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Le niegan una custodia por ejercer alienación parental invertida de sus hijos

EFE

El juez de Familia de Sevilla ha negado a un padre la custodia de su hija de 12 años porque el rechazo que la menor siente hacia su madre es fruto de una "alienación parental invertida" que ejerce el padre, predisponiendo a sus dos hijos contra su progenitora.

El juez de Familia 7, Francisco Serrano, sostiene que el padre ha transmitido a sus dos hijos de 17 y 12 años un "desprecio y aversión" a la madre, en "una estrategia mantenida de alienación parental" pero en este caso "invertida", pues tal actitud se ha definido hasta ahora en el progenitor que mantiene la custodia de los hijos.

En el presente caso, el padre ya consiguió que un hijo mayor, de 17 años, pasase a vivir voluntariamente con él y como consecuencia de ello presenta ya un "Síndrome de Alienación Parental (SAP) severo" que le ha llevado a agredir físicamente a su madre y a intentar "juramentar a su hermana menor" contra ella, según la sentencia a la que ha tenido acceso EFE.

Por ello, el juez se basa en el informe del Equipo Psicosocial del juzgado para negar al padre la custodia de su hija con el objeto de "evitar que pase a ser una niña huérfana y divorciada de su madre" y le advierte de que puede privarle del régimen de visitas vigente en caso de "persistir en su actitud manipuladora y en contra de la figura materna".

La niña de 12 años solicitó vivir con su padre, pero el juez considera que "no nos encontramos ante una mera modificación de custodia, sino ante el último paso de la estrategia de alienación e interferencia parental iniciada hace años con el propósito de conseguir la ruptura total de los hijos con su madre", según testificaron los psicólogos judiciales.

Según la sentencia, el esposo "se ha divorciado y ha querido divorciar a sus hijos de su madre, confundiendo y viciando una sana relación materno-filial", e inculcando a sus dos hijos "desprecio, aversión y falta de respeto" hacia la madre.

Los psicólogos dictaminaron que los hijos empezaron a mostrase "agresivos y desobedientes" con su madre al ser "aleccionados y atizados" por su padre, con una "estrategia tiránica" en la que les trasladaba una imagen materna "frágil y deteriorada" frente a su "carácter autoritario, cargado de autoestima y falta de humildad".

El juez Serrano recuerda que la alienación parental "es una forma de maltrato infantil, al privar a unos menores de su desarrollo integral y de su derecho a tener un padre y una madre".

Por ello, la sentencia de divorcio establece que la niña debe seguir bajo la custodia de su madre, que "reúne mejores características, a la vista de la dedicación y atención prestadas durante la convivencia matrimonial" y fija un "amplio régimen de visitas" con el padre y hermano, junto a una "intervención terapéutica con los menores" para evitar las consecuencias negativas de su "implicación en el conflicto".

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