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El juez Ruz rechaza prohibir la manifestación de Bilbao contra la dispersión de presos de ETA

Cree que no hay indicios de que sea un delito de enaltecimiento del terrorismo. La marcha deberá pasar aún el filtro de otro juez de la Audiencia para celebrarse

ANDRÉS MUÑIZ

El juez de la Audiencia Nacional Pablo Ruz ha acordado este viernes no prohibir la manifestación convocada para este sábado en Bilbao por la plataforma 'Tantaz tanta' (Gota a gota) en contra de la dispersión de presos de ETA, por entender que, a priori, no puede sostenerse que haya indicios de que suponga un delito de enaltecimiento del terrorismo.

Según informaron fuentes de la Audiencia, el juez ha dictado un auto en el que no acepta la petición del fiscal Carlos Bautista de prohibir el acto, aunque sí concede remitir el caso a su colega, el juez Eloy Velasco, para que, como instructor de la causa contra Herrira, determine si la manifestación supone un incumplimiento de la suspensión de actividades de esa plataforma de apoyo a los presos de ETA.

Ruz, tras analizar los informes de la Policía y la Fiscalía, señala que no se han aportado en modo alguno elementos suficientes que permitan superar la fase de sospecha y alcanzar la de alta probabilidad indiciaria que considera exigible para apreciar el delito de enaltecimiento del terrorismo. No obstante, ordena a la Ertzaintza que estableza las medidas de control necesarias para que durante la marcha de Bilbao no se produzcan delitos de justificación del terrorismo o menosprecio a las víctimas, y, en caso de que se produzcan, identifique a los autores e instruya las diligencias oportunas.

El juez se apoya en la reciente doctrina del Tribunal Supremo en casos similares, donde ha establecido que ese tipo de reivindicaciones (rechazo a la dispersión de presos) no comprenden expresiones de elogio o justificación de actos terroristas.

No obstante, siguiendo el criterio del fiscal cuando advierte de la posible vulneración o incumplimiento de la resolución del juez Eloy Velasco que acordó la suspensión de actividades de Herrira, Ruz acuerda deducir testimonio a su colega, para que sea él quien valore esos extremos, ya que conoce todo ese sumario y sabe el alcance, límites y eficacia de su auto de 27 de septiembre de 2013 que ordenó el cese de actividades de la plataforma Herrira.

De este modo, la manifestación de Bilbao deberá pasar aún el filtro de otro juez de la Audiencia Nacional. Además, el auto de Ruz es recurrible por la Fiscalía de la Audiencia.

El juez Ruz remite la resolución y un oficio al departamento de Interior del Gobierno Vasco 'al objeto de que proceda al pertinente control y seguimiento' de la manifestación, 'adoptando las medidas necesarias para evitar que (...) se realicen actos que pudieran ser constitutivos de delito de enaltecimiento o justificación de delitos terroristas o de quienes hayan participado en su ejecución, o de descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas o sus familiares, y en caso de que se produjeran, proceder a la identificación de sus autores, con instrucción de las correspondientes diligencias'. 

 

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