre Irene Montero para que acometa una modificación de la ley cuanto antes.
Tal como explican los juristas, esta modificación podrá cambiar o reformar aspectos de la norma, pero en ningún caso supondrá un freno a las rebajas de penas. Entre otros motivos, porque la ley y la jurisprudencia lo prohíben.
Aunque el Gobierno se empeñe en la elaboración de una nueva norma o en la modificación de la actual en un tiempo récord, nuestro Código Penal y la Constitución garantizan al reo el derecho fundamental de que se le aplique la ley más beneficiosa. En nuestro país, como en todo Estado de derecho, existe una figura que se llama ley intermedia. Esto supone que aunque una ley sea derogada por otra, la anterior (ley intermedia) debe seguir aplicándose de forma retroactiva para todos los delitos ocurridos antes de su derogación si ésta es más favorable para el condenado.
Daniel Amelang, abogado experto en derecho penal de Red Jurídica, señala que "la decisión que exige Moncloa es más política que jurídica, para dar apariencia de que se toman medidas ante las revisiones de condenas. Pero no es cierto. Lo que haga ahora no se aplicará retroactivamente", explica a Público. "Una vez que una ley esté aunque sea un minuto en el BOE [Boletín Oficial del Estado], las leyes posteriores que se aprueben sólo tendrán efecto para los delitos cometidos a partir de la entrada en vigor de la nueva norma, no para los cometidos antes".
Para Manuel Cancio, catedrático de Derecho Penal de la Universidad Autónoma de Madrid (UAM), "si el objetivo es frenar la revisión de penas de violadores ya condenados, el cambio de la norma no sirve a este propósito. Sería un parche que no solucionaría el problema y que podría generar otros si se hace con prisas. En el caso de que esta ley se derogue y se vuelva al código penal anterior (es decir, al que distinguía entre abuso y agresión y que miraba la fuerza y la intimidación para decidir las penas), las rebajas seguirían aplicándose siempre y cuando los hechos delictivos se hayan producido cono anterioridad a la derogación".
Donde sí se aplicará la posible nueva ley será en los delitos que ocurran a partir de la entrada en vigor de una hipotética nueva ley. Por ello, es difícil conocer cuáles son las propuestas del Partido Socialista en relación a la norma. Si la ley es sólida, tal como afirman insistentemente desde el Gobierno, los juristas no se ponen de acuerdo en qué debería tocar un parche o una modificación de la ley.
Una ley con penas más altas
A pesar de la alarma social por el goteo de rebajas de penas, diversos juristas afirman que la nueva ley propone penas más altas que la anterior. Es el caso de los delitos que antes de la norma se calificaban como abusos sexuales, y que ahora tienen penas más elevadas. "En los delitos de abusos, con la ley anterior el condenado podía no entrar en prisión. Ahora es prácticamente imposible que no lo haga. Además, las agresiones sexuales, si bien se han bajado algunos mínimos, ahora tienen muchos agravantes y se pueden traducir en penas mas altas", añade Almelang. Una afirmación que es compartida por otros expertos, como Cancio.
Desde Unidas Podemos denuncian que las presiones que está recibiendo el PSOE para cambiar la ley podría devolver la norma al Código Penal anterior y sacar el consentimiento (una pieza clave) del centro de la norma. Tal como explican algunos juristas, existe una división entre los expertos que opinan que sería necesario volver a un modelo que distinga entre los dos delitos para clarificar las penas. Es decir, volver a un esquema en el que cuando no exista violencia ni intimidación tengan penas diferenciadas de aquellos en los que estos supuestos existan, aunque el abuso se denomine de otra forma para no crear rechazo social.
Una de las piezas claves de la ley en lo que se refiere al Código Penal fue el aunar estos dos delitos en un solo tipo: la agresión sexual. Esto supuso la creación de abanicos de penas más amplios que en algunos casos rebajaron el mínimo de las penas anteriores para incorporar los delitos de menos entidad que antes se denominaban abusos sexuales. Esto es lo que ha sido utilizado por algunos tribunales y audiencias provinciales para rebajar las condenas a los ya penados. Si antes el delito por violación iba de los seis a los 12 de prisión, ahora la horquilla es de cuatro a 12. Igualdad confiaba en que una buena interpretación de la ley no iba a producir rebajas significativas de condenas. Pero el hecho de que se toquen los tipos penales siempre puede llevar aparejado este beneficio para el reo, un derecho fundamental reconocido en la Constitución (artículo 25) y en el Código Penal (artículo 2.2). Las consecuencias indeseadas o no calculadas de la nueva norma han producido un cisma social y político en torno a esta ley.
La norma nació al calor de las protestas por la primera sentencia de La Manada de Pamplona, cuando la Audiencia Provincial consideró que la violación de cinco hombres a una joven era un abuso sexual porque no se consideró que hubiera habido violencia ni intimidación. El Tribunal Supremo vino a corregir la sentencia y a resaltar que, según los hechos probados, se trataba de una violación en donde la violencia y la intimidación habían sido una de las claves, por lo que elevó las penas de prisión a 15 años. Las protestas sociales fueron masivas, acuñando la frase de "no es abuso es violación" o "hermana, yo sí te creo".
El consentimiento, una obligación legal
Pero centrar la ley en el consentimiento no es un capricho del Ministerio de Igualdad. Nuestro país ratificó en 2014 el convenio de Estambul, una norma internacional del Consejo de Europa, que afirma que los Estados deben reconocer todas las violencias hacia las mujeres y hacer pivotar las legislaciones en torno al consentimiento y no sobre el uso de la violencia o la intimidación, que obliga a las víctimas a demostrar cuánto se resistieron a la agresión. España estaba obligada a reformular la manera en la que se juzgaban estos delitos, puesto que los tratados internacionales ratificados por el Estado pasan a ser normas internas de obligado cumplimiento.
Tal como han afirmado a lo largo de los últimos meses desde Igualdad, la norma no supone un cambio de algunos tipos penales, sino un cambio de paradigma en la forma de juzgar. También un cambio radical en la protección, prevención y reparación de las víctimas de los delitos sexuales, tal como obligan las normas internacionales.
Algunos juristas afirman que se puede mantener el consentimiento en un esquema de dos tipos penales, pero en algunos casos no ven la necesidad. Mucho menos se si realiza mediante una reforma exprés de la ley que pueda causar más confusión que beneficio.
Para Cancio, las penas que contiene la ley del solo sí es sí no suponen un problema. "En España, las penas por estos delitos son ya altas, bastante más que en otros países de nuestro entorno y las revisiones de condenas que estamos viendo en general van desde la rebaja de unos meses a dos años como máximo". A su entender se trata de un ajuste que ocurre cuando hay modificaciones del Código Penal, aunque en este caso el cambio de modelo ha sido radical por el hecho de aunar dos delitos en uno.
A la espera de jurisprudencia del Supremo, que no llega
Hacia mediados de noviembre pasado, desde el Gobierno se esperaba la jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre la ley. El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, pedía paciencia ante las primeras rebajas de condenas y apostaba a que fuera el Supremo quien marcara el paso. Desde entonces, el Alto Tribunal ha dado una de cal y otra de arena. Por un lado, en las últimas decisiones sobre casos de violencia sexual deja entrever que si las sentencias afirman explícitamente que se aplica la pena mínima y esta ha bajado con la nueva norma, se debe aplicar la nueva mínima. Una decisión que algunos juristas respetan, pero con la no acaban de estar de acuerdo. Por otro lado, si la pena está en el medio de la horquilla, el Supremo entiende que no se debe de tocar siempre que la misma pena pueda ser impuesta por la ley del solo sí es sí. En todo caso, afirma el Supremo, hay que mirar caso por caso.
El Supremo tenía la potestad de haber convocado de urgencia la Sala de lo Penal para analizar y dar indicaciones de cómo interpretar las revisiones de condena con la nueva norma, pero hasta la fecha no lo ha hecho.
Nadie sabe a ciencia cierta cuáles son los cambios que debería incorporar una nueva ley, ni en qué medida se debe corregir si no es posible detener el efecto de las rebajas de penas.
Pese a la buena sintonía que los socios de Gobierno quieren escenificar de puertas hacia afuera, la realidad es que los mensajes emitidos este sábado por ambos lados de la coalición dejan claro el fuerte desencuentro en relación a la reforma de la ley y cómo atajar un problema que ha generado alarma social en un año clave con elecciones a la vista.
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