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El Gobierno aprueba la ley del aborto ante las críticas de los antiabortistas

Fija en 16 años la mayoría de edad para decidir sobre la interrupción voluntaria del embarazo

PATRICIA RAFAEL

'Es una ley sensata, en sintonía con las de nuestro entorno, y que ofrece seguridad y garantías'. La vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega, anunció ayer en el Consejo de Ministros la aprobación del proyecto de Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo. A pesar de las críticas surgidas, tanto fuera como dentro del propio PSOE, el Ejecutivo no ha movido ni una coma de la disposición que permite a las menores de 16 y 17 años abortar sin consentimiento paterno, el punto del proyecto que más críticas ha provocado.

No obstante, la propia vicepresidenta dejó abierta la puerta a que pueda sufrir modificaciones durante la tramitación parlamentaria del proyecto de ley. De la Vega se mostró partidaria a escuchar todas las propuestas de los grupos y terminar así de 'cerrar los puntos más polémicos', como es el que las menores interrumpan su embarazo sin el permiso de sus padres.

El borrador aprobado ayer por el Gobierno no presenta cambios significativos con respecto al anteproyecto. De esta manera, se mantiene que las mujeres puedan abortar de forma libre dentro de las primeras 14 semanas de embarazo -siempre que hayan recibido en un sobre cerrado toda la información referida a las ayudas a la maternidad, y a las consecuencias físicas y psicológicas de someterse a una interrupción voluntaria-. Se podrá abortar hasta la semana 22 cuando esté en grave peligro la salud de la madre o existan graves anomalías fetales, siempre que así lo determinen dos informes de sendos facultativos distintos del que vaya a realizar la intervención.

Más allá de las 22 semanas, sólo se podrá abortar -en la Exposición de Motivos se dice que en este límite 'lo adecuado será la práctica de un parto inducido'- cuando se detecten graves daños fetales y así lo determinen dos dictámenes médicos. En caso de que el feto tenga una enfermedad 'extremadamente grave e incurable en el momento del diagnóstico', será un comité clínico el que determine tal juicio. La decisión final de interrumpir o no su embarazo será exclusivamente de la mujer.

Es en este punto donde el Gobierno ha introducido mayores cambios. El anteproyecto recogía que la autorización a la intervención en estos casos sería del Comité, en el que estaría vetada la presencia de aquellos médicos que se hubieran manifestado contrarios al aborto.

En el proyecto, la prohibición a los provida desaparece pero la última palabra es de la mujer. De esta manera, el Ejecutivo sigue las recomendaciones del dictamen del Consejo de Estado, que calificó este veto de inconstitucional. Precisamente, una de las recomendaciones del máximo órgano consultivo del Gobierno era que la decisión final en estos casos fuera de la mujer tras conocer el diagnóstico de los expertos.

Las recomendaciones del Consejo de Estado también se recogen en la Exposición de Motivos, donde hay sucesivas referencias a la sentencia dictada en 1985 por el Tribunal Constitucional (TC): 'La ponderación que el legislador realiza [en referencia a los plazos] ha tenido en cuenta la doctrina de la sentencia del Constitucional 53/1985 y atiende a los cambios cualitativos de la vida en formación que tienen lugar durante el embarazo'.

En el texto del anteproyecto, no se hacía ni una sola referencia a este fallo del Alto Tribunal. Como aseguró De la Vega, el objetivo de estas modificaciones es que 'se refuercen algunas garantías'. El proyecto de ley llegará esta semana al Congreso para iniciar su trámite parlamentario.


1.  Garantía de los derechos: Se reforzará la garantía de los derechos de la mujer, con el fin de que otorgar una seguridad jurídica a ellas y a los médicos que las atiendan.

2.  Una mayor información: La nueva ley contempla un apartado según el cual, en todos los supuestos, se informará a la mujer sobre las consecuencias físicas y psicológicas que conlleva un embarazo o su interrupción.

3. La creación de un Comité Clínico: Estará formado por un equipo de expertos que se encargará de evaluar y valorar la situación especial de cada mujer, aunque será ésta la que tome la decisión definitiva.

4.  Protección de datos: A la hora de crear la ley, el Gobierno ha escuchado las sugerencias de la Agencia de Protección de datos con el fin de que, durante todo el proceso de interrupción del embarazo, se respete la intimidad de la mujer.

5.  Modificación del Código Penal: Serán castigadas las mujeres que practiquen el aborto fuera de los supuestos o en centros no autorizados, pero en ningún caso la pena consistirá en ir a prisión.

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