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Prohíben a un hombre poseer y convivir con animales durante cuatro años tras matar a su perro

Habitualmente las condenas sólo contemplan la inhabilitación para la tenencia de animales, pudiendo el condenado convivir igualmente con ellos, teniendo la titularidad de los animales a nombre de otra persona.

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Esta sentencia supone un gran precedente jurídico para los futuros casos de maltrato animal.

La Fundación para el Asesoramiento y Acción en Defensa de los Animales
(FAADA) ha publicado en sus redes sociales que la Audiencia Provincial de Barcelona ha sentenciado a un hombre a no poder tener ni convivir con animales durante cuatro años debido a que mató a golpes a su perro de forma deliberada.

El suceso ocurrió a principios de 2020 y fue el mes pasado cuando se dictó la sentencia. La FAADA pudo intervenir como acusación particular para la defensa y representación de los animales.

La sentencia a la que se llegó fue de conformidad, es decir, ambas partes llegaron a un acuerdo. Desde FAADA aseguran que han aceptado llegar a una acuerdo en este caso, porque el acusado iba ebrio y había consumido drogas (cocaína y cánnabis) cuando cometió el delito, por lo que, en caso de llegar a un juicio podría haber terminado en absolución o en una rebaja de la pena y de las inhabilitaciones.

De esta forma, se ha llegado a la máxima pena de inhabilitación
para la tenencia y convivencia con animales: seis meses en prisión y cuatro años sin la posibilidad de tener y convivir con cualquier animal. Además, el acusado ha sido condenado a una multa de 1.080 euros por resistencia a la autoridad.

Este caso es pionero en España debido a que, habitualmente, las condenas sólo contemplan la inhabilitación para la tenencia de animales, pudiendo el condenado convivir igualmente con ellos, teniendo la titularidad de los animales a nombre de otra persona, como un familiar. En este caso, se prohíben ambos asuntos.

Esta sentencia supone un gran precedente jurídico que podría determinar futuros casos de maltrato animal. 

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