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España Un juez sentencia que Popular falseó sus cuentas durante casi una década

La Audiencia Nacional rechaza investigarlo argumentando que eso "queda fuera" de la causa en la que indaga la ampliación de capital de 2016, la posterior resolución por orden del Gobierno de Rajoy y la venta a Santander por un euro y que incluirlo podría generar "anomalías procesales que impliquen excesivas complejidades y conlleven a excesivas dilaciones" en las pesquisas

Un hombre retira dinero de un cajero de una sucursal del Banco Popular en Madrid. | EFE
Un hombre retira dinero de un cajero de una sucursal del Banco Popular en Madrid. | EFE

Banco Popular venía maquillando sus cuentas mediante "artificios contables" para ocultar su delicada situación financiera al menos desde 2008, según ha dictaminado el magistrado del Juzgado de Primera Instancia número 7 de Hospitalet de Llobregat, en la sentencia por la que ordena devolver a un pequeño accionista los 3.010,54 euros (más intereses) que había invertido en acciones de la entidad en marzo de 2007.

Sin embargo, la Audiencia Nacional ha negado relevancia penal a este hecho al rechazar la querella por la que un pequeño exaccionista del banco (J. R. C.) pretendía incluirlo, para ampliar las pesquisas hasta esa fecha, en la causa en la que el Juzgado Central de Instrucción número 4 investiga la posible existencia de delitos en el último año y medio de gestión de la entidad, desde los preparativos de la ampliación de capital de 2016 que decenas de juzgados y varias audiencias y la propia Fiscalía  ven fraudulenta hasta su resolución por orden del Gobierno de Rajoy y la UE y su inmediata venta a Santander por un euro.

El juez que lleva el caso, José Luis Calama, ha rechazado esa posibilidad argumentando que, como ha ocurrido con otras propuestas para ampliar las pesquisas, se trata de "hechos fuera del objeto de investigación de la causa" que, por lo tanto, es preferible no incluir para "evitar anomalías procesales que impliquen excesivas complejidades y conlleven a evitables dilaciones" en la preparación del juicio oral.

La Sala de lo Penal acaba de rechazar el recurso formulado por el abogado del exaccionista. Felipe Izquierdo, alegando que adolece de un defecto de forma, lo que reduce a mero inventario el valor de la denuncia, dirigida contra Ángel Ron, presidente de Popular en esas fechas, como presunto autor de un delito contra el mercado y los consumidores.

Los argumentos del juez

"La entidad bancaria ofreció desde el año 2008 hasta el año 2015 una imagen externa de fortaleza y rentabilidad" que basaba en "unos resultados de ganancias que no eran tales, ya que venían alterados por el uso de artificios contables, no efectuando una cobertura correcta de los créditos morosos ni, una valoración correcta tampoco, de los activos improductivos o tóxicos" que acumulaba, señala la sentencia, que añade que Banco Popular "ofrecía una imagen de solvencia y fortaleza que no se correspondía con la realidad".

El banco, que pasaba por ser el más rentable del país en aquella época, "había apostado por un crecimiento basado en la concesión de créditos a familias y pymes, no valorando el elevado riesgo que esto suponía", anota el magistrado, que indica que "este aumento de créditos morosos no fue correctamente provisionado", motivo por el que "las cuentas anuales de la entidad bancaria reflejaban una situación irreal" con la finalidad de evitar "una reducción del beneficio y la entrada en pérdidas".

"Explicado de una manera más sencilla -anota la sentencia-, el banco no computaba de manera correcta los créditos morosos de muy difícil cobro, ya que de haberlos computado de manera correcta, como pasivo y no como activo, la entidad vería reducido su beneficio y entraría en pérdidas".

"Sustanciales pérdidas" la mayoría de los años

Según la resolución, basada en un informe pericial encargado por el demandante al que contrapuso otro el banco, algunos años, como ocurrió en 2011, las provisiones para insolvencias solo cubrían el 35% de la morosidad, una tasa que, de acuerdo con el dictamen, solo había superado el 65% precisamente en 2008 al alcanzar el 73%.

En 2016, el año de la ampliación de capital que investiga la Audiencia Nacional, la cobertura alcanzaba tan solo el 52% de los créditos morosos.

En este sentido, la sentencia establece que solo con que esas dotaciones hubieran llegado al 50% habría resultado "un beneficio muy reducido en el ejercicio 2010 y unas sustanciales pérdidas en el resto de años, lo que evidencia que el agujero económico que ha aflorado en el año 2017 tiene su origen claramente en ejercicios anteriores" y no solo en la retirada de fondos de 2017 a la que aluden los responsables de Popular en aquella época.

¿Casi 9.000 millones de pérdidas en seis meses?

El banco había declarado en el cierre de 2016 unas pérdidas de 3.222 millones de euros, una cifra que, según las conclusiones del primer chequeo de Santander tras la compra, se había disparado a 12.218 al terminar el primer semestre de 2017, apenas tres semanas después de la intervención.

"Como han señalado numerosos magistrados del orden civil, no se entiende que en un periodo de sólo [seis] meses se generen 9.000 millones de euros en pérdidas, si no es porque su origen se encuadra en años anteriores y perdidas de ejercicios anteriores no declaradas, resultando imposible que dichas perdidas se generaran únicamente en los años 2016 y 2017", sostiene Izquierdo en la querella.

Otros juzgados de lo civil han dictaminado que esa situación de aparente solvencia que en realidad ocultaba una crítica situación económica ya se daba en 2014  y también en 2012. Está por ver si el juez Calama permitirá efectuar preguntas sobre ese aspecto de la crisis de Banco Popular al exministro de Economía, Luis de Guindos; al expresidente de la CNMV (Comisión Nacional del Mercado de Valores), Sebastián Abella, y a la presidenta de Santander, Ana Patricia Botín, en sus próximas comparecencias como testigos.

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