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El Supremo no ve delito en Rajoy y Guindos por el "saqueo" de España

Archiva la denuncia de los sindicatos ELA y CIG contra ellos por supuesta responsabilidad en la crisis financiera

ANDRÉS MUÑIZ

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha acordado archivar la denuncia planteada por el sindicato vasco ELA y el gallego CIG contra el presidente del Gobierno y su ministro de Economía por su supuesta responsabilidad en el 'saqueo' económico registrado en España y su conexión con la crisis financiera.

Los denunciantes denunciaron el pasado 8 de junio por delitos de prevaricación y societarios a Rajoy y a sus antecesores en el cargo José María Aznar y José Luis Rodríguez Zapatero, así como a sus ministros de Economía, Luis de Guindos, Rodrigo Rato, Elena Salgado y Pedro Solbes, y a los exgobernadores del Banco de España Miguel Angel Fernández Ordóñez y Jaime Caruana. El Supremo sólo examina el caso de Rajoy y De Guindos, que son aforados, ya que sobre los otros señala que no tiene competencia.

En su denuncia, los dos sindicatos narraban la situacion de crisis económica que atraviesa España, con destrucción de empleo y altas cotas de paro, y las medidas acordadas por el Gobierno de ampliar la edad de jubilación, los ajustes presupuestarios y las reducciones salariales a los funcionarios. Los dos denunciantes -el secretario general de ELA, Adolfo Muñoz Sanz, y el mismo cargo en CIG, Xesus Seixo- explicaban que la situación se remontaba a la 'anómala evolución del mercado inmobiliario', al nivel de riesgo asumido por los bancos, y la gestión por éstos de sus activos financieros.

Añadían que, aparte de las responsabilidades de las entidades financieras en lo ocurrido, el Banco de España era el supevisor y garante del funcionamiento y estabilidad del sistema bancario. A continuación enumerabann las fusiones de Bankia, Cajasur, NGG Banco, BBK o Unnim, con intervenciones del FROB, y señalaban posibles responsabilidades del Ministerio de Economía por haber otorgado autorizaciones de actividad a entidades que operan en el Estado.

De acuerdo con el fiscal, el Supremo archiva las actuaciones 'por no revestir caracteres de delito los hechos objeto de la denuncia'. Añade que en la misma 'no se imputa al presidente del Gobierno o al miembro del Ejecutivo citado (De Guindos), hecho concreto alguno ni aportan elemento de prueba alguno que así lo justifique'.

Añade el tribunal que para la admisión a trámite no basta con afirmar en una denuncia la intervención de personas en determinados delitos, sino que hay que aportar elementos o principios de prueba que avalen de forma razonable la verosimilitud de la realidad de los hechos denunciados.

En ese sentido, la Fiscalía afirmaba que la denuncia 'no describe en concreto hecho alguno, operación financiera o cualquier otra circunstancia o dato, tampoco fechas, que permitan valorar la existencia o no de una actividad delictiva, el grado de participación de cada uno de los denunciados en tales supuestas operaciones'.

'En definitiva --proseguía el fiscal--, se produce una inexistencia total de hechos, lo que impide ab initio una teórica valoración acerca de su apariencia delictiva o no'. El día de presentación de la denuncia, los responsables de los sindicatos ELA y CIG destacaron que consideraban a los denunciados responsables, por acción o por omisión, del mayor saqueo producido en España, y de haber consentido el control del Estado por parte del poder financiero.

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