Este artículo se publicó hace 14 años.
Un etarra absuelto y otro condenado a 319 años por asesinar al general Justo Oreja
La Audiencia Nacional ha condenado a 319 años de cárcel al etarra Juan Luis Rubenach Roig por el atentado con bicicleta-bomba que costó la vida al general Justo Oreja Pedraza el 28 de junio de 2001 en Madrid, mientras que el segundo acusado, Gorka Palacios Alday, ha sido absuelto por falta de pruebas.
En su sentencia, la sección tercera de la Sala de lo Penal considera que la participación de Rubenach en estos hechos ha quedado "plenamente probada" (se encontraron huellas suyas en un vehículo utilizado en el atentado), pero no así la de Palacios, porque no existe "un dato fáctico que corrobore" su intervención.
La absolución de Palacios no implica no obstante su excarcelación, ya que actualmente cumple una condena de 83 años por el asesinato del policía nacional Luis Ortiz de la Rosa.
En relación a este atentado, el fiscal Pedro Rubira reclamaba para los dos acusados 319 años y como prueba contra Palacios esgrimió únicamente las declaraciones policiales de los integrantes del comando "Buru Ahuste", Ana Belén Egües y Aitor García Aliaga, ya condenados a 323 años por estos hechos.
Para el tribunal, las declaraciones de estos dos etarras, según la jurisprudencia del Tribunal Supremo, son insuficientes para condenar a Palacios porque sus manifestaciones no pueden asumirse por sí solas como veraces cuando se carece de otro dato que venga "a respaldar la verosimilitud, sin sombra de duda, de la inculpación".
En el caso de Rubenach, los magistrados Alfonso Guevara (presidente), Guillermo Ruiz Polanco (ponente) y María Ángeles Barreiro cuentan sin embargo con una prueba de cargo como es "el hallazgo de las huellas dactilares del acusado" en un vehículo sustraído para este atentado y que después explosionaron.
Así, considera probado que Rubenach "ideó y decidió la ejecución del atentado" y asumió "la misión de confeccionar el explosivo" que él mismo entregó a los otros dos acusados ya condenados.
Los explosivos, prosigue la sentencia, fueron depositados en el vehículo sustraído y que Rubenach dejó estacionado en las inmediaciones del domicilio de la víctima, y de donde, Egües y Aliaga, sacaron la bicicleta en la que colocaron la bomba.
Además de a la pena de prisión, el tribunal condena a Rubenach al pago de cuantiosas indemnizaciones, principalmente, para la viuda del general, a la que corresponden 70.000 euros, y a cada uno de sus cuatro hijos con 20.000.
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