Este artículo se publicó hace 14 años.
El PPCV suspende cautelarmente de militancia al ex alcalde de Montroy Javier Carrión
El Comité de Derechos y Garantías del Partido Popular de la Comunitat Valenciana (PPCV) ha suspendido cautelarmente de militancia al ex alcalde de Montroy Javier Carrión, ante su "situación judicial" y a "expensas de los resultados de la investigación".
El PPCV informa en un comunicado de que el presidente del Comité de Derechos y Garantías de esta formación, Juan Rodríguez Marín, ha comunicado la suspensión cautelar de militancia de Carrión, que ayer quedó en libertad tras el pago de una fianza de 8.500 euros.
El juez de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Picassent ordenó ayer el ingreso en prisión provisional eludible con el pago de una fianza de 8.500 euros para el ex alcalde de Montroy Javier Carrión, acusado de presuntos delitos contra la ordenación del territorio y prevaricación.
El juez ordenó el miércoles a la Guardia Civil el registro del Ayuntamiento de la citada localidad valenciana y la detención de estas siete personas, entre las que se encuentra el ex alcalde del PP Javier Carrión.
La investigación judicial intenta determinar la existencia de posibles delitos contra la ordenación del territorio y prevaricación, entre otros, relacionados con la construcción sin licencia de una urbanización con docenas de chalés.
Según el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, El juez ha dictado prisión provisional eludible bajo pago de una fianza de 50.000 euros para uno de los constructores detenidos, y libertad provisional para el arquitecto y el ingeniero industrial, a los que ha impuesto una fianza de 3.000 euros que deben abonar en el plazo de siete días.
El instructor del caso ha dictado también libertad provisional sin fianza para uno de los constructores puestos a disposición judicial, mientras que los otros dos constructores deberán abonar 1.000 euros cada uno.
El juez ha prohibido a los siete imputados abandonar el país y ha impuesto la retirada del pasaporte, así como la obligación de presentarse cada 15 días en el juzgado para garantizar que comparezcan siempre que sean requeridos.
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