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Unicaja no cree que la autopsia de un cliente sirva para acreditar su muerte y pagar el seguro

Unicorp, la aseguradora de la entidad, exigía a un malagueño un informe médico para pagarle la indemnización del seguro de vida de su padre fallecido.

El famoso cuadro 'Lección de anatomía del doctor Tulp'

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MÁLAGA- Al parecer, la autopsia no era suficiente para acreditar que su padre había muerto.

Un vecino de Málaga, ha tenido que recurrir a la asociación de consumidores Facua para que la compañía de seguros Unicorp Vida, dependiente de Unicaja, le abonara los 15.000 euros del seguro de vida que tenía su padre contratado, J.S.G. , vinculado a una tarjeta de crédito de la entidad. La compañía consideró que la autopsia presentada por su hijo no daba fe de que su progenitor hubiera fallecido y le exigía presentar un informe médico acreditativo para hacer frente al contrato.

El asegurado murió el 11 de junio de 2013 y su hijo comenzó a presentar la documentación solicitada por la aseguradora. Entre los papeles constaba una traducción jurada de la autopsia, ya que su padre falleció en el extranjero. "A pesar de haber presentado toda la documentación, la entidad aseguradora exigía aportar un informe médico acreditativo de la causa de la muerte. Ante esta situación, FACUA Málaga argumentó ante la compañía que no cabe más informe probatorio de la causa de un fallecimiento que una autopsia", indica FACUA.


El afectado presentó diferentes reclamaciones que la aseguradora siempre rechazó hasta que, con ayuda de la organización de consumidores, acudió a la Dirección General de Seguros. Tuvo que alegar, explica FACUA, que la compañía incurría en una "práctica desleal por agresiva" al incumplir el artículo 31.1 de la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal: "exigir al consumidor o usuario, ya sea tomador, beneficiario o tercero perjudicado, que desee reclamar una indemnización al amparo de un contrato de seguro, la presentación de documentos que no sean razonablemente necesarios para determinar la existencia del siniestro y, en su caso, el importe de los daños que resulten del mismo o dejar sistemáticamente sin responder la correspondencia al respecto, con el fin de disuadirlo de ejercer sus derechos".

Una vez el citado organismo le dio traslado de la reclamación, la entidad aseguradora presentó escrito aceptando el pago de la indemnización prevista en la póliza, que ascendía a la cantidad de 15.000 euros. Han tenido que pasar más de dos años para que el afectado cobrase su indemnización.

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