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Los operadores deberán garantizar la portabilidad en un día y la baja en dos

Además, el Gobierno da derecho al usuario a resolver el contrato si hay cambios unilaterales y a no recibir 'spam' telefónico

EUROPA PRESS

La Carta de Derechos del Usuario de Telecomunicaciones, aprobada hoy por el Consejo de Ministros, prohíbe al operador realizar modificaciones unilaterales si no están previstas 'expresamente' por anticipado en el contrato, agiliza los procesos de reclamaciones y de resolución de contratos, facilitando además el proceso de reclamaciones.

En concreto, el operador deberá avisar al abonado con un mes de antelación, y éste tendrá derecho a resolver el contrato sin penalización en caso de desacuerdo con las modificaciones contractules. Asimismo, con la misma antelación, las modificaciones también deberán ser comunicadas a la Administración y a las asociaciones de consumidores.

La Carta incluye nuevas normas para mejorar la información al usuario. En este sentido, en los contratos deberá figurar la posible existencia de períodos mínimos de contratación y de vínculos entre el contrato de servicio y la adquisición de un terminal y las consecuencias de su incumplimiento.

Por otra parte, se agiliza el proceso que un operador tiene para dar de baja a un cliente, que pasa de 15 a dos días, y se compensará la interrupción del servicio en telefonía e Internet sin necesidad de solicitud previa.

En cuanto a los procesos de cambio de operador, el plazo máximo para la portabilidad, clientes que cambian de operador conservando su número, se reducirá a sólo un día, una vez que la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) apruebe las especificacones necesarias.

Con respecto a las altas fraudulentas, la nueva norma aprobada por el Ejecutivo otorga a la Administración mayores poderes sanciondores frente a los operadores en casos de slamming, alta de un usuario con un operador sin su consentimiento.

Por otra parte, la Carta refuerza el derecho a una indemnización por interrupción del servicio en telefonía e Internet. Todos los usuarios tendrán derecho a la indemnización, tanto en telefonía fija como en móvil, sin necesidad de que el usuario la solicite si la cuantía es superior a un euro.

En las interrupciones del servicio de acceso a Internet, la compensación será también automática en caso de que las averías acumulen una duración de seis horas, en el horario de 8.00 a 22.00 horas.

Además, el Gobierno prohíbe a las compañías publicitar velocidades que excedan de la permitida por una determinada tecnología. Además, los operadores estarán obligados a informar a los usuarios, antes de contratar, sobre los factores que influyen en la velocidad efectiva de su línea.

El Consejo de Ministros también aprobó hoy la remisión a las Cortes por el que se modifica el régimen legal de la competencia desleal y de la publicidad ilícita, entre los que destaca que se perseguirá el 'spam' telefónico.

El Gobierno entiende que estas prácticas (enviar mensajes no deseados, principalmente publicitarios) son 'desleales' y, por tanto, perseguibles.

La intención de este texto es aumentar la seguridad de los consumidores y proporcionar seguridad jurídica a las empresas para que compitan legítimamente en el mercado.

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